Última hora: La Comisión Europea está trabajando en modificar algunos artículos de los reglamentos 561/2006 y 165/2014 que se harán efectivos en un futuro próximo. Estaremos pendientes de actualizar la información de este artículo cuando el cambio de la normativa del tacógrafo será publicada en el Diario Oficial de la UE.
Tacógrafo tiempos de conducción y descanso
El tacógrafo, aunque lleva más de 15 años utilizándose en España, desde sus comienzos en formato analógico y desde más de 9 años en formato digital ha presentado dudas en cuanto a su utilización. Pero donde más problemas surgen, hasta en el día de hoy, es en la aplicación correcta de las normas de conducción y descanso en vehículos con aparato tacógrafo.
La normativa que regula los tiempos de conducción y descanso para los conductores que llevan vehículos en los cuales hay instalado un aparato tacógrafo, y realizan transporte de mercancías o transporte de viajeros es el Reglamento CE 561/2006.
Como cualquier normativa, la lectura e interpretación de la misma puede ser un poco difícil, para ello vamos a resumir e intentar dar las pautas más importantes, exactas y claras en cuanto a los tiempos de conducción y descanso para vehículos que llevan instalados aparatos tacógrafos y no por último cabe recordar que disminuir los tiempos de descanso o sobrepasar los tiempos de conducción acarrean sanciones y multas por los tiempos de conducción y descanso según la normativa del tacógrafo.
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Tacógrafo tiempos de conducción:
I) Conducción:
I.1) Conducción diaria:
Comienza después de un descanso semanal o un descanso diario.
- Se puede conducir como máximo 9 horas diarias.
- Como excepción: Se puede llegar a las 10 horas diarias dos veces en una semana.
Ejemplo: 9h + 9h + 10h + 9h + 10h
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I.2) Conducción semanal:
La conducción total de una semana, donde por regla general estará comprendido entre las 00:00 del Lunes hasta las 24:00 del Domingo.
No se pueden superar las 56 horas de conducción en una semana.
Tampoco se pueden superar 90 horas de conducción en 2 semanas consecutivas.
1º Ejemplo:
1) conductor (empleado / autónomo) que trabaja de Lunes a Viernes en la primera semana:
9h + 9h + 10h + 9h + 10h= 47 horas conducción semanal
2) conductor (empleado / autónomo) que trabaja de Lunes a Sábado en la segunda semana:
10h + 6h + 8h +10h + 5h + 4h= 43 horas conducción semanal.
Total de conducción bisemanal: 90 horas
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2º Ejemplo:
1) conductor (empleado / autónomo) que trabaja de Lunes a Sábado en la primera semana:
9h + 9h + 10h + 9h + 10h + 9h= 56 horas de conducción semanal
2) conductor (empleado / autónomo) que trabaja de Lunes a Viernes en la segunda semana:
8h + 6h + 8h + 10h + 2h= 34 horas de conducción semanal.
Total de conducción bisemanal: 90 horas
Consejo:
Si en una semana se ha llegado a las 56 horas permitidas de conducción, en la segunda semana seguida no se puede superar 34 horas de conducción.
Conviene hacer una hoja de cálculo para llevar un control si las jornadas de trabajo son un poco irregulares.
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I.3) Pausas obligatorias en la Conducción diaria:
Después de una conducción diaria de 4 horas y media el conductor está obligado a tomar un descanso de 45 minutos sin interrupción.
- Conducción 4 horas y 30 minutos Pausa 45 minutos Conducción 4 horas
- Conducción 1 hora y 30 minutos Pausa de 15 minutos Conducción 2 horas y media Pausa de 30 minutos Conducción de 4 horas
Se puede sustituir esta pausa de 45 minutos por unas pausas de 15 minutos más otra de 30 minutos tomadas dentro de las 4 horas y media de conducción:
Consejo: Si se toman las pausas fraccionadas, de 15 + 30 minutos siempre hay que realizarlas de esta forma: primera de 15 como mínimo y la segunda de 30 como mínimo, y no al contrario.
Atención a los conductores de reparto, porque aunque se tomen muchas pausas si no se cumplen los tiempos estipulados de 15 más 30, se puede fácilmente incumplir esta norma, y podrán ser sancionados. Sobre la conducción y los descansos en los trabajos de reparto desde la UE han sacado unos criterios de actuación que os dejamos en el siguiente enlace:
“Registrar el tiempo de conducción mediante tacógrafos digitales cuando los conductores realizan paradas frecuentes u operaciones de reparto”
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Tacógrafo tiempos de descanso:
II) Descanso:
II.1) Descanso diario:
Se entiende por descanso el periodo en el cual un conductor puede disponer libremente de su tiempo. Después de una jornada de conducción (laboral) todo conductor debe tomarse un descanso diario (o dicho de otra forma, durante las 24 horas siguientes después de un descanso diario el conductor debe tomarse otro nuevo descanso diario).
- Descanso diario normal: Como mínimo se tiene que descansar 11 horas ininterrumpidas.
Ejemplo: El descanso diario ha terminado a las 10:00 horas del Martes.
A las 10:00 horas se empieza a trabajar y durante la jornada se conduce 8 horas, 1 hora se dedica a otros trabajos y 45 minutos de pausa reglamentaria en la conducción.
La jornada termina a las 19:45 horas. (Desde las 10.00 + 8h +1h + 0,45h)
El Tiempo de descanso será superior a las 11 horas estipuladas (desde el Martes a las 19:45 horas hasta el Miércoles a las 10:00 cuando empezará otra jornada laboral).
- Descanso diario fraccionado: Se puede tomar un descanso ininterrumpido de 9 horas siempre que en el mismo día se haya realizado un descanso anterior de 3 horas.
Ejemplo: El descanso diario ha terminado a las 10:00 horas del Martes.
A las 10:00 horas se empieza a trabajar y se realiza una conducción de 4 horas y 1 hora se dedica a otros trabajos.
A las 15:00 se toma un descanso diario de 3 horas y 15 minutos.
Se reanuda el trabajo con la conducción de otras 5 horas y en la cual se toma una pausa de 45 minutos.
La jornada termina a las 24:00 horas (15.00 + 3,15 + 5,45)
El tiempo de descanso diario fraccionado será de 10 horas (como mínimo 9 horas interrumpidas porque durante la jornada se ha tomado un descanso de 3 horas).
- Descanso diario reducido: consiste en realizar 9 horas continuadas de descanso.
Nota: No se pueden tomar más de 3 descansos diarios reducidos en una semana (en el periodo de dos descansos semanales)
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II.2) Descanso semanal:
- Descanso semanal normal: Como mínimo 45 horas ininterrumpidas de descanso.
Antes de terminar la 6ª jornada de 24 horas desde el último descanso semanal se tiene que tomar otro descanso semanal (mínimo 45 horas).
Ejemplo:
Conductor que empieza la semana un Lunes a las 08:00 y trabaja hasta el Sábado a las 11:00 horas: dispondrá de un descanso de 45 horas hasta la siguiente semana laboral:
Desde el Sábado a las 11:00 hasta el Lunes a las 08:00 hay un descanso de 45 horas.
- Descanso semanal reducido: cualquier periodo de descanso de un mínimo de 24 horas ininterrumpidas pero inferior a 45 horas.
Ejemplo:
Conductor que empieza la semana un Lunes a las 08:00 y trabaja hasta el Sábado a las 19:00 horas: dispondrá de un descanso inferior a 45 horas, pero superior a 24 horas hasta la siguiente semana laboral:
Si en una semana se realiza un descanso semanal reducido, la diferencia de horas hasta las 45 horas restantes se tiene que recuperar antes del final de la 3ª semana , juntando las horas que se han disminuido con un descanso de 9 horas como mínimo.
Ejemplo: en nuestro caso, hemos disminuido el descanso normal en 8 horas (45 – 37 horas), por lo tanto las 8 horas se tendrán que tomar junto con otro descanso normal, semanal, diario normal o reducido (no importa) pero que sea como mínimo de 9 horas:
– 8 reducida + 9 como mínimo (de cualquier descanso) antes de finalizar la 3ª semana siguiente a la que hemos reducido.
II.3) Descanso semanal en el transcurso de 2 semanas:
En el transcurso de dos semanas consecutivas un conductor tiene que tomar:
- 2 descansos semanales normales: dos descansos de mínimo 45 horas cada uno.
- 1 descanso semanal normal y otro descanso semanal reducido: 45 horas como mínimo + 24 horas como mínimo.
Aclaración:
En un mes por ejemplo hay 4 descansos semanales:
– Si tomamos 2 descansos semanales seguidos (cualquiera de ellos), no puede haber 2 descansos reducidos seguidos, solo pueden ser o 2 descansos normales, o uno reducido y otro normal.
1º Ejemplo:
1ª Semana: 45 horas de descanso (descanso normal)
2ª Semana: 37 horas de descanso (descanso reducido)
3ª Semana: 50 horas de descanso (descanso normal)
4ª Semana: 26 horas de descanso (descanso reducido)
2º Ejemplo:
1ª Semana: 45 horas de descanso (descanso normal)
2ª Semana: 50 horas de descanso (descanso normal)
3ª Semana: 30 horas de descanso (descanso reducido)
4ª Semana: 45 horas de descanso (descanso normal)
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El manual “El tacógrafo y los tiempos de conducción y descanso por carretera” ha sido optimizado para reducir al máximo el peso del documento y agilizar la descarga.
Las imágenes pueden ser ligeramente afectadas en cuanto a resolución.
Si por algún motivo no se puede descargar el manual, por favor, déjanos un comentario más abajo para arreglarlo lo antes posible. Gracias.
Descargar archivo (4,71 MB):
Manual – Tacógrafo tiempos de conducción y descanso
Tacógrafo tiempos de conducción y descanso en el transporte por carretera
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Por un despiste se me quedó la tarjeta dentro del tacógrafo desde las 14 horas del viernes hasta las 5 horas del lunes. Me estaba marcando otros trabajos. Que concecuencias me puede acarrear.
Buenas tardes Francisco Julio, no hacer un buen uso del selector de actividad puede acarrear una sanción de hasta 1.001 €
Hola
Tengo una duda sobre el descanso de 45 horas
Si arrancó el día miercolrs alas 4 de la tarde hice un descanso de 24 horas después de 6 días. Y luego tengo que parar hacer las 45 horas sería el día martes después de dos semanas . O que día tengo que parar hacer las 45 horas de descanso
Hola Fabi, antes de que finalice la tercera semana siguiente a tu descanso reducido que hiciste.
Buenas tardes tengo una duda;
Arranco el domingo a las 18:09h y cierro jornada el lunes a las 02:44h.
Arrancó el martes a las 20:06h y cierro jornada el miércoles a las 04:49h
Arrancó el miércoles a las 20:09h y cierro jornada el jueves a las 06:12h.
Ahora debería arrancar hoy jueves a las 20h como siempre y tengo que ir a Madrid con lo cual volvería el sábado x la mañana .
Podría hacer esto ??
Hola Pablo, si, pero si te das cuenta el miércoles te has pasado de la conducción de 10 horas que sólo la ley te permite dos días a la semana 10 horas cada día.
Buenas , me puede obligar la empresa a reducir mi descanso semanal ? Gracias
Hola Ricardo, legalmente no puede hacerte reducir tu descanso semanal.
Hola. Gracias de antemano por la ayuda:
Si arranca la semana. El lunes trabajo 8h y descanso 11h. El martes, empiezo jornada a las 07:00, muevo el autobús hasta las 07:30 solamente. Y pongo descanso y me voy hasta las 16:30. (9h de descanso)
A las 16:30 continuo hasta las 00:00, con las pausas reglamentarias.
¿Ese descanso de 07:30 a 16:30, me cuenta? ¿Y la jornada empezaría de nuevo a las 16:30?
Es decir ¿se puede abrir dos jornadas en el mismo día “martes”? ¿O ese descanso no contabiliza como tal, aun que este en cama?
Hola Javier, no pueden haber 2 jornadas de conducción en el mismo día.
Buenos días, es posible hacer el descanso semanal entre semana?
Es decir, si conduzco Lunes y Martes. Descanso Miércoles y jueves(+ de 48h). Y conduzco Viernes, Sábado y Domingo.??
Por otra parte, Ahora no es obligatorio el certificado de actividad no? con incluir los descansos en el tacógrafo es suficiente?
Hola Borja,
El descanso semanal siempre a final de la semana. Es obligatorio
NACHO
el 28/02/2023 a las 18:17
RESPONDER
Hola Tengo una pregunta:
No entiendo muy bien la distinción entre horas de conducción y otros trabajos, y cómo se tiene que contabilizar.
Ejemplo:
La norma te dice que con 4:30 de conducción tienes que hacer una pausa de 45 minutos.
Mi pregunta es la siguiente:
9 am -1 h cargo camión
10 am – 2 h de conducción
12 pm – 1 h descargo camión
14 pm – 2:30 h de conducción
16:30 – llego a plataforma
Entiendo que tengo que hacer el descanso de 45 minutos a las 16:30 pm? o cómo tendría que contabilizar las horas de carga y descarga (que sería otros trabajos no?)
Hola Nacho, si a ti te cargan y descargan has de poner el selector de actividades en disponibilidad. Y si eres tú el que carga o descarga serían otros trabajos.
Hola
Tengo unas dudas
Se vengó de facciones de 2 meses pour ejemplo y empezó a trabajar
Que tengo que hacer premier paso sobre la certificado de conductor
Hola Aziz, deberías poner que has estado de baja, vacaciones, conduciendo un vehículo de fuera de ámbito,…, etc, es decir, la situación que se haya dado contigo.
Buenas noches,yo uso el camión normalmente dos o tres veces a la semana tengo que llevar un justificante de no usarlo de los días que no lo utilizo ,por ejemplo solte el camión el día 29 de enero y lo cojo hoy día 7 de febrero, Gracias
Hola Rafael, tú has de justificar si te para la Autoridad Pertinente en control en carretera, el día en curso y los últimos 28 días. Por tanto, en el caso que nos comentas, como superas el período de 72 horas, has de cumplimentar y según este mismo modelo de documento que te enviamos el enlace web del ministerio de transportes. Siempre ese, si o sí. Se llama el certificado de actividades normalizado del conductor.
https://www.mitma.gob.es/transporte-terrestre/inspeccion-y-seguridad-en-el-transporte/tiempos-de-conduccion-y-descanso/criterios-de-actuacion
Buenas noches,
Me dedido al reparto del butano, y hago paradas contínuas.
Mi camion lleva tacografo analogico, y no lleva el simbolo de conduccion, por lo que siempre lo pongo en otros trabajos.
¿Aunque no llegue a las 4 h y media de reparto por la mañana, podria hacer el descanso de 45 min?
Gracias
Hola Agustín, todo lo que sea descansar, y poner el pictograma de cama (símbolo cama), bienvenido sea.
Buenas tardes, a ver si me puedes aclarar una duda respecto al descanso semanal de éstas semanas con tantas fiestas. La pasada hice paré el camion el sábado a las 15 horas, el lunes festivo y comienzo el martes a trabajar de nuevo. La duda es si ha sido un descanso corto o largo, el lunes festivo se puede añadir al sábado y domingo anterior?
Muchas gracias y felices fiestas
Hola Antonio, no puedes. La semana comienza el lunes a las 00:00 horas y acaba a las 24:00 horas del domingo.
Hola, me gustaría saber si me pueden aclarar esta duda:
Yo trabajo con mercancía procedente de Aereo y llego al terminal de carga a las 8 de la mañana y el vuelo se retrasa y no llega hasta las 14:00h, es decir si yo aparco el camión a las 8 de la mañana y empiezo el reparto a las 17:00h desde las 8:00 hasta las 17:00h me contaría como descanso y luego podría empezar a repartir?
Gracias
Hola Adri, tú ahí estarías en disponibilidad, no descanso.
Hola, quisiera saber si el descanso de 45 minutos de tacografo, se considera trabajo dentro de la jornada
Hola Juan Carlos, hay que diferenciar entre dos conceptos. El primero es sobre tiempos de conducción y descanso, que eso sería una pausa obligatoria por ley si has conducido 4 horas y 30 minutos seguidos. Y el segundo es lo que toca al tema laboral y convenio colectivo. Esos 45 minutos se considera dentro de la jornada laboral del conductor.
Hola me llamo pedro
Tengo una duda lo mismo que un ciclo de 24h en esas 24 horas tienes que tener el descanso de 11 horas o de 9 .
En el caso del descanso semanal si tengo que recuperar 7horas si yo empecé el lunes a las 6 de la mañana yo tendría que tener a las 6 de la mañana del siguiente lunes o puedo estirar asta más tarde
Hola Pedro, tú has de recuperar el descanso semanal siempre en un descanso semanal, por lo que ese descanso que vayas a recuperar, alargará en más horas la semana en la cual descanses. Te llamas igual que mi padre, que en gloria esté.
Gracias por la ayuda
Buenos días Pedro, estamos a vuestra plena disposición. Intentamos contestar vuestras dudas de la mejor manera posible.
Hola, buenas tardes.
Las horas que falten entre un descanso reducido hasta las 45 horas, ¿se pueden recuperar día a día o a de ser en una sola vez?
Es decir, hemos realizado un descanso de 24 horas, con lo que nos faltarían 11 horas
Lunes descanso 12 horas (11 +1, debía 11 – 1 =1 0 debo)
Martes descanso 15 horas (11 + 4, debía 10 – 4 = 6 debo)
Miércoles descanso 14 horas (11 + 3, debía 6 – 3 = 3 debo)
Jueves descanso 13 horas (11 + 2, debía 3 -2 = 1 debo)
Viernes descanso 12 horas (11 + 1, debía 1 – 1 = 0, limpio)
¿o debe de ser en un día?
Miércoles descanso 22 horas (11 + 11, 11 debía – 11 = 0 limpio)
Gracias.
Buenos días, los descansos semanales reducidos has de recuperarlos de una sola vez, si o si.
Buenas, trabajo en dentro de una fábrica moviendo materiales entre naves toda la jornada conduzco como mucho 2 horas lo además disponible o otro trabajo mi pregunta es hay que hacer el descanso obligatorio o opcional?
Gracias
Buenos días, si trabajas en un recinto cerrado, no es obligatorio el uso del tacógrafo. Insistimos, en recinto cerrado.
Buenas tardes, antes que nada agradecer vuestra labor, nos ayudáis bastante. Mi pregunta es referente al tiempo mínimo que tienes que conducir para poder hacer una pausa. Unos me dicen que no hay tiempo definido y otros que es 1 hora minimo. Gracias .
Buenas tardes, gracias por tus palabras, eso hace que todavía más nos pongamos las pilas. No hay tiempo mínimo para hacer la pausa, NINGUNO. Hay mucha leyenda urbana con eso, nada de nada de nada. Mientras que no te pases de las conducciones puedes hacer lo que quieras. Eso sí, dentro de 4 horas y media de conducción harás si o si, una pausa de al menos 15 minutos seguida de otra de al menos 30 minutos, pero no hace falta esperar a conducir 1 hora para hacerla.
Buenas tardes y gracias por la pagina web. Mi pregunta es si he trabajado de lunes a viernes ¿ Se ha de sumar el descanso de 11 horas del viernes noche a las 45 horas del fin de semana?
Buenos días, gracias, intentamos hacerlo lo mejor posible y poder contestar de forma entendible vuestras consultas.
Tú has contar una vez que acabas el viernes, 45 horas hacia delante.
Soy un transportista, hago la ruta de Alicante – Melilla .
Mi pregunta es yo pongo el disco esta mañana lunes a las 6,45 oras y llego al puerto de Almería para embarcar 17,00 oras lo entro dentro del barco 23,30 y llego a Melilla a las 08,00 del martes ,luego en Melilla pongo otro disco descargo el camión y llego al puerto 12,30 embarco otra vez para Almería y llego alas 21,00 oras .
Salgo del puerto de Almería 21,00 y llego a Alicante 01,00 del miércoles.
Lo estoy haciendo bien
Hola Fermín, lo haces bien, siempre y cuando, tengas justificante de camarote, pues eso justifica el descanso realizado.
Hola a todos e todas…una pregunta?? despues de tomar un descanso semanal de 45 horas,quantas horas tengo que conducir la semana posterior?quiero decir si el descanso de 45 horas renueva el tiempo de condiccion e te da derecho a conducir el maximo de 56 h o hay que estar siempre las 90 h entre dos semanas aunque has descansado lo normal?? Alguien me responde prf con mucha aclaracion …gracias por todos todas..
Hola Nordin, se junte el cielo y la tierra, siempre el máximo de conducción bisemanal (en 2 semanas) será de 90 horas.
Hola muy buenas, lo primero es agradecer todas las respuestas que dais, tengo una duda.
Yo hago línea regular con un autobús, y también de vez en cuando algo de discrecional. En la línea nunca metíamos la tarjeta , solo lo hacíamos con discrecional, pero hace un tiempo nos an dicho que la empezemos a meter en modo out, mi duda viene ahora , yo esta semana e trabajado lunes de 16:00 a 23:59, martes descanse miércoles y jueves el mismo horario de 16:00 a 23:59 , viernes descanso sábado trabaje de 16:00 a 23:59 y domingo descanso. Para la siguiente semana voy bien con los descansos??? O tengo que parar al menos 48 horas
Hola Gerardo, gracias por tus palabras de agradecimiento. Eso hace que nos pongamos las pilas y os atendamos en este sector del transporte y logística con normativa tan cambiante y actual.
El descanso mínimo semanal son de 24 horas, y el descanso semanal normal será de 45 horas. Si haces un descanso semanal reducido, antes de que finalice la tercera semana siguiente, deberás recuperar el descanso que no hayas hecho hasta 45 horas.
Buenas tardes, agradecería si me pudieran aclarar si es legal el turno que estoy haciendo con un autobús. Turnos de domingo a jueves, el viernes y sábado descanso. Trabajo de 6:00 a 9:30 de la mañana y de 6:00 a 9:30 de la tarde. El máximo de horas de descanso diario que tengo nunca llega a las 9 de descanso mínimo. Aunque no haga muchas horas semanales, es correcto? Muchísimas gracias de antemano
Hola Jose Luis, es correcto, siempre y cuando hagas un descanso diario ininterrumpido de al menos 11 horas, y 3 días a la semana se te permiten 9 horas seguidas. Todo lo que se salga de eso, es sancionable.
Hola buenas tardes mi duda es sobre el descanso diario en un disco diagrama. ¿Puedo quitar el disco al terminar la jornada? O ¿tengo que dejar que se marque el descanso ? No siempre llevo los mismos horarios
Hola Luis, leyenda urbana lo que no dices. Tú has de cerrar bien el disco y lo sacas. Y al dia siguiente el que pongas que coincidan los kilómetros finales del dia anterior con los kilómetros iniciales del dia posterior.
Hola Luis, puedes quitar el disco, pero cuando pongas el siguiente que los kilómetros finales del día anterior cuadren PERFECTAMENTE con los kilómetros iniciales del día siguiente, si ó si. Mucho cuidado con eso.
Hola buenas, un pregunta, trabajo de lunes a viernes y de 7 de la mañana a 7 de la tarde más menos. Me han ofrecido trabajar la noche del sábado al domingo de 4 a 13 horas del domingo . ¿Que descanso tendría aque hacer ? Y si puedo hacerlo
Hola Antonio, sólo puedes conducir 6 dias a la semana que tiene 7. Luego si no te pasas en horas de conducción podrías hacerlo.
Hola buenas
Si empiezo el domingo a las 17:00 puedo acabar el sabado a las 12:00 o 13:00
Hola, la semana en el transporte va desde las 00:00 horas del lunes hasta las 24:00 horas del domingo. No puedes. Cuántas horas has conducido esa semana.
Buenos días, con respecto al cambio que se ha dado con ampliar de una hora a dos horas, las horas de conducción para llegar al centro de trabajo o a tu domicilio para hacer el descanso semanal, me surge la duda de si ese cambio solo afecta para transporte internacional o también es para quienes hacen transporte nacional. Me gustaría me resolvieran la duda.
Hola Jose, transporte internacional
Buenos días, en transporte internacional.
Buenas tardes. Mi pregunta es arrancó a las 6 de la mañana y termino mi jornada a las 19.15 de la tarde comienza el descanso dejo el disco puesto para que se marque el descanso y lo quito a las 5.45 de la mañana del día siguiente antes de cumpla las 24horas. Pero que tengo que hacer si mi jornada comienza a las 8. De la mañana y mi tacografo es analógico?
Hola Luis, tu tiempo de presencia total es máximo 15 horas al día. Sea tacógrafo digital ó analógico la norma de conducción y descanso es la misma.
Hola. Soy nuevo en este mundillo y todavía no tengo varias cosillas.
Mi pregunta es la siguiente.
Mi jornada suele empezar a las 6-7 a.m y suele acabar a las 19-22pm. Estoy pendiente de no conducir más de 4:30h, haciendo los descansos de 45 min mínimo o descansos de 15 min y 30 min. Pero todavía no acabo de comprender las horas de disponibilidad o si salgo a las 6:30 con el trailer y saco la tarjeta a las 21:00am. ¿Lo estoy haciendo bien? ¿Debería haberlo hecho antes?
Por ejemplo hoy he salido a las 4:20 am después de descansar el sábado y domingo entero, y he sacado mi tarjeta alrededor de 17:30+-. Conduzco un trailer, trabajando de Lunes a Viernes haciendo más paquetería que viajes largos ya que todos los días estoy en casa, pero mi empresa no me ha explicado nada y no sé cuándo tiempo puedo estar conduciendo o cuánto tiempo puedo estar con la tarjeta insertada. Tengo tantas dudas que me estoy haciendo un lío.
Si me podéis aclarar estaría muy agradecido. Por que apelar de estar tantas horas fuera, hay veces que no llego a 9 horas de conducción diaria, pero aún así llegó a casa a las 20-21-22 pm.
Hola Manuel, tiempo de presencia es de 15 horas. Y como máximo puedes conducir 10 horas y sólo 2 días a la semana.
Buenas tardes soy Tino
Mi pregunta y es si me he pasado 25 minutos por encima de 10 horas
Que sanción puedo tener para eso
Muchísimas gracias
Hola Valentín, superior a 10 horas e inferior a 11 horas, según el artículo 143 de la LOTT, el importe de la sanción serían 100 €.
Muchísimas gracias
Buenas tardes Valentín, un placer el que os podamos resolver vuestras consultas.
Hola¡ me han ofrecido un trabajo de conductor privado, me dicen que tendria que conducir 12 horas con un descanso de 2 horas durante el servicio, asi durante 6 dias a la semana. Es legal?
Hola Nuria, un vehículo con obligación de llevar tacógrafo, como máximo se pueden conducir 10 horas y 2 días a la semana, y el resto 9 horas, ya sea haciendo transporte privado como transporte público. Por tanto, si es ese tu caso, no es legal.
Tengo entendido que el próximo 2 de febrero 22 entra en vigor la obligación de indicar en el tacografo el paso transfronterizo para transporte internacional. Me gustaría que me confirmarán si dicha indicación, en el caso de tacografos digitales, se trata simplemente de cerrar jornada y volver a abrirla en un lugar cercano a la frontera que debamos atravesar. Y como deberíamos actuar en caso de tomar un descanso diario o semanal en un punto fronterizo.
Muchas gracias.
Buenas tarde Alberto,
Desde el 2 de febrero de 2022 los conductores tendréis que marcar en el disco o en el tacógrafo digital el cruce de frontera que se haya producido y debéis hacerlo en primer lugar en la primera parada que realicéis tras cruzar la frontera.
El registro del cruce de frontera obligatorio es una medida de control que ha fijado el Paquete de Movilidad (en el Reglamento de tiempos de conducción y descanso y utilización del aparato tacógrafo) para conocer más a fondo los desplazamientos de los conductores y poder controlar mejor tanto sus descansos como sus retornos obligatorios a sus países de residencia cada cuatro semanas.
Tengo la siguiente duda.
Pongamos el caso de que un conductor empieza su disco a las 00:00 de la noche. Conduce sus 9 horas (con su descanso, 9:45 de la mañana). Una vez hecho esto hace su descanso de 11 horas (20:45 de la noche).
¿Podría volver a conducir antes de las 00:00 de la noche una vez terminado su descanso diario (es decir, conducir 3 horas y cuarto más)?
Hola Pedro, no puede pues ya había realizado el descanso diario y conducido lo que se puede en período de 24 horas, que es el día.
Qué puedo hacer si la empresa para la cual trabajo no quiere que recupere las horas del descanso semanal reducido?
Hola Rosas, contestado en el anterior comentario tuyo. Cambia de empresa, pues tú seguridad y la del resto de los vehículos que circulan por la carretera lo requieren.
¿Qué puedo hacer si la empresa para la cual trabajo no permite que yo recupere las horas del descanso reducido 21 horas?
Hola Rosas, las infracciones por el tacógrafo son responsabilidad de la empresa para la cual trabajas. Por tanto, el problema sería de la empresa en cuanto a tema económico de sanciones, pero si no recuperas las horas porque no te lo permiten, porqué no piensas en cambiar de empresa? por tu seguridad y la de los que circulan por las carreteras.
Si cojo un barco en Barcelona con destino Civitavécchia y estoy en modo Ferry y hago 24h o incluso más hasta que vuelvo a ponerme en marcha, se consideraría descanso semanal reducido? Porque según leo en el Reglamento solamente habla de descanso diario normal, pero eso se entiende para trayectos cortos como puede ser de Valencia a Ibiza, pero no explica nada respecto a trayectos largos. ¿Cómo se computarían esas horas de ferry en el descanso del trabajador? ¿Habría descanso reducido o incluso descanso normal en casos que supere las 45 horas?
Gracias
Buenos días Josep, Civitavecchia es una ciudad y comuna de la ciudad metropolitana de Roma, en la región italiana de Lazio. Puerto marítimo del mar Tirreno, se encuentra a 60 kilómetros al oeste-noroeste de Roma. Para que se considere descanso, sea el que sea, deberás justificar que tenías camarote con la correspondiente tarjeta de embarque.
Hola buenas tardes mi pregunta es la siguiente si en la primera semana yo hago un descanso de 24 horas en la segunda semana hago un otro descanso de 45 horas a la tercera semana tengo que hacer 24 + 21 o puedo hacer otro de 24?
Muchas gracias
Buenos días Juan Carlos, puedes hacer uno de 24 horas. Lo que nunca puedes hacer son 2 descansos semanales reducidos consecutivos. Eso sí, el primer descanso semanal que hiciste de 24 horas, la diferencia hasta 45 horas (descanso semanal normal) que son 21 horas, deberás recuperarlos antes de que finalice la tercera semana siguiente.
Muchas gracias, me has ayudado muchísimo.
Gracias.
Hola Juan Carlos, el equipo de Buscador Transportes estamos para eso, para poder resolver vuestras consultas en este sector tan cambiante de normativa.
Buenos días!
Mi duda es sobre ferry
Salgo de Valencia hacia Ibiza descargo y embarcó en ferry hacia Formentera y vuelvo a Ibiza y luego a Valencia
Se que no puedo poner mas de dos veces al día el tahografo en modo ferry
Las dos veces restantes como las pongo porque se me termina la disponibilidad
Gracias de antemano!
Buenos días Nicoleta, como seguro que has de tener tarjeta de embarque con camarote, ponlo en cama (descanso) y anota de tu letra en la propia tarjeta de embarque con camarote los períodos de descanso en el ferry.
Buenos días, primero de todo agradeceros las respuestas a todas nuestras dudas, la mía es la siguiente:
he conducido tres horas y cincuenta minutos, he realizado dos paradas, el tacógrafo marco descanso, los periodos fueron de seis minutos el primero y de trece el segundo, entiendo que al no haber realizado el tiempo máximo de cuatro horas y media no estoy obligado a realizar la parada de 45min.
Hola Jose, en ninguno de ellos has hecho la primera pausa de al menos 15 minutos, seguido de otra pausa de al menos 30 minutos. Por tanto, no está bien.
Ola buenos días salgo de Talavera de la reina dirección Logroño conduciendo 4 y media paro 45 min y continuo 1 ora en total son 5 y media para volver a Talavera de la reina me kedan 3 y media de conducción cuánto tiempo tengo k esperar para la siguiente jornada
Buenos días Oscar, por lo que nos cuentas, en total son 8 horas y media de conducción. Eso lo puedes hacer si te organizas bien los tiempos tanto de conducción como de pausa o descanso.
Descanso = cuando se sobrepasa el tiempo de descanso más de 1 hora y pausa cuando no supera 1 hora, y también se considera descanso cuando el conductor dispone libremente de su tiempo.
Conduces 4 horas y media y haces pausa de al menos 45 minutos (bien), sigues conduciendo 1 hora (deberías parar al menos 15 minutos) y luego conduce 3 horas y media y haz pausa de al menos 30 minutos, y así llegarás a destino.
Tu descanso diario normal son al menos 11 horas seguidas, permitiéndote la ley descansar al menos 9 horas seguidas pero sólo 3 días a la semana.
Buenas tardes ,en Reino Unido me pusieron una multa por conducir más de 4:30h por el siguiente caso:
1:29h-conduccion
23 minutos otro trabajo (martillos)
2,43 h conducción .
Es correcto la multa?
Gracias.
Hola Georgi, si. Es correcto.
Dentro de las 4 horas y 30 minutos que se te permite, has de hacer una pausa de al menos 15 minutos, SEGUIDA de otra de al menos 30 minutos. Haces la primera pausa de 23 minutos, pero no la segunda Georgi.
Hola! Yo soy vendedor ambulante y llevo un camión de 8500 kg. Llevo tacógrafo y de normal uso el camión entre 2 y 3 días semanales. Conduzco 2:30 h , llego al pueblo y aparco a las afueras. Por la mañana tengo que entrar a la plaza y vuelve a estar parado hasta que termino. Salgo de nuevo hacia otro pueblo durante 30-45 min y hago lo mismo. ¿Todos los descansos tienen que ser de igual aplicación que para los transportistas? ¿No existe ninguna excepción?
Hola Sebastián, es la misma norma para tí que para el que se va a Moscú.
Hola, buenos días,
Nos vamos de viaje mañana, uno en camión y otro en furgoneta, nos podemos intercambiar vehículos?, cuanto tiempo podemos conducir a parte de las 9h del camión, en un día
Es urgente
Muchas gracias,
Hola Javier, máximo al día 10 horas el camión (lo que supere los 3.500 kg de mma) y sólo 2 días a la semana. El resto de días, máximo 9 horas y sólo 6 días a la semana. Y entendemos que las dos personas que van a conducir están como empleados en la empresa titulares de esos 2 vehículos.
HOLA TENGO UNA DUDA MI JORNADA EMPIEZA A LAS 6 AM Y TERMINA A LAS 18H APROXIMADAMENTE PONGO LA TARJETA Y CUANDO CONDUCCO SE PONE EN CONDUCCION CUNADO PARO LO PONGO EN OTROS TRABAJOS O EN DISPONIBVILIDAD PERO NO EN DESCANSO NO SE SI LO ESTOY HACIENDO BIEN.
SI NO LO HAGO BEN QUIERO SABER QUIEN PAGA ESA SANCION
GRACIAS UN SALUDO
Hola Angel, cuando paras y descansas, has de poner la camita, de descanso, si no, no te contará Angel.
El uso incorrecto del selector de actividades del tacógrafo……1001 €
Y si me paran a quien le ponen la multa a mi o a la empresa??
Hola Angel, toda sanción del tacógrafo, legalmente, es para la empresa, excepto, si la empresa demuestra que el conductor ha actuado a mala fe.
Hola Soy Paco, nuevo en este mundillo.
En breve empiezo de lanzadera, trayecto de 40km carga y 40km retorno descarga. 12h día.
En las cargas y descargas tengo que poner otros trabajos?
Todavía no empecé por lo que no tengo controlado cuando podré hacer los tiempos de descanso .
Me preocupa que por los tiempos de carga y descarga las 9 o 10 h de conducción coincidan fuera de el lugar de dejar la tractora.
Hola Paco, si, en los tiempos de carga y descarga, OTROS TRABAJOS.
Hola,
Vamos de viaje dos personas, uno con el camión y otro en furgoneta, pregunta
Se puede hacer las 9h diarias de camión y luego seguir en furgoneta y el otro en el camión? Es legal? Saliendo los dos del mismo destino
Gracias
Hola Javier, lo contestado anteriormente.
Hola,
Tengo un camión con tacografo de disco diagrama, y solo tiene tres selectores , otros trabajos, el cuadrado(disponible) y la cama,
Cuando conduzco tengo que poner el selector el otros trabajos,( el aspa), automáticamente registra la conducción , pero si paro para comer o tomar un café, si lo pongo en el cuadrado, disponibilidad , es correcto? O para comer tengo que poner cama?
Gracias por su ayuda
Hola Javier,
Automáticamente cuando mueves vehículo, el tacógrafo marca conducción.
Cuando paras para comer has de ponerlo en cama (descanso) y así de esa forma te contarán los tiempos de pausa o de descanso (si ese período supera 1 hora).
Hola,
Si paro para comer o un café, lo pongo en disponibilidad, el cuadrado, esta mal? Tiene sanción?
Hola Javier, si paras a comer o café, legalmente deberías poner DISPONIBILIDAD. Pero, si eres espabilado, deberías poner DESCANSO y así ya te va contando los tiempos de pausa y descanso.
Hola,
Entonces para comer tengo que ponerlo en cama? Y para un tiempo de 15 o 20m para un café, se pone cama o disponibilidad?
Gracias de antemano
Hola Javier, cuando el tiempo pase de al menos 15 minutos ponlo en cama.
Hola, me llamo javier
Tengo una duda, si conduzco dos horas y descanso 45 minutos puedo luego conducir 4,:30 seguidas, descansar luego 45 minutos y conducir dos horas y media?
Muchas gracias
Hola Javier. si puedes hacerlo.
Mi pregunta es la primera semana hago un descanso reducido de 24 horas a la siguiente las 45 y la tercera semana tendré que hacer 24 reducida +21 restantes en total 45 es correcto
Hola Juan Carlos, no.
Esas 21 horas restantes que deberías haber hecho, y no lo has hecho porque has hecho 24 horas, HAS DE METERLES ANTES DE QUE FINALICE LA TERCERA , REPITO, TERCERA SEMANA SEGUIDA (antes, no todo en la tercera semana, puedes hacerlo por partes).
Hola buenas tardes.
Si descanso 24 horas la primera semana y la segunda 45, para la tercera semana tendría que recuperar las 21 que no descanse en la primera no?
Esto quiere decir que tienes ¿dos opciones en la tercera?
-Descanso reducido más las 21 horas de la primera semana
-Descanso normal más las 21 horas de la primera semana
¿Es así o no?
Muchas gracias y un saludo
Hola Francisco Javier, las 21 horas que no descansaste por hacer el descanso semanal normal, deberás recuperarlas antes de que finalice la tercera semana siguiente. No en la primera semana siguiente, si no, en la tercera. MUCHO OJO CON ESO.
La autoridad competente me solicita los datos de la tarjeta del tacógrafo y detecta que uno de los días he realizado 9,5 horas de conducción, habiendo realizado el resto de los días 8 horas. no veo el motivo de sanción ¿ustedes?
gracias!
Hola Marta, nos falta información en tu consulta, pero veo que los tiros deben ir, porque has conducido todos los días de la semana… NOS FALTA INFORMACIÓN PARA AFINAR MÁS.
El tacografo me pone 78 horas conducidas ,la semana pasada e echo una pausa de 51 horas.Puedo pasarme de las 90 horas de conduccion..Gracias un saludo
Hola Rolland, SE JUNTE EL CIELO Y LA TIERRA, NO TE PUEDES PASAR DE 90 HORAS EN DOS SEMANAS SI O SI O SI.
NORMA SUPREMA DE LA LEY DE TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO.
Hola y de antemano gracias por la información que nos proporcionas. Mi pregunta creo que es simple, hay alguna aplicación (se que hay muchas) fiable que me puedas recomendar para llevar el control de los tiempos de conducción y descanso? Gracias
Hola Oscar, gracias por tu comentario. Hace que nos pongamos las pilas y os resolvamos vuestras dudas. Nos pides que te digamos algún sistema, pero lógicamente no te podemos decir uno en concreto por no promocionar ese sistema. LO QUE SÍ TE DECIMOS ES QUE SE DEBE ADAPTAR A LA FLOTA QUE TIENES SOBRE TODO Y A LA PERSONA O PERSONAS QUE VAN A CONTROLAR ESE SISTEMA. Si un sistema no se controla ya te decimos que no sirve para nada. Y luego vienen las sanciones.
Sentimos no decirte uno en concreto, pero no queremos promocionar el que nombremos. TODOS SON BUENOS SI SE ADAPTAN A LAS NECESIDADES DE TU EMPRESA. ESO ES LO PRINCIPAL OSCAR.
Hola
Se puede hacer 15h de disponibilidad diaria de lunes a viernes descansando entre medias 11h diarias?
Ejem: 15h dispo 11h descanso 15h dispo 11h descanso y así de lunes a viernes y sábado y domingo descanso normal
Buenos días Manu, si , pero siempre que cumplas con los descansos semanales conforme marca la ley.
Hola buenas tardes,mi consulta es la siguiente:nosotros empezamos el Domingo a las 06:00 después del descanso semanal de 45 horas,la pregunta es: que dia de la semana y a qué hora tendríamos que estar parados como máximo? Conduccion doble,gracias un saludo
Buenas tardes Paco, en conducción en equipo, únicamente se hace el descanso con el vehículo parado (partimos de esa base). Hecha hacia adelante 6 días que podéis conducir de forma ininterrumpida.
Hola buenas noches se puede hacer 2 descanso de 24 horas dos semanas seguidas
Hola Antonio, prohibido por ley hacer 2 descansos semanales reducidos consecutivos.
Buenos días.
Se puede hacer siempre un descanso de 45 horas y a la semana siguiente uno de 24 horas y así sucesivamente siempre?
Hola Juan David, si podrás hacerlo, siempre y cuando, la diferencia de horas que no haces, la recuperes antes de que finalice la tercera semana siguiente, es decir, 45 h – 24 h = 21 h . CONCLUSIÓN: SI TE LO ORGANIZAS BIEN, PUEDES HACER LO QUE PREGUNTAS JOAN.
Buenas tardes,
Tengo una duda, yo conduzco 7h al día (5 días a la semana) un vehículo exento de tacógrafo. Cuántas horas podría trabajar a parte con tacógrafo (en otra empresa)? Por otro lado, tengo tarjeta de tacógrafo que no utilizo, si la utilizo, como justifico ese periodo largo sin usar? Habría que llegar certificado de actividades, y quién lo haría en este caso?
Gracias.
Buenos días Miguel Angel, contestamos tus consultas.
1.- Como conduces un vehículo exento de tacógrafo (según tú consulta), pones el contador a 0. Es decir, podrás conducir en una semana 6 días, repartidos 4 días 9 horas y 2 días 10 horas. Y siempre, en 2 semanas como máximo 90 horas, se junte el cielo ó la tierra.
2.- Si eres empleado, te deberán hacer un certificado de actividades normalizado donde se indica que has estado haciendo antes de coger el vehículo nuevamente. Se hace cuando el plazo de tiempo supera las 72 horas. En tú caso, mucho más. Y se indica con una cruz la situación en la que has estado.
Te paso enlace del Ministerio de Fomento donde lo puedes descargar y rellenar por ordenador (no vale a mano, CUIDADO CON ESO). Y) si eres autónomo, te lo haces tú mismo y te lo firmas tú mismo (sería como una declaración jurada.
Buenas tardes,
Gracias por responder. En este caso, el certificado tendría que hacerlo la empresa en la que estoy exento de tacógrafo? Está obligada a hacerlo? Puedo conducir legalmente 4 o 5 horas en la otra empresa?
Saludos.
Buenos días Miguel Angel, está obligado a hacerlo (solicitarlo a la Administración), está obligado a pagarlo y SI TÚ TE MARCHAS DE LA EMPRESA , TÚ ESTARÁS OBLIGADO A DEVOLVERLO A LA EMPRESA PORQUE PARA ESO LO PAGA LA EMPRESA Y TÚ NO.
Puedes conducir sin problema. Otra cosa es que te tendrán que dar de alta en la otra empresa.
Buenas tardes.
En caso de que se quiera contabilizar los tiempos semanales de descanso y conducción de una semana, y se haya conducido la noche del domingo al lunes del comienzo de dicha semana, se contarían tan solo las horas de conducción desde el lunes a las 00:00 horas, o no se contaría la jornada por haber comenzado el domingo de la semana anterior.
Gracias.
Hola José, desde lo hecho en domingo.
Buenos días.
Y en el mismo caso pero si la conducción se realizase del domingo al lunes al finalizar la semana.
¿Se contarían las dos noches de domingo-lunes de esa semana? O se sigue algún criterio.
Porque en caso de que se contaran ambas noches también se debería contar la ultima noche de esta semana en la semana siguiente cuando se hiciera dicho calculo.
Hola José, lo dicho anteriormente. Nunca puedes acortar la semana.
Hola mi idea es que si por ejemplo arranco la semana un lunes a las 15:00, debo de parar para hacer las 24 horas o las 45 el domingo a las 15:00 pero un compañero me dice que no, que es el sábado entonces ya no lo tengo claro. Gracias de antemano
Buenas tardes Cándido, la semana va desde las 00:00 horas del lunes hasta las 24:00 horas del domingo. Además, como máximo puedes conducir 6 días de 7 días que tiene la semana, por tanto, pararías el sábado. Luego ya a hacer el descanso semanal normal de 45 horas ó si la semana anterior no hiciste un descanso semanal reducido, podrás hacerlo de 24 horas como mínimo.
Hola.
La semana pasado he hecho un descanso semanal reducido de 30 horas. He empezado la jornada domingo a las 7 de la mañana y luego entre jueves y viernes he echo otro descanso de 30 horas. De cuantas horas tengo que hacer el descanso este fin de semana? GRACIAS!
Hola Dumi, muy importante , dos descansos semanales reducidos NO SE PUEDEN HACER.
Muchas gracias! Así le he dicho yo al responsable de mi empresa…. Que dos descansos semanales reducidos seguidos es falta . El quería mandarme a trabajar este domingo ,porque esta semana he tenido solo 5 jornadas y no seis, después de un descanso semanal reducido… Ha dicho que el sabe mejor cuantas horas tenemos que hacer el descanso semanal… Le he dicho que mejor salga el a trabajar y así se ahorra dinero…. Sinvergüenzas…. Todos se están aprovechando de la situación!
Hola Dumi, dos descansos semanales reducidos NUNCA JAMÁS SE PUEDEN HACER.
Y la disponibilidad como cuenta? Como trabajo o como descanso? Por ejemplo si tengo 4.30 horas de conducción, 3.30 horas de otros trabajos, una hora de descanso y una hora de disponibilidad , cuantas horas extras hago en una jornada? Gracias!
Hola Dumi, la disponibilidad es trabajo, no es descanso. PERO, una cosa y bien diferente es tiempos de conducción y descanso y tacógrafo, y otra es la jornada laboral que depende del convenio laboral en el cual estás tú como trabajador en la empresa. Y si eres empresario, ya sea como autónomo o como sociedad, ya sabes que horas no tienes.
Descanso diario reducido. Tienes tres por semana, pero se entiende por semana lo que comprende dos descansos semanales, no una semana natural. Verdad??
Si a la 4 jornada, después de haber dormido 9h x 3 días, hago un descanso semanal reducido de 24h, sería posible hacer/tener 3 descansos diarios reducidos de nuevo.
Hola Mario,
1.- El descaso diario reducido es de 9 horas seguidas y te permiten hacerlo 3 días en la misma semana.
2.- si sería posible, pero como ya has hecho un descanso semanal reducido de 24 horas, OBLIGATORIAMENTE, la semana siguiente deberás descansar mínimo 45 horas.
CUANDO UN CAMION EL VIERNES A LAS 12 HORAS COMPLETA LAS 90 HORAS DE CONDUCCION FUERA DE SU DOMICILIO, TENIENDO EL DESCANSO SEMANAL ANTERIOR DE 45 HORAS, ¿ CUANDO PUEDE EMPEZAR A TRABAJAR ? EL TACOGRAFO LE DICE QUE HASTA LA 1 DEL LUNES, PERO ENTONCES HARIA 61 HORA DE DESCANSO ¿ PUEDE EMPEZAR ANTES ?
Hola Francisco, se ha de cumplir el descanso semanal normal de 45 horas, pero OJO, si ha hecho en anterior semana un descanso semanal reducido, deberá recuperar.
EL DESCANSO ANTERIOR FUE DE 45 HORAS ¿ ESTE DESCANSO PODIA SER DE 24 HORAS?
Hola Francisco, sí, pero te recordamos que la semana en transporte va desde las 00:00 del lunes hasta las 24:00 del domingo.
Y podrás hacerlo, siempre que no lo tengas que acumular a alguno no hecho en las 3 semanas anteriores.
Buenas tardes esta mañana empezado la jornada a las 6:35 a las 10:15 he hecho un descanso de 1hora,me han cargado el camión y a las 12 he salido de viaje Ahora quiero conducir las cuatro horas y media y hacer un descanso de 45 minutos ,?luego cuando todo tiempo podré conducir?
Buenos días Miguel Angel, llevas computadas 8 horas y 10 minutos. Podrás llegar a 9 horas ó 10 horas que es el máximo permitido diario de conducción y que puedes hacer sólo 2 días a la semana.
Hola una pregunta. Si yo conduzco 1h y 25 minutos hago un descanso de 45’’ estaría bien?
Y si hago 1h de conducción y hago un descanso de 15’’ hago 2 h más de conducción y hago media hora estaría bien?
No es preciso completar el periodo de 4h 30’’ de conducción para hacer l pausa completa?
Hola Rafa, contestamos por orden tus consultas.
1.- si.
2.- también.
Pero MUCHO OJO CON ESO. El articulo 7 del Reglamento (CE) 561/2006 del 11 marzo dice que :
Después de conducir 4 horas y 30 minutos, deberás hacer una pausa de al menos 45 minutos, a no ser que tomes un período de descanso (más de 1 hora).
Dentro de esas 4 horas y 30 minutos, deberás hacer primero una pausa de al menos 15 minutos seguida de otra de al menos 30 minutos.
Hola . Por favor tengo una duda . Con 8,45 h de pausa diaria he tenido q mover el camion 15 minutos. Si me quedo continuar la pausa hasta hacer 11 h ,puedo empezar la jornada o tengo q hacer otra vez 9 h?? Gracias
Hola Dan, si no has llegado a 9 horas de descanso diario reducido, mal hecho, pues no has hecho lo correcto. Para hacerlo bien, has de descansar ininterrumpidamente.
en el caso de la excepcion de tacografo: reciclaje, runas de reciclaje, linea regular de menos de 50 kilometros a la redonda etc… Quantas horas seguidas son?
Quantas horas de conduccion diarias son?
Como funcionan los descansos diarios, semanales, quincenales i mensuales?
Gracias
Hola Santi, vamos a ver, si estás exento, estás exento de tacógrafo. Por todo lo demás, igual que el resto de los mortales.
4 horas y 30 minutos de conducción seguidas, 9 horas diarias de conducción aunque se permiten 10 horas sólo 2 días a la semana.
descanso diario normal 11 horas seguidas, puedes reducirlo a 9 horas diarias ininterrumpidas pero sólo 3 días a la semana.
SE JUNTE EL CIELO Y LA TIERRA, COMO MÁXIMO SE PUEDEN CONDUCIR 90 HORAS, Y TAMBIÉN COMO MÁXIMO 56 HORAS EN UNA SEMANA, PERO SI LA PRIMERA CONDUZCO 56 HORAS, LA SEGUNDA SERÁN 34 HORAS, PARA QUE LA NORMA SUPREMA COMENTADA ANTES DE LAS 90 HORAS NO SE NOS FASTIDIE.
Y descanso semanal normal 45 horas y el reducido mínimo 24 horas.
Hola, cuando se embarca en ferry la ley dice que el descanso se puede romper asta en una hora, dos movimientos de 30min,para cuando subes y bajas del barco hasta un par Quin seguro. En este caso el descanso debe de ser de 9 horas o siempre que se rompa al embarcar debe de ser de 11 horas? Gracias
Hola Oscar, te explicamos el modo FERRY. Lee tranquilamente todo y así se te quedará todo bien bien claro.
El modo ferry del tacógrafo queda justificado en el preámbulo del Reglamento (CE) 561/2006. Como bien dice este documento legal, muchos de los transportes realizados a través del territorio europeo incluyen rutas marítimas o de ferrocarril. Para estos casos se hace necesario flexibilizar los tiempos de conducción y descanso. De esta forma, la jornada podría adaptarse a la ruta en lugar de ser castigada por ella.
Así, surge el “modo ferry” en la legislación del tacógrafo. Como ya hemos dicho, se refiere a esos casos en los que el vehículo se está moviendo, pero en otro método de transporte, como un barco transbordador o un “ferroutage” o autopista ferroviaria. Estos no son manejados por el conductor del camión o autobús y por tanto no computarán para los tiempos de conducción y descanso.
Además, el Reglamento (CE) 561/2006 también indica que el modo ferry podrá usarse como descanso diario normal, siempre y cuando se den dos condiciones:
Que el transbordador o el tren usado ponga a disposición del conductor una cama o litera, diferente a la que tiene el vehículo transportado.
Además del tiempo que ha durado el viaje en transbordador o en tren, se descanse las horas necesarias para llegar al descanso diario correspondiente, sea este un descanso normal o fraccionado. Por ejemplo, si el viaje en barco ha durado 7 horas y la entrada y salida a la bodega ha supuesto otra hora, al tomar tierra habrá que buscar un aparcamiento para descansar las 3 horas restantes para completar el descanso diario normal de 11 horas. La legislación no menciona el descanso diario reducido para estos casos.
POR TANTO, SIEMPRE 11 HORAS DE DESCANSO.
Gracias
Hola Oscar, un placer. Encantados de poder contestar vuestras consultas y así haceros el camino mucho más fácil.
Buenos días si acabo de hacer un descanso reducido de 35h el domingo a las 7am luego trabajo 3h y después hago 45 hasta el Martes a las 7am se considera descanso normal y luego el sábado podría hacer otra vez el reducido? Lo de recuperar las horas ya lo sé que tiene que ser antes de que finalize la tercera semana eso lo tengo claro pero lo otro no y es que me pasa muy a menudo.
Hola Oscar, no, no se considera descanso normal. NO PUEDEN HABER 2 DESCANSOS SEMANALES REDUCIDOS.
Buenos días, ¿ hay un tiempo mínimo de conducción para hacer la primera pausa de 15 minutos o se puede hacer a partir del minuto uno de conducción?, gracias.
Hola Manuel, fácil pregunta y aunque la ley lo dice claramente, en la selva, es decir, en carretera hay mucho licenciado y al final acaban mareando.
Articulo 7 del Reglamento (CE) 561 /2006, del 11 marzo.
Tras un período de conducción de cuatro horas y media, el conductor hará una pausa ininterrumpida de al menos 45 minutos, a menos que tome un período de descanso.
Podrá sustituirse dicha pausa por una pausa de al menos 15 minutos seguida de una pausa de al menos 30 minutos, INTERCALADAS EN EL PERIODO DE CONDUCCIÓN , de forma que se respeten las disposiciones del párrafo primero.
ESCRITO EN MAYÚSCULAS, hemos puesto que sí, contestamos que sí a tu pregunta, pues es dentro de ese período y como quieras.
Buenas,empece mi jornada de trabajo despues de un descanco semanal jueves a las 12:00 entonces mi semana laboral termina miercoles a las 12:00.Si yo por ejemplo jueves empece a las 12:00 termino a las 2:00 de la noche hago 9 horas voy empecar a viernes a las 11:00 y termino a la 1:00 de la noche y otra vez hago 9 horas,sabado empecare a las 10:00 de la mañana y termino a las 00:00 hago otra vez 9:00 horas,entonces ya tengo echas 3 de 9 horas,mi pregunta es si despues lunes o martes por ejemplo quiero hacer descanco de 9 horas puedo o ya hasta que no hago otro descanco semanal no puedo hacerlo?Espero vuestra respuesta,gracias.
Hola Ricardo, la semana va desde las 00:00 horas del lunes hasta las 24:00 horas del domingo.
Todos los días el descanso ha de ser el normal de 11 horas seguidas, excepto 3 días a la semana te deja reducirlo a 9 horas seguidas. Ó si haces el fraccionado, es decir, conduces, descansas 3 horas, conduces y descansas 9 horas. NO HAY OTRA FORMA.
Buenos días, tengo una duda, el lunes día 8 empiezo a conducir después de un descanso semanal de 45 horas y el jueves viajo a Francia para descargar y vuelta a España, si hago descanso reducido de 24 horas empezaría una semana nueva y cuando llegue a la base sin exceder de los 6 días laborables y hacer mis 21 horas cuando llegue a la base, se puede hacer así, muchas gracias
Hola Juanjo, tú has de saber que 2 descansos semanales reducidos consecutivos NO LOS PUEDES HACER.
Hola, mi pregunta es, se puede conducir 10 horas tres veces a la semana cuando ay un 45 horas en el medio?
Hola Dan, NO, prohibido. MÁXIMO 2 DÍAS 10 HORAS AL DIA DE CONDUCCIÓN. Sí pueden ser dias consecutivos, pero más de 2 días nunca.
Creo que Dan se refiere si se puede hacer 3 días de 10h de conducción si en medio de la semana hay un descanso semanal. Por ejemplo lunes 10h, descanso semanal y un jueves y viernes 10h.
Hola Alberto, jamás, no puedes hacer dentro de una semana, 3 días de 10 horas de conducción, pues como máximo son 2 días de 10 horas de conducción.
La semana en transporte va desde las 00:00 horas del lunes hasta las 24:00 horas del domingo.
Si no me equivoco solo puedes conducir 3 o 4 dias de 10 horas seguidos si los haces sábado, domingo, lunes y martes porque no corresponden a la misma semana, es asi o no?
Hola Carlos, no. La ley te permite conducir a la semana SÓLO 2 DÍAS COMO MÁXIMO 10 HORAS CADA UNO DE ESOS 2 DIAS. Mucho ojo, y no seguidas. Como máximo seguido puedes conducir 4 horas y 30 minutos. Y siempre la semana se toma desde las 00:00 horas del lunes hasta las 24:00 horas del domingo.
Buenos días, una pregunta sobre disponibilidad semanal
Si arranco un domingo a las 19:00, habiendo hecho un descanso semanal reducido (36 horas)
Cuando tendría que parar para hacer de nuevo el descanso semanal?
Debo parar para que entren las 45h antes del domingo siguiente a las 19:00?
Gracias de antemano y un saludo!!
Hola Rafa, antes del sábado deberás para y hacer el descanso OBLIGATORIAMENTE de 45 horas (descanso normal). SI O SI. Cuando se hace un descanso reducido semanal, la siguiente semana será obligatoriamente de al menos 45 horas. Y ese reducido que hiciste habrás de recuperarlo antes de que finalice la tercera semana siguiente.
Hola,
Puede un conductor profesional exento de tacografo (autobús urbano, camión correos, etc) al terminar su jornada, conducir un vehículo que si lleva tacografo? por ejemplo 7 h un autobús urbano por la mañana 4h un camión por la tarde…
Gracias.
Hola Miguel, como poder puede, siempre y cuando esté dado de alta en dichas empresas conforme a la ley. Al estar exento de tacógrafo por la mañana, es cómo si condujeras un turismo.
Mi pregunta es , jornada de trabajo es aquella q después de una condición se haga un descanso de 9h como mínimo ,bien después de 6jornadas de trabajo con sus descansos de 9h o 11h o 3+9 h sin haber hecho 6dias puedo poner más discos o no ,o q se considera jornada de trabajo 24h , gracias.
Hola Oskar, eso que preguntas lo tenemos muy bien explicado en este enlace de nuestra web.
https://buscadortransportes.com/tiempo-de-trabajo-efectivo-tiempo-presencia/
FELIZ AÑO !! Y REYES !A ver si me pueden aclarar una cosa .
Empiezo mi jornada el domingo a las 15.00 horas . Con el descanso de 45 echo . Hago tres turnos y el martes paro a las 18.00 . Y no voy a salir hasta las 05.00 de jueves . Desde que he parado voy hacer 35 horas . Eso ya me va a contar como descanso semanal reducido ? Y los turnos van a empezar a contar de nuevo ? Y para poder hacer las 45 horas serian después de 6 turnos ? En mi caso de haber echo las 35 horas voy a seguir trabajando hasta el viernes o sábado . Es correcto lo que voy a hacer ? Gracias .
Buenos días Albert, FELIZ AÑO Y REYES PARA TÍ TAMBIEN¡¡
Tú has de tener en cuenta si o si o si, que después de un descanso semanal reducido, antes de que transcurran las 3 próximas semanas, la diferencia de lo no hecho lo has de recuperar, pero siempre uniéndolo al descanso semanal.
Ok entendido . Lo de devolver horas , si , lo tengo claro . No tenia claro , si las 35 horas cuenta como descanso semanal . Porque no había echo los turnos correspondientes para que sea el descanso semanal . Pero luego he leído mas detenidamente el reglamento ,el cual dice , que cualquier descanso mas de 24 horas y menos de 45 cuenta como un descanso semanal reducido ! Muchas gracias y felices fiestas !!!
Hola Albert, eso es. Es menos complicado de lo que parece, lo que sucede, es que, cumplir con la normativa en un sector tan tan tan cambiante por las situaciones que le surgen es muy, pero que muy complicado.
Buenos días disculpa la molestia, quisiera hacerte una consulta, vengo de hacer un descanso de 56 hs. Y ayer empecé a las 19 30 y hoy a las 8 he parado con 10 hs de conducción estoy haciendo el descanso de 9 hs. existe alguna posibilidad que después de descansar solo 4.30 horas pueda retomar el viaje para llegar a la base me quedan 2,30 ha para llegar.
Hola Juan Carlos, no se puede.
Hola soy conductor autobus linea regular mi consulta es si es legal hacer 5 minutos de conduccion y hacer una pausa de 15 minutos al comenzar mi jornada ,me explico al empezar doy dos vueltas a la estacion de autobuses 5 minutos conduccion y estaciono en el anden y realizo 15 minutos de pausa acto seguido cambio el selector a martillos y cargo los viajeros y salgo a realizar el servicio conduzco 4horas 25 minutos y hago una parada de 30 minutos,para comer, limpio el disco y continuo otras 4 horas de servicio hasta finalizarlo,esto conlleva alguna irregularidad la empresa nos indica que no hay ningun incumplimiento por la ambiguedad de la legislacion en cuanto a cuanto tiempo necesitas conducir para hacer una pausa.Gracias por el interes y la informacion-
Hola Carlos, el reglamento de la CE 561/2006 del 11 marzo, sobre tiempos de conducción y descanso, dice en su artículo 7, que dentro de las 4 horas y media de conducción, el conductor podrá hacer una pausa de al menos 15 minutos, seguida de otra de al menos 30 minutos. POR TANTO, EN BASE A LA LEY, LO QUE HACES ES CORRECTO, porque no especifica en ningún lado, cuanto tiempo has de conducir como mínimo para realizar ambas pausas, TÚ ACOPLATELO COMO MEJOR TE VENGA, SIEMPRE QUE NO INCUMPLAS CON LA NORMA LEGAL, pues ya sabes que en carretera te pueden revisar el dia en que te para el guardia y los últimos 28 días anteriores. Y a la empresa, el último año.
Buenos días. Mi nombre es Alberto, soy un autónomo y realizo transporte internacional de mercancias.
Me gustaría confirmar la información sobre la nueva normativa que, según tengo entendido, permite la conducción adicional de dos horas como máximo, añadidas al tiempo de conducción diario o semanal, para poder llegar al domicilio del conductor, siempre que sea para realizar un descanso semanal normal.
Mis dudas principales son las siguientes:
1.- Si tengo una jornada de conducción de 10 horas el día de llegada a casa, podría realizar 12 horas como máximo en dicha circunstancia?
2.- El descanso de 30 minutos que debo hacer inmediatamente antes de realizar el tiempo adicional, debe ser exactamente antes de dicho tiempo adicional? (De qué margen de tiempo estaríamos hablando?)
3.- Al realizar este tiempo adicional de conducción, tiene que estar comprendido dentro del espacio de tiempo de disponibilidad de esa jornada? (Es decir, si la jornada laboral la comencé por ejemplo a las 9 de la mañana y debo detener mi actividad a las 12 de la noche como máximo, ¿También las dos horas de conducción adicional deben estar realizadas antes de las 12 de la noche?)
Gracias de antemano por su labor de difusión de la información y ayuda en este sector.
Hola Alberto, contestamos tus consultas.
1.- no puedes. Máximo 10 horas al día de conducción.
2.- siempre antes esa pausa de al menos 30 minutos. Dentro de las 4 horas y media de conducción, primero una pausa de al menos 15 minutos, seguida de otra de al menos 30 minutos.
3.- 10 horas de conducción.
Buenas se puede hacer descanso semanal de 45h o mas en España fuera de tu base de Trabajo(En el camión?) GRACIAS
Hola Antonio, no, no se puede. El descanso semanal fuera de España has de tomarlo fuera de la cabina. Mucho ojo con eso, que las sanciones son guapas guapas.
Si fuera de España se que tiene sanción pero mi duda es en España .Gracias
Hola Antonio, en España también, es norma europea, hasta 2.000€ puede ser la sanción.
Buenas tardes,me gustaría saber si habiendo hecho 42 horas de descanso semanal puedo recuperar las 3 horas en un descanso diario de la semana siguiente. 11 horas + 3 horas . 14 horas . Gracias son muy útiles buestros comentarios.
Buenos días Rafa, has de recuperar esas 3 horas, pero con un descanso semanal posterior y antes de que pasen las tres semanas siguientes. Con un descanso diario no puedes, ha de ser descanso semanal.
Yo he creído y hecho eso de sumar “las que debo”( las horas que debo de un descanso semanal reducido) sumarlas a un descanso diario normal de 11h ,cientos y cientos de veces ( 11h + X ) .
Confírmame si está mal o bien porque es además pregunta de examen y siempre creí que esa no la fallé ( hace muchos años ya por si te sirve saber que no soy nuevo).
Gracias de antemano , y gracias por otras aclaraciones .
Hola Daniel, has de unirlas a un descanso semanal.
Hola,entonces entiendo que no se pueden hacer más de 4,5h seguidas aunque sean dos conductores y otra pregunta el conductor que no va conduciendo debe poner su disco en disponibilidad ,verdad? Gracias
Hola Oscar, así es, y sí, la otra persona que va al lado del conductor, el selector del tacógrafo en disponibilidad. No puede ir en la litera, y debe estar sentado. Todo esto según la norma legal.
Buenas, me gustaría que me explicaran el buen uso de un tacografo analógico de dos conductores pues no se si lo estamos haciendo bien. Le explico como creo que es: salimos los dos conductores juntos y metemos los dos discos, empieza a conducir el conductor 1, a las 2 horas de conducción cambiamos los discos y el conductor 1 pasa al asiento del copiloto y conduce el conductor 2;a las 4,5h de conducción hacemos el descanso. Después conduce el conductor 1otra vez y el 2 pasa al asiento del copiloto y así hasta llegar al destino que nos puede llevar 14 h de conducción. Muchas gracias y un saludo.
Buenas tardes Oscar, has de tener en cuenta y muy importante, que cuando van 2 conductores, ÚNICAMENTE SE HACE EL DESCANSO CON EL VEHÍCULO PARADO.
Buenas chichos, no representa que quando es conducion de dos chofers el que esta en disponibilidad tambien le quenta como tiempo de descanso…(descanso de conducion diaria claro) o sea que quando el 1ro lleva las 4:30 horas puede seguir el otro?¿
Hola Jaime, ÚNICAMENTE CON EL VEHICULO PARADO, HACE UN CONDUCTOR EL DESCANSO.
Hola, mi duda es si yo habro el disco a las 9:00h y lo paro a las 12h hago 9 horas de desacaso y arranco a las 21h puedo empezar otra jornada para parar a las 4 de la mañana volver hacer otra 9 hora y empezar de nuevo??
Hola Carlo, no puedes. El disco tiene una duración de 24 horas. Y has de descansar cada 24 horas la ley te permite 9 horas seguidas. Eso , tres días a la semana.
Según la normativa de transporte es el descanso reducido de 9 horas anteriormente tiene que tener un descanso de 3 horas ininterrumpidas. Según tengo entendido yo
Hola Fran José, así es, siempre ha estado eso. Lo que se llama el descanso fraccionado.
Raul
Enhorabuena por tu contribucion.
Voy a empezar una ruta nueva. Hasta el destino tengo 5 horas de conduccion, debo inexorablemnte parar a las 4,5 horas para hacer el descanso d 45 minuto o puedo llegar hasta destino, pasandome 30 minutos y hacer en destino el descanso de los 45 minutos?
Gracias
Buenos días Jose Vicente, gracias por tus palabras.
Superior a 4 horas y media y hasta 5 horas = multa de 100€
Superior a 5 horas e igual a 6 horas= multa de 401€
Superior a 6 horas e igual a 8 horas = 1.001€
Superior a 8 horas e igual a 10 horas = 1.500€
Superior a 10 horas = 2.000€
Buenas , pero no hay una excepcion de conducir hasta 4:59h si no encontras parking y la policia no te puede multar o si te multan lo puedes recurir ? claro esto si te pasas solo una vez en 28 dias no cada dia ?
Hola Sorin, cualquier exceso es sancionable. Has de planificar bien la ruta. Mucho ojo con eso.
Es decir, podría hacer 4,5h conducción, 45 min descanso, 4,5h conducción, 45 min descanso y 1 h conducción 9h descanso ? (o cómo meto esa hora para hacer 10)
Así los dos primeros días?
Gracias de antemano
Hola de nuevo Raúl, si , podrías hacerlo.
Buenas, tengo una duda, quería traer un camión desde Polonia, y tengo unos 2700km, cuanto es lo máximo que puedo hacer para llegar ??
10 horas conducción, 9 descanso+ 10 h conduccion, 9 descanso + 9h conducción + 9 descanso y llegada aprox?
Despues no voy a conducir mas camiones en varias semanas, gracias
Hola Raúl, eso lo podrías hacer, pues la ley te permite conducir dos días a la semana 10 horas, y el resto de días 9 horas. En total, te saldrían 56 horas de conducción máxima en una semana, pero sabiendo que la siguiente semana 34 horas. EN TOTAL, 90 HORAS EN DOS SEMANAS (se junte el cielo y la tierra). Ya sé qué has dicho que ya no conduces en varias semanas…..pero a nosotros nos gusta comentarlo, por si las moscas.
Buenas,me llamo Jose,y soy conductor trailer,si mi contrato pone 40h semanales,y de volante suelo hacer 8-10h y de disponibilidad 13-15h,con 3 dias tendria ya las horas realizadas, podria denunciar a la empresa? ahora tambien nos obligan los sabados,aunque este en la ley porque no me paso de horas ,pero me gustaria informacion ,porsi me puedo negar ya que físicamente y psicológicamente es una paliza!!!! Gracias y seguid asi,ayudais mucho
Buenas noches Juan, el transporte como bien sabes es algo especial. NECESITAMOS SABER EN QUÉ CONVENIO LABORAL ESTÁS PARA HILAR FINO LA RESPUESTA A TU PREGUNTA.
Hola, el convenio transporte de huelva,y el contrato de conductor mecánico, incluido grupo de personal de movimiento.
Hola Juan, contestamos tu consulta.
Convenio o Acuerdo: TRANSPORTE POR CARRETERA Expediente: 21/01/0155/2018 (Huelva).
ARTÍCULO 16.JORNADA LABORAL
Con respecto a la jornada laboral se estará a lo dispuesto por la legislación laboral vigente en cada momento, para el sector del transporte por carretera.
La jornada será de 40 horas semanales de trabajo efectivo o 1816 horas al año, respetándose los derechos adquiridos en lo que respecta a jornada de inferior duración.
El tiempo de descanso en jornada continuada previsto en el párrafo cuarto del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, se considerará tiempo de trabajo efectivo cuando por acuerdo entre la empresa y trabajador así esté establecido o se estableciese.
ARTÍCULO 17.HORAS DE ESPERA.
Las partes se remiten a lo establecido en la legislación vigente.
ARTÍCULO 20º.PERIODO DE PRUEBA
Podrá concertarse por escrito un período de prueba cuya duración no podrá exceder de seis meses para los técnicos titulados, ni de dos meses para los demás trabajadores. En las empresas de menos de veinticinco trabajadores, el período de prueba no podrá exceder de tres meses para los trabajadores que no sean técnicos titulados.
ARTÍCULO 33º.COMPENSACIÓN POR CANTIDAD Y CALIDAD DE TRABAJO
Todo conductor de ruta que por necesidades de la empresa tenga que realizar sus trabajos en un radio mayor a los 100 Km. del centro donde preste sus servicios percibirá, por horas extraordinarias y nocturnas, 0,05 € por Km. recorrido a partir del primer Km., siempre que no sean rutas con origen o destino internacional.
Esta cantidad solo será exigible en las empresas que ya vinieran abonando este concepto y no en las que no vinieran haciéndolo, habida cuenta de las distintas condiciones y sistemas de remuneración que tienen unas y otras.
ARTÍCULO 36º.LOCOMOCIÓN Y DIETAS
En los casos en que haya derecho a devengarse dietas por desplazamientos, la cuantía de las mismas será igual para todas las categorías profesionales con arreglo al siguiente importe:
Dieta provincial y comarcal: 28,93€ , distribuidas en 10,11€ el almuerzo; 10,11€ la cena y 8,71€ para desayuno y alojamiento.
Dieta nacional: 43,79 € , distribuidas en 15,30€ para almuerzo; 15,30€ para cena y 13,19 € para desayuno y alojamiento.
Dieta internacional: 75.02 € , distribuidas en 26,24€ `para almuerzo; 26,24€ para cena y 22,54€ para desayuno y alojamiento.
Comida en plaza: la comida, almuerzo o cena que por necesidades del servicio y a petición de la empresa tenga que hacerlo a sus horas habituales, se abonará a razón de 9.89 € cada comida.
ARTÍCULO 43º.AYUDA ESCOLAR
Al iniciarse el curso escolar, las empresas abonarán a sus trabajadores por cada hijo comprendido entre los 3 y 16 años, la cantidad de 127,87 € .
Se abonará además la cantidad de 185,00 € /año por trabajador e hijo de trabajador que realice estudios de carácter oficial a partir de los 16 años, previa acreditación.
Buenas,en las 40h semanales entraria toda la jornada,no? Si hago 8 de volante y 4-5 h de otros trabajos,serian 13h.La empresa dice que solo se cuentan las de conduccion,las demas de disponibilidad o otros trabajo no,que es por ley.
Hola Juan, así es. Pero, has de estar remunerado, y eso es en base a tu convenio colectivo laboral de empresa. Pero más de 13 horas de disponibilidad no te pases.
Hola buenas tardes cual seria la multa por conducir más de 6 días seguidos solo un par de hoas
Buenas tardes Álvaro, todo exceso es sancionable. Y eso de sólo un par de horas el guardia se la pela, te sanciona bien metido y punto.
Hasta 14 horas = 1.001 €
Hasta 15 horas = 1.500 €
Igual o más 20 horas = 2.000 €
Todas ellas, llevan inmovilización del vehículo.
Muchas gracias por la información.siendo así no me interesa pasarme.
Hola Álvaro, OK.
Se me olvidaba lo siento también nos cambian a lo mejor he terminado de turno de tarde y me ponen al día siguiente de mañana nunca hacemos más de 5 horas de conducción ahy días q na más 2 y media
Buenas tardes Raúl, lo comentado anteriormente. Además de tener en cuenta las horas de conducción se ha de tener en cuenta las horas de descanso. MUCHO OJO CON ESO.
Muchísimas gracias por la aclaración
Buenas tardes Raúl, un placer atender vuestras consultas.
Buenas, me gustaría saber porque estoy un poco dudoso trabajo de lunes a sábado jornada de 7h. a 15h. la semana que toca de mañana y de 15h. a 23h. La semana que toca de tarde. A veces hacemos las 4h y media y a veces no las hacemos según la ruta si las hago hago el descanso y si no po no lo hago, los descansos son los domingos y un día alternado entre semana entonces la pregunta es ¿esta bien los descansos en general no está bien?, o nos la mete “dobla”
Hola Raúl, dobladita y con forma de espiral…..OJO CON ESO.
Tú has de descansar lo que te corresponde por ley. Otra cosa es “la selva” como decimos mucho por aquí.
Hola buenas tardes, tengo una consulta, yo suelo conducir 4 horas diarias o 5 , pero echo a lo mejor 10 horas entre cargar descargar, esperar etc… Tengo derecho a hacer el descanso semanal, según mi encargado no porque dice el que no llego a un mínimo de horas, me la está metiendo doblada???
Suelo trabajar de 5 de la mañana a 14 o 15 de la tarde y los sábado de 6 a 10 u 11 (se me. Olvidó ponerlo)
Buenos días Jose Antonio, lo dicho anteriormente.
Dos descansos reducidos que no sean normales, es decir , de 45 horas no los puedes hacer. Has de alternar y además la diferencia de lo que no llegue a 45 horas de descanso y siempre siempre siempre como mínimo 24 horas (descanso mínimo reducido), esa diferencia habrás de recuperarla antes de que finalice la tercera semana siguiente.
Hola Jose Antonio, nos remitimos a lo respondido anteriormente. TE LA ESTÁ METIENDO DOBLADA Y EN FORMA DE TORNIQUETE, PARA QUE NOS ENTIENDAS.
Muchas gracias, muy amables saludos
Buenas tardes José Antonio, un placer atender vuestras consultas.
Si comienzo a trabajar el lunes a las ocho y terminó el sábado a las catorce horas, cuántas pausas de once horas tengo que hacer obligatorias tengo que hacer?
Buenas tardes Jorge, conforme nos cuentas, y suponemos que quieres saber primero el descanso semanal.
Puede ser de 2 formas, si haces el general serán 45 horas seguidas, es decir, ininterrumpidas desde las 14 horas en adelante que no podrás mover bajo ningún concepto el vehículo.
La semana tiene 7 días, y se te permite conducir 6 días. Los descansos diarios deberán ser si tomas el normal de 11 horas seguidas, pero dentro de esos 6 días se te permiten 3 días descansar 9 horas seguidas, y el resto 11 horas seguidas. O fraccionar (partir en dos) ese descanso diario normal de 11 horas, en primero descanso 3 horas, sigo conduciendo, y luego descanso 9 horas.
Mi duda principal reside en como trabajo y lo cambiantes que son mis jornadas.
Transporte de Viajeros, autonomo.
Ej. Tengo un servicio a las 21:30 y otro a las 09:00 de la mañana del día siguiente, con otro a las 19:00 de la tarde del mismo día.
A las 21:15 me pongo a conducir hasta las 00:15 cuando termino el servicio 1.
Me voy a descansar y hasta las 08:45 no arranco. Termino el 2º servicio a las 10:30. Vuelvo a descansar todo este tiempo hasta las 18:45 para hacer el 3º servicio. Termino a las 21:30 del día siguiente.
He conducido unas 6 horas y descansado un montón. Se cuenta como 1 jornada de 24h? o como?
Es que en ningún lado logro aclararme. Luego desde las 21.30, haría las 11 horas de descanso y no volvería a arrancar hasta las 08:30 del tercer día
Gracias
Buenas tardes Asen, cada día está formado por 24 horas.
Y la semana en transporte va desde las 00:00 del lunes hasta las 24:00 h del domingo. Por tanto, ahí hay 7 períodos .
Hola buenos días, gracias por la ayuda que ofrecéis
tengo una consulta acerca de la conducción de 10 horas. Y es si se puede conducir 4 días seguidos 10 horas siendo sábado domingo lunes y martes.. al cambiar la semana natural se puede hacer?
yo entiendo que no porque para mí la semana natural sirve para contabilizar las horas semanales y bisemanales y por otra parte está la semana laboral qué son los días comprendidos entre dos descansos semanales. Pero ahora mismo hay mucho debate en la red con esto y me gustaría saber la respuesta muchas gracias
Buenas tardes Felipe, en “la selva” hay mucho licenciado de esto…..buffffff
SÓLO 2 DÍAS A LA SEMANA SE PUEDEN CONDUCIR 10 HORAS. REPITO, SÓLO 2 DÍAS, Y SI PUEDEN SER CONSECUTIVOS….PERO DE 4 DÍAS NADA DE NADA.
Y en transporte y tacógrafo la semana es la semana natural, que va desde las 00:00 horas del lunes a las 24:00 horas del domingo.
Gracias por la respuesta, entonces entiendo que yo estaba equivocado y que SI SE PUEDE al teatarde de sábado, domingo, lunes y martes….. Correcto?
Disculpa pero la pregunta es muy concreta, y si al contrario de lo que yo creía, la semana LABORAL cambia a las 00,00 horas del lunes si e sposible verdad?
Muchas gracias
Buenos días otra vez Felipe, NOS REAFIRMAMOS EN NUESTRA RESPUESTA.
En tu caso trabajas 2 dias a la semana, se puede realizar jornadas de conducción de 10 h dos días a la semana, se estipula que el descanso semanal debe ser de 45h (24reducido) pero no estipula que días lo tienes guardar (en tu caso el resto de la semana ) siempre y cuando guardes descanso diario de 11 h ( 9 h si has realizado al menos un descanso de 3 h en ese mismo dia ) no infliges nada. Eso si que enrrollado el que te haya metido ese paquete de servicios. Saludos
Hola Javi, como te decimos anteriormente, 4 días conducir 10 horas NO SE PUEDE.
NO se puede conducir 10h 4 dias seguidos tenis razon. Perdon
Buenas tardes Javier, con todos los respetos, en estos temas , SIEMPRE TENEMOS RAZÓN. Son 28 años en el sector, y si estamos aquí, es para haceros el camino más fácil con vuestras consultas.
Muy buenas, tengo una pregunta , si el descanso bisemanal es 45 horas y arrancó con 42 horas ( no tengo otra opción) si me paran cuanto podría ser la sanción
Hola Juanlu, sanción será de 100 €…..que todas las semanas, llenarán el saco…y que si te paran, dolerá en el bolsillo. Art. 143.1.a) LOTT
Buenas tardes . Una predunta , que no me aclaro . Empiezo mi jornada domingo a las 19.00 limpio de horas , quiero decir con el descanso semanal echo de las 45 horas. Como la semana laboral cuenta desde 00.00 horas del lunes hasta 24.00 del domingo . Cuantos turnos puedo hacer en la semana a partir del lunes . Donde va este turno de domingo ?
Hola Albert, más de 6 días seguidos conducidos no podrás hacer.
Buenas noches, he hecho tres descansos diarios reducidos. Pero mi jefe dice que como he empezado a conducir hoy a las 08:00 debería de haber parado a las 21:00 para que desde el inicio de hoy hasta las 08:00 de mañana, tener el ciclo de descanso bien hecho, y como he parado a las 22:15, aunque haga 11 horas de descanso no me valen. Es así?
Buenas noches Jose Ramón, tú lo que has de hacer es no pasarte de las horas permitidas de conducción…. te permiten 2 días a la semana 10 horas cada día, y el resto 9 horas cada día. Teniendo en cuenta eso, descansa lo que tengas que hacer, pero siempre CUMPLIENDO CON LOS DESCANSOS DIARIOS…
si conduzco una semana 9 horas durante los 5 primeros períodos de conducción y el sexto conduce 11 horas. ¿Comete unaalguna infracción? ¿Cuál?
y si una semana 52 horas y la semana siguiente 10 horas durante los 2 primeros períodos de conducción, los dos siguientes conduce 9 horas y el quinto 4 horas; el sexto día no conduce. ¿Incumple la normativa relativa a los tiempos de conducción y descanso? ¿Qué calificación merecería la infracción o infracciones?
Buenas noches Alejandro, contestamos tus consultas.
1.- No se pueden conducir 11 horas en un día. Máximo son 10 horas y dos días a la semana, y pueden ser seguidos.
2.- por lo que dices, primera semana 52 horas y segunda semana si sumas todo lo dicho son 42 horas.TOTAL EN 2 SEMANAS = 94 HORAS. te pasaste¡¡…..NO PUEDES CONDUCIR MÁS DE 90 HORAS EN 2 SEMANAS.
3.- INFRACCIONES COMETIDAS. la 1 sería 401 euros y grave. y la 2 sería 100 euros y leve.
Tengo una duda, puedo conducir dos días seguidos 10 horas????
Buenas tardes Jose, por supuesto que puedes conducir dos días seguidos 10 horas, cumpliendo lógicamente con los descansos diarios obligatorios mínimos. En ninguna ley, especifica que sean días alternos lo que puedas conducir 10 horas.
También, podrías descansar los tres días que se te permiten 9 horas seguidas, de forma seguida. Por ejemplo, martes, miércoles y jueves, descanso cada día 9 horas.
Si no se te ha quedado claro, puedes llamarnos al móvil de la web 609.284.666
Si inicio mi semana laboral el sábado a 08.00, ¿puedo hacer 10 horas de conducción el sábado, 10 horas el domingo, 10 el lunes y 10 el martes ?.
Espero su respuesta, gracias de antemano.
Hola Juan, la semana en transporte va desde las 00:00h del lunes hasta las 24:00h del domingo. Por tanto, te desviarías de eso. MUCHO CUIDADO CON ESO.
Hola y muchas gracias por la gran información que aportáis a nosotros los conductores.
Tengo una duda con las pausas obligatorias, tengo entendido que cada 4 horas y media de conducción se ha de hacer una pausa de 45 minutos o partida 15 + 30.
Pero según me comentan algunos conductores que antes de las 6 horas tienes que hacer una pausa de 30 minutos según me dicen entre conducción otros trabajos y disponibilidad no puedes tener más de 6 horas sin haber hecho una pausa.
Es decir que teniendo 2 horas de conducción y 4 horas y media en otros trabajos serían 6 horas y media sin haber realizado ninguna pausa, ello conllevaría una sanción.
Es cierta esa normativa o es otra leyenda urbana.
De ser cierto en qué artículo está descrito.
Buenas noches Cosme, Gracias por tus palabras. La razón de ser de esta web, es poder ayudaros en vuestras consultas de una forma amena, fácil y sobre todo que se entienda, ya que la norma legal hace que todo sea más complicado.
Empiezo tu consulta por el final, efectivamente LEYENDA URBANA BRUTAL, pues en este sector hay “mucho licenciado” como decís en vuestro argot. Yo lo he ido descubriendo en el cuarto de siglo que llevo con ésto, como conductor, jefe de tráfico y gerente de empresa de transportes tanto de mercancías como viajeros.
Art. 7 Reglamento (CE) 561/2006, del 11 marzo, sobre tiempos de conducción y descanso.
Tras un período de conducción de cuatro horas y media, el conductor hará una pausa ininterrumpida de al menos 45 minutos, a menos que tome un período de descanso.
Podrá sustituirse dicha pausa por una pausa de al menos 15 minutos seguida de una pausa de al menos 30 minutos, intercaladas en el período de conducción, de forma que se respeten las disposiciones del párrafo primero.
ESO ES LO QUE HAY COSME.
Gracias por su pronta respuesta
No sé si estará prohibido por las normas pero he subido una imagen a un servidor de una foto tomada del libro del cap donde expresa la confusión.
Tal vez la confusión detener que hacer la pausa antes de cumplir las 6 horas entre conducción y otros trabajos sin que hayas llegado necesariamente a las 4 horas y media de conducción venga refiriéndose al tiempo de trabajo efectivo el cual pone el libro del cap que el trabajo efectivo de los conductores profesionales sera de un máximo de 12 horas en una jornada de 24 horas.
12 horas como máximo sumando tiempos de conducción ( conducción 9 o 10 horas) + tiempos de otros trabajos y tiempos de disponibilidad ya que estás a disposición de tu empleador en total no pasar de 12 horas.
Y que si superas las 6 horas según dice deberías tomar una pausa de 30 minutos.
Esa pausa de 30 minutos no lo había escuchado yo nunca referente al tacógrafo y de hecho he estado más de 6 horas sin haber hecho una pausa con solo 3 horas de conducción y nunca me ha salido ningún aviso en el tacógrafo y es de los modernos.
Dejo el enlace de la imagen para que se pueda leer entender corregir o dar como erróneo.
https://ibb.co/7nRktGx
También dice que si la jornada excede de 9 horas se tomará una pausa de 45 minutos creo que estos párrafos son los que llevan a la confusión ya que pienso que no se refieren al uso del tacógrafo sino a la normativa laboral con sanciones ajenas al uso del tacógrafo, sanciones que recaerán sobre el empleador.
A ver si pueden ustedes explicar un poco a qué se refiere estos párrafos.
0 tal vez estén desactualizados.
Muchas gracias por su tiempo
Buenas noches Cosme, llámanos al 609.284.666 y te solucionamos el problema y la controversia que tienes. Hay cosas que no nos cuadran en tus explicaciones.
Porque en una jornada de 24 horas he realizado dos descansos de mas de 9 horas y el tacografo me ha contado dos jornadas de trabajo en vez de marcarme un descanso de 11 horas en esa misma jornada dentro de las 24 horas-
Hola Angel, sí, porque o haces al menos 11 horas o haces al menos 9 horas (pero sólo 3 días a la semana)…si no, lo haces así, te marca 2 períodos de trabajo.
Buenas mi pregunta es si trabajo una semana 6 días y ago el descanso reducido de 24 Horas la siguiente semana tengo que trabajar 5 o puedo trabajar 6 y ya hacer el descanso de 45 a continuación. Como por ejemplo trabajo de lunes a sábado y ago el descanso de 24 el domingo y a la semana siguiente arranco el lunes a las 3 de la mañana y trabajo asta el sábado van otros 6 días y el descanso de 45 lo ago el domingo y lunes eso de trabajar 6 días dos semanas se puede hacer?
Hola Dani, ésto es más fácil de lo que parece.
NUNCA JAMÁS, puedes hacer 2 descansos semanales reducidos.
Descanso semanal normal es mínimo 45 horas. Todo lo que bajes en horas de ahí se considera reducido y como mínimo mínimo mínimo puedes llegar al descanso semanal de 24 horas.
Por qué conducimos 10 h cada uno descansamos 9 cada 30 h todos los días asta hacer las 24 h de descanso o 45 y nos pararon la policía y no nos multó por eso esto lo estamos haciendo bien?
Hola Manuel, SÓLO SE PUEDE CONDUCIR 10 HORAS, 2 DÍAS A LA SEMANA. Resto de días 9 horas como máximo.
Y 7 días seguidos, no se pueden conducir.
Hola mi pregunta es voy doble y conducimos 10h cada uno y descansamos 9 consecutivas los 6 días de la semana es legal esto al no pasar de las 30 h
Hola Manuel, SÓLO SE PUEDE CONDUCIR 10 HORAS, 2 DÍAS A LA SEMANA. Resto de días 9 horas como máximo.
Y 7 días seguidos, no se pueden conducir.
Buenos días vamos conduciendo ha doble conductor y al compañero se le estropea la tarjeta del tacografo
Como hacemos para los cambios con una tarjeta solo?
Gracias
Buenas tardes Vicente, es fácil. TÚ sigue utilizando tu tarjeta normal como antes…..y tú compañero, cuando vaya a conducir, que saque al inicio de cada conducción y al final de cada conducción el papel impreso del propio tacógrafo digital, y EN LA PARTE TRASERA QUE CUMPLIMENTE LO SIGUIENTE: nombre y apellidos, fecha, km iniciales, km finales, dni y que lo firme.
Y recuerda que cuando conduce el que tiene la tarjeta estropeada, tú deberás introducir tu tarjeta del tacógrafo digital en la parte de la derecha.
Buenas . Después de un descanso semanal de 45 horas empiezo el pasado domingo dia 24 de Mayo la semana de trabajo . Mi pregunta es cuando debo como maximo acabar esta semana de trabajo I cuántas jornadas laborables como maximo tengo durante una semana después de un descanso de 45 horas
Buenas tardes Artur, te contestamos de forma clara y concisa a lo que nos consultas.
Después de hacer un descanso semanal normal de 45 horas, el siguiente descanso semanal , lo puedes reducir hasta como mínimo 24 horas o lo que quieras pero NUNCA sin bajar de esas 24 horas. Eso por el lado, de los descansos….
Por el lado de las conducciones, la ley te permite 2 días a la semana conducir 10 horas seguidas, y el resto máximo 9 horas, ni un minuto más. Y si la semana son 7 días, como máximo conducir 6 días.
Hola yo hice un descanso reducido semanal el viernes y empiezo ha trabajar el sábado a las 08:00 h trabajo hasta el miércoles a las 10:00 h.paro 24 horas puedo trabajar hasta el sábado alas 08:00 h.y después hacer un descanso de 45 horas
Gracias
Hola Vicente, dos descansos semanales reducidos , NO SE PUEDEN HACER.
Hay que alternarlos, y las horas que haces de descanso reducido hasta llegar al descanso semanal normal de 45 horas, has de recuperarlas, antes de que finalicen la tercera semana siguiente.
EJEMPLO: si primera semana haces 24 horas (45-24 = 21 horas). Esas 21 horas, has de recuperarlas antes de que finalice la tercera semana siguiente y la segunda semana, deberás hacer si o si o si, 45 horas mínimo.
Si vamos 2 conductores en un viaje de origen a final y uno conduce hasta agotar sus horas de conducción y sus pausas reglamentarias y luego se cambia al otro conductor respetando conducción y pausas. ¡Hablamos de solo poner la tarjeta del que conduce! ¿Se puede hacer? ¿El primer conductor está en descanso diario desde que saca su tarjeta? ¿Y el segundo de descanso diario hasta que la pone?
Hola Ramón, fácil y rápida respuesta , y debes de seguirla a raja tabla, porque si no , los guardias te lo dirán bien bien.
CUANDO HAY DOBLE CONDUCTOR, AMBOS CONDUCTORES LAS TARJETAS METIDAS, Y EL QUE NO VA CONDUCIENDO , AUTOMÁTICAMENTE EL TACÓGRAFO DIGITAL , LE MARCARÁ DISPONIBILIDAD. ojo¡¡, que no pausa o descanso.
ÚNICAMENTE CON EL VEHÍCULO PARADO, AMBOS CONDUCTORES ESTARÁN EN DESCANSO.
Hola buenas yo empiezo por la mañana a las 8:00 despues tengo 4/5 repartos el tacografo se pone modo otros trabajos. La pregunta es. Este tiempo que el tacografo se pone en modo otros trabajos cuenta dentro de mi tiempo de conduccion o se queda pausado el tiempo? por ejemplo si estoy parado 1 hora de todo mi reparto y e conducido 2, me siguen quedando 2’30horas? O tambien cuentan como si estuviese conduciendo?
Buenas tardes Adolfo, otros trabajos, no es ni conducción ni descanso. CUIDADO CON ESO.
El problema aquí, es que se aplica la misma norma para cualquier tipo de transporte, y cada transporte, es bien diferente. Te explicamos la norma para que la tengas en cuenta, lo realmente que debes saber.
Reglamento (CE) 561/2006, DEL 11 MARZO, SOBRE TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO.
ART.7
1. tras conducir de forma ininterrumpida 4 horas y 30 minutos, el conductor deberá hacer una pausa de al menos 45 minutos.
2. Dentro de las 4 horas y 30 minutos, se deberá hacer una pausa de al menos 15 minutos, seguida de otra de al menos 30 minutos (en ese orden siempre).
Pausa: tiempo que no supera 1 hora.
descanso: el conductor dispone libremente de su tiempo (por lo que debe superar 1 hora)
Ejemplo sencillo del día a día para ver la diferencia entre lo que es pausa y lo que es descanso. CUANDO LLEGAS A MEDIODIA A CASA, SI TE DAS UNA PEQUEÑA CABEZADITA EN EL SOFÁ DE UNOS MINUTOS (pausa), PERO SI EN CAMBIO, TE PONES EL PIJAMA Y TE VAS A TU HABITACIÓN (descanso).
Hola muy buena. Mi pregunta es, si ago un fin de semana 40 hora de descanso semanal. Y empiezo el lunes la jornada, pero el martes. Ago 15 hora de descanso diario me sirve para recuperar los 5 que me falta del fin de semana?. Y otra pregunta es. Si ago un fin de semana 56 hora y la otra fin de semana ago 24 hora. De los 56 que me a sobrado puedo usar para completar a los 24 que me falta. No se si me e explicado bien. Pero te agradecería una respuesta gracias…
Buenas tardes Arnaldo, te respondemos claramente.
1.- para recuperar las horas de los descansos semanales has de hacerlo en fin de semana.
2.- Descanso semanal normal son 45 horas, y descanso semanal mínimo son 24 horas. Nunca puedes hacer dos descansos semanales reducidos consecutivos. NUNCA JAMÁS. Luego lo hecho de más no cuenta para ponerlo en lo hecho de menos…
Buenas si arranco lunes a las 22:00 despues de hacer 45 horas de descanso semanal y conduzco 3 horas y hago 24 horas de pausa el martes, cuando sería mi 6 y ultimo dia laborable de la semana? El Domingo a las 22:00 o la pausa de 24 horas me da un dia mas?
Hola Juan, para tu consulta hay que saber muy bien lo que es SEMANA en transporte, y es el período de tiempo que va desde las 00:00 horas del lunes hasta las 24:00 horas del domingo.
Hola les hablo desde COLOMBIA quiero saber si esta norma solo aplica para la unión europea o que alcance tiene?
Hola Jose, esta norma legal es EUROPEA.
Buenas tardes. Mi duda es:entiendo que la semana de trabajo empieza el lune y termina el domingo,hasta aqui bien. Vamos a poner que yo empiezo mi semana de trabajo el jueves a las 8:00am,despues de estar 50-60 horas parado.tengo que parar el fin de semana para descanso semanal o el miercoles de la semana que viene?al final de cuentas que tenemos que tener en cuenta, las 6 hornadas de la tarjeta(disco), o los dias de la semana?,porque muchas veces empezamos la semana de trabajo en mediao de la semana.y ultima si yo arranco un martes a las 8:00,y a los 3 dias de trabajo hago 24h de descanso por motivos ajenos mio(no ay carga etc.),como sigo haciendo cuentas.Gracias
Ps:mi forma de trabajo es empiezo a trabajar,a los 6 dias hago 24h descanso,sigo otras 6 dias y hago 45h descanso,con descansos diarios siempre de 11h+4-5horas mas. Cuando empiezo a trabajar si a los 3 dias hago 24 sigo 6 dias mas,luego 24 y sigo 3 dias mas y ya 45h,no me paso de las 12 hornadas
Buenas noches Catalin, contestamos de forma rápida y ágil.
SEMANA EN TRANSPORTE = período que abarca desde las 00:00 horas del lunes a las 24:00 horas del domingo.
1.- has de tener en cuenta los días de la semana, de lunes a domingo.
2.- otra cosa importante a tener en cuenta, es que , NUNCA PUEDES HACER DOS DESCANSOS SEMANALES REDUCIDOS CONSECUTIVOS.
De acuerdo,y como lo hago cuando yo empiezo mi semana de trabajo un miercoles,por exemplo.Cuando me toca el descanso semanal? Del domingo a lunes,que se termina la semana del transporte? O el martes el sexto dia,o sexta hornada?
Hola Catalin, acabas final de la semana. Y luego comienza otra semana nueva.
Buenas tardes.
cuando acabo la jornada saco el disco y pongo uno en blanco todos los días. Es correcto o debo dejarlo hasta acabar el descanso diario? Me pueden denunciar por sacarlo? Que es lo correcto?
Un saludo
Buenas tardes Jorge, llevamos 26 años en esto y una de las cosas en las que observé gran disparidad de criterios de lo que hacían con este tema los conductores fue este motivo.
LO QUE HAY QUÉ HACER ES QUITAR EL DISCO CUANDO ACABAS DE CONDUCIR, PONER LOS KILÓMETROS FINALES, Y HACER LA RESTA (ese detalle se olvida mucho, y es sancionable) 1.501 euros. OJO¡¡
Y LUEGO , PONER UNO SIN RAYAR..lo que hay que tener en cuenta es que el disco de ayer coincidirá en kilómetros con el disco que pondrás hoy. Y eso es lo que mirarán los guardias. COINCIDENCIA DE KILÓMETROS DEL DÍA DE AYER CON EL DE HOY.
Y si no se hace la resta, para quien es la sanción, para la empresa o para el conductor en caso de que transportes terrestres te haga una inspección mensual,gracias.
Hola Rafael, todo lo relacionado con el tacógrafo es sanción para la empresa. SOLO RESPONSABLE EL CONDUCTOR SI ATENTA CONTRA LA SEGURIDAD VIAL, es decir, si va bebido, drogado, salta semáforo en rojo, habla con móvil…etc…
Cuantos dias en una semana puedo hacerle un descanso de 9 horas? Gracias
Hola Patricia, tres días a la semana te permiten hacer el descanso mínimo reducido de 9 horas. Y pueden ser consecutivos, es decir, seguidos, porque hay mucha leyenda urbana de que no pueden serlo y si lo pueden ser. Al igual que conducir dos días seguidos lo máximo que son 10 horas.
Buenas tardes, ¿Me puede informar de las excepciones temporales del cumplimiento de las normas de conducción y descanso que se han publicado por el Estado de Alarma? Entiendo que se pueden conducir más de nueve horas diarias y que no hace falta hacer el descanso semanal. ¿el tiempo de disponibilidad diario sigue siendo el mismo, 15H?
Gracias
Hola Fer, esto es fácil de explicar, pero has de cumplirlo a raja tabla, repito a raja tabla, porque deberás justificarlo ante cualquier control de la autoridad pertinente que te pare, además que ha de estar MUY JUSTIFICADO que mercancía llevas, de dónde la has recogido y a dónde la vas a depositar. MUY PERO QUE MUY CONTROLADO.
POR TANTO, TODO LO RELACIONADO CON EL COVID-19, PODRAS ESTAR EXENTO DE CUMPLIR CON EL REGLAMENTO 561/2006 DEL 11 MARZO, DE TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO.
Insistimos, tu transporte ha de estar relacionado con suministrar mercancía que se espera CON URGENCIA PARA PODER SER UTILIZADA Y PODER LUCHAR CONTRA EL CORONAVIRUS.
Por ejemplo, el transporte de cajas de cartón para alimentos, sería de primera necesidad, mi pregunta es si estaría justificado, no cumplir el reglamento, si no hay cajas no hay fruta, es esencial, pregunto
Hola Rafael, ahora mismo, esas cajas no son esenciales.
Buenos días. La empresa me ha obligado a hacer dos descansos reducidos seguidos. La primera semana 37 h y la segunda 40. Se puede recuperar en la tercera semana o ya no. Muchas Gracias y un saludo
Hola Miguel Angel, NUNCA SE PUEDE HACER DOS DESCANSOS SEMANALES REDUCIDOS SEGUIDOS. NUNCA JAMÁS. SANCION
Hola mi pregunta es lo siguiente yo empiezo ha las 7:45 am y termino ha las 19:30 pm y el descanso de 45 minutos lo hago correctamente y la pregunta es también que yo trabajo más con el camión pluma en camión parado y el tacógrafo lo pongo en descanso en cama y si eso cuando yo empiezo cuando yo termine si cuenta como una conducción
Buenas tardes Francisco, el tacógrafo se ha de usar y colocar el selector de actividad según lo que realmente se está haciendo. Eso dice la norma legal suya. Aunque una cosa que hacemos en la selva, es que cuando cargamos o descargamos el camión, no lo cargan o descargan, ponemos el tacógrafo en cama descanso y no en otros trabajos ó disponibilidad que es lo que se debería hacer realmente.
Mientras no te pases de horas de conducción al día o no descanses menos horas de las que tocan.
Hola, una consulta, durante la semana ya he realizado dos descansos de 9 h, y tengo que hacer descanso de 11 h. ¿El descanso de 11 horas, lo puedo partir en 9 horas + 3 horas, o tiene que hacerse 3 h. + 9 h.?. Gracias.Un saludo
Hola Truski, son 3 descansos de 9 horas diarias , y no sólo 2 como dices.
La ley te permite 3 dias reducir el descanso diario al minimo de 9 horas y pueden ser dias consecutivos siempre que cumplas con la ley.
El descanso fraccionado del que hablas SIEMPRE SE DEBERÁ HACER PRIMERO 3 HORAS Y LUEGO 9 HORAS, EN ESE ORDEN, SIEMPRE.
BUENOS DIAS UN CONDUCTO QUE DE LUNES A VIERNES CONDUCE 4 HORAS DIARIES EN OUT HACIENDO RUTAS DE ESCOLARES DE MENOS DE 5O KM PUEDE HACER DISCRECIONAL EL SABADO Y EL DOMINGO?
Hola, TODOS LOS DIAS EN LA MISMA SEMANA NO SE PUEDEN CONDUCIR.
Hola pregunto se he empezado a conducir el martes a las 00:30 hago mis tiempos correctos de descanso y de conducción y he terminado de conducir el sábado a las 11.00 de la mañana ? No si se puedo empezar a conducir el lunes 00:30 y gracias
Hola Zaki, desde el sábado a las 11:00 si corres hacia delante 45 horas que es el descanso semanal normal , llegarías hasta las 8:00 del lunes sin conducir.
UNA PREGUNTA DESPUES DE SEIS DÍAS DE CONDUCCION EN OUT(transporte escolar menos de 50 km) ES OBLIGATORIO HACER DESCANSO SEMANAL DE 45 HORAS, PORQUE ME DICEN QUE LA CONDUCCION EN OUT AL SER FUERA DE ÁMBITO NO ESTA REGULADO POR TACOGRAFO Y SE CONSIDERA OTROS TRABAJOS, ES CIERTO
GRACIAS
Buenos días, el tacógrafo sólo se usará en transporte interurbano. El descanso de 45 horas es obligatorio. El transporte OUT NO SE CONSIDERA DESCANSO
Hola a todos. Tengo una duda. Yo no trabajo conduciendo todos los días. Conduzco por ejemplo el lunes y el martes, pero a lo mejor el miércoles no conduzco y el jueves vuelvo a conducir. Mi pregunta es la siguiente: los días que no conduzco tengo que tener el disco puesto y cerrarlo a las 24H. Sin haber conducido nada. Yo nunca lo hago. Siempre coloco un disco vacío sin rellenar. Esta bien así. Gracias
Hola Maxi, lo ideal es poner un disco vacío. LO MÁS IMPORTANTE ES QUE HABRÁ CORRELACIÓN DE KILÓMETROS del día anterior y posterior. ESO ES LO QUE VAN A MIRAR LOS GUARDIAS.
Buenas tardes
Se pueden hacer 2 descansos diarios de 9 horas seguidos??, en días consecutivos, quiero decir
Hola Mario, por supuesto que puedes hacer eso.
También se pueden conducir dos días seguidos lo máximo que son 10 horas diarias…
Hola buenos días si yo hago un reducido de 43 en el fin de semana y a la siguiente semana a un reducido entre semana de 9 y recupero las dos que le debo al siguiente fin de semana podría volver a hacer otro reducido
Buenas tardes, David
Dos descansos reducidos semanales consecutivos NO SE PUEDEN REALIZAR. TOTALMENTE PROHIBIDO
Buenas!
Una duda que tengo es si con el tacografo en martillos ¿ se puede cambiar a descanso sin mover el camión? ¿Y luego se puede volver a poner en martillos? Todo esto sin mover el camión.
Hola Javi, sí se puede al ralentí. Se puede cambiar utilizando el selector de actividades y siempre con el vehículo parado al ralentí.
Hola tengo una duda estoy haciendo una ruta a Madrid i esta semana me toca hacer 6 jornadas de lunes a domingo i dentro de estas 6 jornadas suege una cosa que le sumo un disco de dos horas i un descanso de 9 horas más en total sale 6 jornadas normales más un disco de dos horas de conducir saliendo como 7 jornadas i mi jefe me dice que no es nada mi duda es anque sea una cosa de dos horas se considera una jornada más no?
Buenos días Ion, la semana tiene 7 días, y en transporte, una semana es el período de tiempo que va desde las 00:00 h del lunes hasta las 24:00 h del domingo.
NO SE PUEDEN CONDUCIR LOS 7 DÍAS DE LA SEMANA, MÁXIMO 6 DÍAS. SEGÚN el reglamento (CE) 561/2006, DEL 11 MARZO sobre tiempos de conducción y descanso.
Hola buenos días, en mitad de semana paro 30 horas por que la faena esta floja, luego hago 45 horas, todo en el transcurso de la misma semana.
¿me cuenta como un reducido o tengo que recuperar.?
Buenas tardes Javier, por lo que estamos leyendo de tu consulta dices que haces 45 horas , por tanto es normal el descanso semanal. Luego no has de recuperar absolutamente nada.
Buenos días una pregunta:el viernes cogí el camión a las 7.30am y lo deje a las 11.45 am quite la tarjeta y todo porque me tocaba descansar, en lo que estoy de camino pa casa me llaman que tengo que volver a coger el camión, tiene alguna sanción si vuelvo a meter la tarjeta?
Hola Carlos, si cuando quitaste la tarjeta, estaba situada en descanso (pictograma, dibujito en la camita) pues no.
Un pregunta
Buenas tardes, díganos usted
Hola buenas tardes
Buenas tardes, díganos usted
Hola tengo queir de logroño a italia ,puedo hacerlo en dos jornadas consecutivas de 10 horas y si es así los sábados y domingos se puede circular por España,Francia e Italia,transporto mercancia propia de la empresa y estoy exento del CAP,gracias
Buenas tardes Dani, puedes conducir dos días seguidos lo máximo que son 10 horas al día. NO PROBLEMA.
Pero hay algo que no nos cuadra en tu comentario, que estás EXENTO DE CAP (certificado de aptitud profesional del conductor) porque llevas mercancías propias……..CUIDADO¡¡ ESO NO ES ASÍ, EL CAP va con el vehículo, y si supera los 3.500 kg de mma, es obligado tenerlo .
Buenas noches voy a exponer mi caso ya que tengo duda si esta bien echo por parte de la empresa.
Empiezo la semana un lunes 09:00 a.m hasta el Domingo a la 06:oo a.m utilizo la tarjeta todos los dias.
Son 7 dias trabajando sin parar quizas por el tema del tacografo esta bien pero por jornada laboral no lo se creo que son un maximo de 6 por convenio general si alguien me pudede sacar de dudas se lo agradaceria.Gracias
Buenas tardes Robert,
Por tema tacógrafo NO ES CORRECTO. NO PUEDES CONDUCIR LOS 7 DIAS DE LA SEMANA.
Por tema convenio colectivo, no conocemos en cuál estás por lo que no podemos decir, pero como la ley de tiempos de conducción y fomento manda sobre tu actividad, no puedes conducir más de 6 días seguidos.
buenos dias .una pregunta si la semana pasada me tocaba un reducido de 24 horas y la empresa me llamo el mismo dia que me tocaba trabajar y me dijo que no trabajabamos hasta el proximo dia porque no habia carga.mi pregunta es si en esta semana me toca el descanso normal y me cuenta la anterior como reducido aunque estuve pendiente de ttrabajar .muchas gracias por su atencion.
Hola Pedro, si. Dos descansos semanales reducidos consecutivos no se pueden hacer. PROHIBIDOS POR LEY. Y el descanso semanal reducido has de recuperarlo antes de que termine la tercera semana seguida.
Buenos dias, en el disco diagrama de un tacografo analógico no seria mas normal primero poner Los kms iniciales y luego los finales, o es al reves? Se puede hacer de ambas formas? Gracias por anticipado por contestar, un saludo
Y otra pregunta para que la pausa me cuente como pausa he de conducir un tiempo minimo, tengo entendido que es hora y media
Esas son mis preguntas gracias
Hola Elias, contestamos a tus dos consultas:
1.- siempre siguiendo un orden…. por tanto, primero km iniciales, porque los finales hasta que no acabes no los sabes….y el disco se rellena al inicio de la jornada y luego al final se cumplimenta lo que quede, entre eso, los km finales.
2.- TIPICA LEYENDA URBANA…… en el articulo 7 del reglamento 561/2006 del 11 marzo sobre tiempos de conducción dice textualmente ese articulo 7:
1. tras un periodo de conducción de 4 horas y media, el conductor hará una pausa de al menos 45 minutos, a no ser, que se tome un descanso.
2. ó, dentro de esas 4 horas y media, el conductor hará una pausa de al menos 15 minutos, seguida de otra de al menos 30 minutos.
CONCLUSIÓN: PARA NADA SE HA NOMBRADO QUE SE TOME UNA PAUSA , UNA VEZ SE HAYA CONDUCIDO 1 HORA Y MEIDA…….ES UNA GRAN LEYENDA URBANA…… BUFFFFF
Hola, muy buenas. Quería preguntar si para realizar la primera pausa (15 minutos) ahi que realizar un periodo de conducción previo, me explico, en la empresa nos hacen mover el autobus 10 o 20 segundos, y nos exigen realizar la primera pausa en ese momento, asín en el trascurso del turno solo nos quedaría por hacer 30 minutos. ¿Vacío legal?. Muchisimas gracias
Buenos días Alejandro, tal y como hemos expuesto en varias consultas al respecto. Te contestamos igual.
TIPICA LEYENDA URBANA…… en el articulo 7 del reglamento 561/2006 del 11 marzo sobre tiempos de conducción dice textualmente ese articulo 7:
1. tras un periodo de conducción de 4 horas y media, el conductor hará una pausa de al menos 45 minutos, a no ser, que se tome un descanso.
2. ó, dentro de esas 4 horas y media, el conductor hará una pausa de al menos 15 minutos, seguida de otra de al menos 30 minutos.
CONCLUSIÓN: PARA NADA SE HA NOMBRADO QUE SE TOME UNA PAUSA , UNA VEZ SE HAYA CONDUCIDO 1 HORA Y MEDIA…….ES UNA GRAN LEYENDA URBANA
Buenos días
Mi pregunta es:
Si tengo 90 horas de la bisemanal y paro el viernes alas17 horas ¿puedo el domingo circular despues de a ver hecho 45 horas descanso?
Gracias y saludos
Buenos días Oscar, sí podrás hacerlo, pero siempre, comenzar a conducir en ese caso, a partir de las 20:00 horas del domingo.
Hola , es la primera vez que voi a trabajar con dos conductores en el camión, me podríais explicar como se utilizaría en este caso el tacografo digital
Buenos días Ramón, los tiempos de conducción y descanso se aplica igual para todos ellos, perooooo….lo más importante a conocer, es que el chófer que no conduce, debe estar en DISPONIBILIDAD y sentado en asiento copiloto con cinturón puesto.
ÚNICAMENTE SE TOMA DESCANSO, CON EL VEHÍCULO PARADO.
TIEMPOS DE DISPONIBILIDAD SEGÚN ÚLTIMA LEY APROBADA.
– los períodos distintos de los períodos de pausa o descanso durante los que el trabajador móvil no está obligado a permanecer en su lugar de trabajo, pero tiene que estar disponible para responder a posibles instrucciones que le ordenen emprender o reanudar la conducción ó realizar otros trabajos. En particular, se considera tiempo de disponibilidad los períodos durante los que el trabajador móvil acompaña un vehículo transportado en transbordador o en tren y los períodos de espera en las fronteras o los causados por las prohibiciones de circular.
– el trabajador móvil deberá conocer de antemano estos períodos y su previsible duración, es decir, antes de la salida o justo antes del inicio efectivo del período de que se trate o bien en las condiciones generales negociadas entre los interlocutores sociales y/o en la legislación de los Estados miembros (Europa).
– para los trabajadores móviles que conducen en equipo, el tiempo transcurrido durante la circulación del vehículo sentado junto al conductor.
Buenas tardes, ¿Hay alguna novedad sobre esto?
Última hora: La Comisión Europea está trabajando en modificar algunos artículos de los reglamentos 561/2006 y 165/2014 que se harán efectivos en un futuro próximo.
Buenos días Toni, por ahora nada. No tardará , está en el horno.
Hola…tenemos alguna idea de a lo que puede afectar?
Hola Toni , a disponibilidad y a algo más. Pero hasta que no se apruebe la ley, nuestro despacho no se pronuncia al respecto, porque mientras que no sea ley, no es nada.
Buenas noches,
La semana que viene voy a Berlín a recoger un camión y salgo el miércoles de vuelta.
No tengo tarjeta de tacografo ya que los camiones que tengo en mi empresa están homologados como caravanas camerinos, no transportan y están exentos de tacografo.El camión que traigo tiene tacografo pero mi asesor me dice que no necesito de ponerle tarjeta ya que el camión vendrá completamente vacío menos mi maleta. Que siendo así Cumpliendo mis horarios de condición y con la factura de compra del camión no tendré problema. Es así ?
Segunda pregunta.
Tengo que llegar a la Itv de Valdepeñas ( vivo de Málaga )hay unos 2500km como muy tarde el sábado por la mañana
Si es así que tengo que cumplir los horarios aunque vaya sin tarjeta digital podría hacer dos días seguidos de 10 horas de condición y los restantes de 9 ?
Muchas gracias.
Buenas tardes Domi. Te contesto a tus consultas:
1.- si necesitas tarjeta de tacógrafo, si o si. OJO SI TE PARAN LOS GUARDIAS.
2.- 2 DÍAS Seguidos puedes conducir 10 horas y el resto de 9 horas.
Buenas, una pregunta, es obligatorio hacer una pausa de 45 min cada 6 horas, aunque no hayas echo las 4 h 30 min de conducción, Gracias
Hola Javier Fernández, el reglamento 561/2006, del 11 marzo, sobre tiempos de conducción y descanso, dice en su artículo 7, textualmente.
1. tras un período de conducción de 4 horas y media el conductor deberá hacer una pausa de al menos 45 minutos, a no ser que tome un período de descanso.
(descanso es cuando conductor dispone libremente de su tiempo y que el período supera 1 hora, todo lo demás son pausas, lo que no llegue a más de 1 hora)
2. Dentro de esas 4 horas y media, el conductor deberá hacer una pausa de al menos 15 minutos seguida de otra de al menos 30 minutos.
( y SIEMPRE en ese orden. HAsta el 11 abril del 2007 se te permitía hacer las pausas en tres formas:
15/15/15 , 30 /15 ó 15/30. ACTUALMENTE SÓLO 15/30
Es la misma normativa de descanso para canarias que para la peninsula?? Y los tiempo de conducion???
Hola, por supuesto que es la misma norma a aplicar.
Buenas noches yo llevo un camión con grúa entro a trabajar 8.00 voy hacia 1. O hora de camino llego 9.00 me pongo a cargar mi camión pero tengo k moverlo varias veces en 1.20 h estoy cargado vuelvo ala empresa 1.00 h de camino descargo y salgo a tocebolla 0.30h de viaje cargo en 0.25 h y luego vuelvo 0.30h descargo y salgo hacer el siguiente 0.50h me pongo a cargar y tardo en cargar 1.10h y muevo el camión 3 veces salgo y voy hacia la empresa 0.55 h comida 0.35 h luego descargo y conduzco 1.20 cargo en 0.35 h salgo hacia la empresa 1.25h descargo y eterminado mi jornada kisiera k me espricara como hacerlo para k no me denuncie mi hora de terminar de hacer todo eso es 19.45 más o menos
Buenas Fran, tal y como planteas el problema, lo mejor es que llames al 609.284.666 y te atenderemos gustosamente y lo solucionamos rápido.
Cuando puedo volver a hacer descanso de 9 horas si ya gaste los 3 de la semana gracias
Hola Javito, hasta la semana que viene ya no se pueden realizar otra vez los 3 días de 9 horas de descanso diario mínimo reducido.
Entiendo que la normativa se aplica para cuando se trabajan 6 dias a la semana.
Un chófer que trabaja 5 dias a la semana, cuántos descansos de 9 horas puede hacer a la semana? Cuántos de 11 horas como mínimo tiene obligación de cumplir a la semana? Son cuatro noches sólo las que pasa fuera. gracias.
Hola Pedro, se pueden descansar tres días a la semana 9 horas (descanso reducido mínimo), el resto de días deben ser 11 horas (descanso diario normal).
Pero luego se han de recuperar? Esos reducidos?
Hola David, los descansos diarios reducidos, no se han de recuperar.
Sólo se recuperan los descansos semanales reducidos y siempre se recuperan antes de qué finalice la tercera semana siguiente.
Buenas, conduzco dos horas y paro a descargar pero olvido el tacografo en modo descanso, despues sigo conduciendo las 4h30 y hago la pausa de 45 mnt y quiero seguir conduciendo la pregunta es puedo recuperar las dos horas y media que me quedaron por conducir con la hora final o no?
Hola, lo dicho anteriormente.
Buenos días , tengo una duda sobre el tacografo, si un día al iniciar la jornada voy haciendo paradas sucesivas de 5 minutos para descargas y pongo como actividad otros trabajos ese tiempo me cuenta como conducción siendo los 5 minutos anteriores conducción y los 5 siguientes a la parada también conducción. Con ese sistema trabajo unas 6 horas seguidas pero en el tacografo no llego a las 4 horas y media de conducción efectiva.
Un saludo
Hola Jesús, otros trabajos son otros trabajos , NUNCA CONDUCCIÓN.
OTROS TRABAJOS, es cuando el conductor se mancha las manos, es decir, carga y descarga el propio conductor, cambia una rueda, mira niveles aceite,…, etc.
Buenos días;
Mi pregunta es la siguiente:
En una ruta con doble conductor, ¿el descanso diario del segundo conductor lo tiene que realizar con el vehículo parado o se puede realizar con el vehículo en marcha, mientras conduce el compañero…?
Gracias
Hola Jose, únicamente el descanso con el vehículo parado.
Buenos dias , felices fiestas . Que puede explicarme el dia 6 de enero 2020 en transporte de mercancia pot carretera me piden que salga a trabajar . Mi pregunta es me puedo negar a hacerlo ?
Hola Artur, lo primero que debes saber es en qué convenio laboral está tu contrato de trabajo con el de la empresa. Ahí podrás ver si puedes trabajar festivos, y todo lo demás.
Cualquier duda al respecto llámanos al 609284666
Hola buenos días vamos 2 conductores si hacemos un descanso reducido de 7 horas de cuanto seria la denuncia graciad
Hola Ana, la sanción serían 1.001 euros
Tampoco se le podría llamar a 7 horas un descanso reducido.
Hola , descanso diario reducido HA DE SER MÍNIMO 9 HORAS.
Na condução a dois motoristas quantas vezes podemos fazer 10 horas de condução por semana?
Buenos días Paulo, se pueden conducir como máximo a la semana dos días y cada uno de esos días 10 horas. NUNCA MÁS HORAS DE CONDUCCIÓN.
Mi pregunta es la siguiente,se puede hacer el descanso semanal en la 3ra jornada,osea si empiezo un lunes,descansar el desde el miércoles 45h y empezar siguiente semana un viernes?gracias
Hola Jesús, descanso semanal lo dice su nombre, al final de la semana siempre.
Hola soi Octavio , si el fin de semana e echo un descanso de 40h y la e recuperabo el segundo día con un descanso de 20h el fin de semana siguiente se puede aser un descanso reducido de 36 h? Gracias
Hola Griogore, los descansos semanales reducidos has de recuperarlos con otros descansos semanales.
No entiendo. No se puede recuperar con cualquier descanso de más de 9 horas? Con la condición de que sea antes de terminar la tercera semana, claro.
ok
Dos preguntas más abajo, a Francisk le respondes tal y como yo creo que es correcto.
ok
Y también con un descanso de 9h como minimo
Buenas tardes, POR SUPUESTO. PORQUE SI NO, VAYA GRACIA. Siempre, lo que no descansaste has de recuperarlo…POR TANTO, COMO MÍNIMO SOBRE UN PERIODO DE DESCANSO DE 9 HORAS MÍNIMO.
Conduzco 10 horas el lunes y 10 horas el martes hago un descanso de 45 horas. Puedo conducir 10 horas el viernes y 10 horas el sábado?
Buenas tardes Antonio, tú no puedes conducir 4 días a la semana 10 horas al día…..JAMÁS. máximo te deja la ley dos días a la semana 10 horas día
Si trabajo de domingo a viernes conduciendo unas 30 horas a la semana como debo hacer el descanso ?
Hola Francisk, los descansos semanales son:
normal de 45 horas seguidas o el mínimo de 24 horas seguidas.
Y si una semana haces uno reducido, es decir, de menos de 45 horas, esa diferencia deberás recuperarla antes de finalice la tercera semana siguiente.
ejemplo: si una semana descansas 40 horas, la diferencia hasta 45 horas, es decir, 5 horas, deberás recuperarlas antes de que finalice la tercera semana siguiente.
Buenos días. Trabajo en una empresa de recogida y transporte de residuos urbanos, contratada para la administración. Generalmente el camión se mueve por un radio inferior a 50km (entiendo estoy exento dentro de la excepción R.D. 640/2007 art. 2 punto d.) pero hay algún viaje concreto de transporte residuos que alcanza los 60km de radio (distancia en línea recta). Estoy exento de cumplir la ley de descansos y tacógrafos para toda mi actividad o solamente debo cumplirla para los viajes de más de 50Km? Como justifico con los discos (tacógrafo analógico) solamente una parte de mi jornada en caso que lo requieran desde dirección general de trasnporte? Muchas gracias
Buenas tardes Jose, todo lo que pase de esos 50 km has de cumplir con reglamento del uso del tacógrafo, por tanto, cuando tengas viajes de más de 50 km en el momento de iniciar viaje ya TACOGRAFO.
Buenos días, solo tengo una pregunta y aunque creo saber la respuesta me gustaría que la confirmas en,
Puedo abrir y cerrar jornada más de una vez dentro de la disponibilidad diaria? O cada vez que abres disco cuenta una jornada?
Creo que si se puede pero me gustaría me lo aclarase,
Gracias
Hola Ramón, puedes abrir y cerrar disco, pero recuerda que el disco son 24 horas.
Pero ojo cada vez que abras disco y cierres deberás anotar cierre disco km
buenos días yo e descansado 84 horas tengo k trabajar 6 días y descansar 24 esta es la duda gracias
Hola Jose, puedes hacerlo sin ningún problema.
buenas tardes mi trabajo es con camion pesado entrando y saliendo del aeropuerto y trabajamos de lunes a domingo, pues libre el fin de semana luego tarbaje el lunes, descanse otra vez el martes y miercoles ahora trabajare 6 dias seguidos y librare el miercoles solo y trabajare jueves, viernes, sabado y librare el domingo yo creo que esto que no se puede hacer , segun mi jefe si se puede , para quien es la sancion tanbien decirte que cuando estamos en el recinto aeroportuario ponemos el tacografo en otros tarbajos gracias
Hola Jose, más de 6 días consecutivos no puedes.
Dentro del recinto aeropuerto, exento tacógrafo.
LA SANCIÓN ES PARA EL EMPRESARIO.
Hola , me gustaría saber si yo puedo abrir y cerrar la tarjeta tacografo las veces que yo quiera en él misma jornada ? Xq he discutido con mi jefe de tráfico que eso no es legal ! Un saludo para todos
Hola Sebas, tú puedes abrir y cerrar, siempre que lo hagas conforme la ley. Y utilizando el tacógrafo digital de forma correcta.
Hola. me llamo Emil soy chofer estoy discutiendo con mi jefe por los descansos ,mi duda es cuando hases durante la semana 3 descansos reducidos,1 normal de 11 H,y para el viernes por ley otro descanso de 11 H.como hai que contar 11 H descanso diario +45 H descanso semanal en total 56 H ,o me vale con el descanso semanal de 45 H.Gracias
Hola Emil, descanso diario normal es de 45 horas. POR LEY, NI MÁS NI MENOS.
Hola he empezado la jornada semanal el domingo a las 20.00 horas y he acabado el sábado a las 19.20 horas haciendo 2 descansos normales en las 2 semanas anteriores mi pregunta es que descanso o cuando puedo volver a empezar otra jornada gracias
La otra pregunta es si puedo empezar el lunes a las 15.30 otra jornada gracias
Hola Marian, la semana en transporte va desde las 00:00 horas del lunes hasta las 24:00 horas del domingo.
TODO LO QUE QUIERAS HACER SOBRE ESE ESPACIO DE TIEMPO.
Hola. Me llamo Javier y soy chófer. Acabo de entrar en una empresa en donde me dicen que, por la ley nueva de fichar para controlar el horario y cumplir con las 8 horas de trabajo diarias, debemos recuperar el tiempo de descanso de 45 minutos del tacógrafo. ya que dicen, que ese no es tiempo de trabajo efectivo, por lo que hay que recuperar ese tiempo para cumplir las 8 horas de trabajo efectivo. ¿Eso es así? Gracias
Buenas tardes, Javier.
No hay que confundir horario laboral según convenio colectivo en el que estés incluído y lo de la jornada de 8 horas que deben fichar los trabajadores. El sector transporte tiene algunas excepciones.
Lo que está claro en tribunales , es que todo lo que pase de 8 horas de conducción se considera hora extra.
Hola Javier, por convenio colectivo del transporte, el transporte funciona de forma especial. Siempre te has de regir por ese convenio.
hola soc Rafel i la meva pregunta es la següent : si estàs fen el descans de 45 hores i dintre del descans poses la targeta amb disponibilitat, et segueix contant com a descans de las 45 hores ? gracies
Hola Rafel, LÓGICAMENTE NO. disponibilidad y descanso SON DOS COSAS TOTALMENTE DIFERENTES.
Y CUIDADO¡¡ CON ESAS COSAS QUE luego vienen las lamentaciones cuando los guardias nos ponen las multas.
Hola Rafel, el descanso es ININTERRUMPIDO. quiere decirse que sólo descanso. NO ADMITE NADA MÁS.
Hola, tengo una situación con una empresa en la que estoy. Hago una ruta nocturna Barcelona-Zaragoza-Barcelona. Entre descargas y cargas acabo haciendo 12 y 13 horas hasta que vuelvo a sacar la tarjeta. Le estoy exigiendo a la empresa que me pague esas horas porque tengo un contrato de 40 horas a la semana. Es porque mi abogada no se aclara si las puedo cobrar porque tengo el tacografo en descanso, aunque no estoy descansando. Un saludo. Gracias.
Hola Conrado, dile a tu abogado que nos llame al 609.284.666 pues es un tema delicado y si no toca tema de transportes, se va a volver tarumba.
Buenas
Normalmente trabajo de lunes a viernes
El fin de semana pasado trabajé el sábado un rato hice 42 horas de descanso
Entre semana si hago un descanso diario de 11 mas 3 estas 3 he oído que ya se suman a las 42 y El puedo hacer otro reducido al siguiente finde semana
Buenas, no encuentro información al respecto por ningún sitio; espero que me lo podáis aclarar:
Se pueden conducir 10 horas dos días a la semana, pero… Pueden ser días consecutivos?
Gracias por vuestra ayuda, saludos
Hola Mario, claroooo.
La ley dice que puedes conducir 2 días 10 horas, pero no dice el orden. Por tanto, puedes hacerlo.
Al igual que el descanso mínimo diario de 9 horas, puedes hacerlo los tres días seguidos.
Hola, si por una nevada te quedaste atrapado en una autovía y sin disponibilidad de conducir eso como lo justificó?
Hola Eduard, es muy fácil su justificación. Debes saber en qué punto kilométrico te quedaste atrapado y solicitar de la AGENCIA ESTATAL DE METEOROLOGÍA – AEMET dependiente del Gobierno de España que entre tal hora y tal hora de tal día a tal día . CON ESA INFORMACIÓN Y EXPEDIDA POR ESA ENTIDAD PUEDES JUSTIFICAR.
buenas, tengo un par de dudas haber si me la podeis aclarar;
1 – Mi jornada laboral ininterrumpida es nocturna, empiezo el lunes por la tarde y finalizo el martes por la mañana, hago descanso diario y empiezo el martes por la tarde y acabo le miercoles por la mañana asi sucesibasmente. ¿como seria mi jornada laboral y cuando seria mi descanso semanal?
2 – Si empiezo a trabajar el domingo a la tarde despues de un descanso, teniendo en cuenta que mi jornada laboral es la que he comenado antes ¿ Cuando tendria que parar para hacer el descanso semanal?
Gracias
Hola Paquitus, sin duda, DEBES MIRAR ESO EN TU CONVENIO COLECTIVO LABORAL QUE TE REGULA. En tu nómina aparece el código de convenio que regula tus relaciones laborales con la empresa.
Hola me gustaría saber
El tiempo de conducción acumulado durante cuatro semanas consecutivas por un conductor de un camión de mercancías no puede exceder de cuantas horas ?
Hola Ana, la ley marca de 2 semanas en 2 semanas…. CONDUCCIÓN MÁXIMA BISEMANAL = 90 HORAS.
SI LA PRIMERA SEMANA HACE LO MÁXIMO QUE SON 56 HORAS, LA SEGUNDA DEBERÁN SER MÁXIMO 34 HORAS. TOTAL EN 2 SEMANAS = 90 HORAS
Hola. A las 22 esta noche me voy a Colonia en Alemania, después de 4,30 h. + 0,45 h. + 4,30 h. a las 19,45 voy a tomar el descanso de 9 horas o de 11 horas??? Gracias.
Hola Pedro, conforme me dices podrías hacer:
9 horas seguidas (descanso diario mínimo) pero sólo te deja 3 días a la semana. OJO CON ESO ÚLTIMO
O 11 horas seguidas (descanso diario normal)
Kiero por favor que sanciones tenemos los dos o solamente uno
la empresa.
Hola buenas días. Hoy me conpañero y yo (segundo conductor) olvidadomos el descanso semanal reducido de 24 . Hoy tiene que parar a las 6h30. …….. Hemos paramos ayer a las 20h. pero esta mañana a la 8h de la mañana se ha conducido el camión hasta 9h12 con su tarjeta de tacógrafo y la mía
LA SANCION ES DE LA EMPRESA. ES RESPONSABLE DE LOS ACTOS DE SUS CONDUCTORES. SEGUN LA LEY. en la selva, es otra historia.
Hola soy segundo conductor. El premiro Conductor se circulado con el camión dentro de una empresa sin tarjeta tacógrafo. Que multa tiene o tenemos
Hola Jamel, el no usar el tacógrafo cuando debes hacerlo es multa. La sanción va al empresario según la ley.
No utilizar el tacógrafo que va instalado en el
vehículo.
Art. 3.1 Reglamento CEE 3821/85 Art. 140.20 LOTT MG Art. 143.1.h) LOTT 2001€ MUY GRAVE Pérdida de honorabilidad (Art. 143.5 LOTT)
Hola buenas, tengo una duda…. mientras descargo el camion porque tengo que estar aí abriendo los laterales i todo como debo poner el tacografo, imaginemos que tengo 9.30 horas de conduccion echas, solo tengo 0.30 min para sacar el camion y buscar un sitio para acer las 11h de descanso…. si estoy ayudando a descargar i luego cerrar el camion si lo tengo en martillo esse tiempo como lo cuento…. no se si me hice entender esse tiempo cuenta como trabajo no?
Hola Filipe, para poder cumplir con la ley de los tiempos de conducción y descanso has de descansar diariamente 11 horas seguidas, ó la norma te deja tres días 9 horas seguidas, ó fraccionar el descanso diario normal en dos descansos, el primero de 3 horas y el segundo de 9 horas.
Y ante todo, saber, que los tiempos de otros trabajos (cuando el conductor se mancha las manos porque está haciendo algo, carga y descarga el propio conductor, limpia vehículo, cambia rueda, mira niveles…..), esos tiempos de otros trabajos NO SON DESCANSOS.
Hola Filipe, todo lo que sea otros trabajos (cuando el conductor se mancha las manos cargando ó descargando el camión, mirando niveles, etc, NO ES DESCANSO). Reglamento 561/2006 del 11 marzo sobre tiempos de conducción y descanso
buenas tardes,aciendo el descanso semanal tengo que sacar la tarjeta del tacografo?
Hola Todor, nuestro consejo como asesores de transporte que somos. Que sí, debes sacar la tarjeta y marcar DESCANSO, así estarás cumpliendo con la norma.
Casos que pueden producirse en caso de no sacar tu tarjeta del tacógrafo es que cuando vuelves del fin de semana, coges otro vehículo y donde te dejaste tú tarjeta, ese vehículo ya ha salido con otro conductor y por tanto, SORPRESA¡¡ no tienes tu tarjeta para conducir….y se lía la semana parda …
gracias por la informacion.siepre vamos con el mismo veiculo por eso preguntava,oi rumores que si no sacas la tarjeta te pueden multar por hacer descanso semanal en la cabina y yo tengo el parking en la ciudad donde vivo,por eso pregunte.saludos.
Hola Todor, lo dicho anteriormente.
Buenas noches, quisiera saber que infracción se ha cometido en lo siguiente : empecé mi semana el lunes a las 7 de la mañana y tenía que para domingo a las 7 de la mañana para hacer un reducido o normal, pero al final pare a las 21h del domingo y estoy haciendo un reducido, que infracción he cometido, gracias.
Hola Carlos, has conducido los siete días de la semana, desde las 7:00 del lunes hasta las 21:00 del domingo. OJO CON ESO¡¡. Infracción grave
Hola tengo una duda , yo empecé el lunes a trabajar hasta el viernes , hasta aquí todo bien , ahora resulta que tengo libre el fin de semana pero por circunstancias del trabajo tengo que salir el sábado por la tarde pero ya he descansado 24 horas, entre el viernes y el sábado y mi pregunta es si eso ya cuenta como descanso semanal reducido o solo como descanso diario , Gracias
Hola Paskuall, eso ya te cuenta como descanso semanal MÍNIMO REDUCIDO (dices que trabajas de lunes a viernes, pues se trata que eso lo haces en sábado)…
Si pero tenemos guardias de fin de semana y al conducir también el sábado no se si cuenta como la sexta jornada de conducción o como la primera de la siguiente semana de conducción . La pregunta es que si habiendo descansado 24 horas entre el viernes y el sábado y habiendo hecho conducción el sábado / no se si pudiese conducir el domingo en caso de que me llamasen para salir otra vez ? Ya que estaría conduciendo los 7 días de la misma semana aunque con un descanso de 24 horas entre viernes y sábado Gracias de antemano
El sábado es la sexta jornada de conducción. Por lo que deduzco de guardias de fin de semana, sólo comentar que la ley de conducción y descanso no entiende de excepciones en cuanto a guardias.
Hola empecé el Domingo a las 19.30,despues de mi descanso de 45 horas y e parado hoy Viernes a las 22 horas habiendo trabajado 41.17 horas, puedo conducir el Sábado….?
Hola Paco, tal y como nos planteas la pregunta, esa pregunta es la del millón….
La semana en transporte se define del lunes a las 00:00 horas hasta el domingo a las 24:00
Por tanto, hasta el domingo próximo tal y como hiciste en la semana anterior no cuenta el descanso.
si yo hago un descanso reducido y antes de hacer otro descanso recupero las horas de descanso puedo volver a hacer otro descanso reducido…….y en caso de hacer 2 dias en la semana in descanso reducido por ej: unp el martes y otro el viernes, cual de los 2 descansos reducidos tengo que tomar encuenta, el 1ro o el que a mi me convenga mas…..gracias
Hola Jorge, dos descansos reducidos semanales SEGUIDOS no puedes. La ley te lo impide
Buenas a ver si me aclaran un duda que tengo yo……si yo empiezo a trabajar el lunes a las 8 de la mañana hasta que dia y hora puedo conducir, teniendo que hacer un descanso reducido, gracias
Buenas noches Jorge, el descanso semanal reducido MÍNIMO es de 24 horas. Y piensa que de 7 días de la semana , sólo puedes conducir 6 días. Por tanto, descansa el domingo.
Hola.Hecho un descanso semanal reducido y he recuperado las horas que me faltaban,el siguiente descanso semanal tengo que hacerlo en mi domicilio?y ha de ser de 45?
Hola Sergio, puede ser en casa o fuera, donde quieras, pero SIEMPRE habrás de recuperarlo.
Si haces un descanso semanal reducido y como mínimo de 24 horas, la diferencia hasta 45 horas HAS DE RECUPERARLA ANTES DE QUE FINALICE LA TERCERA SEMANA SEGUIDA. Eso es por ley.
Sergio, si eso lo has hecho, comienza el cómputo igual. Es decir, comienzas de cero.
buenos dias
tengo una duda con las horas de trabajo
si las pausas diarias y semanales son obligatorias(normales o reducidas)acumulando las horas de conduccion,otros trabajos,disponibilidad etc
semanal cuantas horas se puede trabajar legalmente y al mes cuantas horas en total.
si existe algun decreto alguna normativa o alguna ley donde se puede comprobar la legalidad o ilegalidad
de las horas de trabajo maximas
gracias
Hola Nico, ley para ver eso sería REGLAMENTO UNION EUROPEA 561/2006 del 11 marzo sobre tiempos de conducción y descanso.
A modo de resumen rápido.
CONDUCCIÓN
90 horas conducción en 2 semanas.
Máximo al dia de conducción 10 horas (sólo 2 días a la semana), y el resto de días máximo 9 horas. La semana que tiene 7 días, sólo podrás conducir 6 días.
DESCANSO
Descanso diario de al menos 11 horas seguidas ( 3 días a la semana te dejan 9 horas seguidas)
Descanso semanal normal : 45 horas
Descanso semanal mínimo : 24 horas
Buenos días. Es legal un contrato de 3 horas en el servicio discrecional de viajeros vigente en la Comunidad de Madrid y que le impongan una disponibilidad de 56 minutos diariamente?
Gracias
Buenas noches Montse, veo que eres abogada. Te he pasado email. Ponte en contacto con nosotros en teléfono de contacto web o del email enviado y te lo justificamos todo legalmente.
Buen día.
Tenemos un camión con máquina fija para trabajos propios de corte de piezas de material composite.
El conductor tiene jornada de desplazamiento hasta destino, trabajos con la máquina en destino sin conducción por 3 días mínimo y retorno a origen.
El viaje suele ser de una jornada o de jornada y media de conducción.
¿Se puede hacer, considerando los tiempos indicados, la jornada de conducción de 10 hs + descanso de 9 hs y conducción de media jornada hasta destino y lo mismo para retorno a origen, o deben ser de 9 hs + 11 hs de descanso?
Hola Diego, tú tienes que atenerte a la ley. Descansos normal diario de 11 horas ininterrumpidas ó de tres días a la semana que puedas descansar el mínimo diario que son 9 horas.
Todo lo demás , olvidate.
Buenas yo trabaje lunes martes y miércoles el jueves descanso y viernes sábado trabajo ala siguiente semana puedo trabajar 6 dias
Buenos días Juan Miguel, tienes que tener en cuenta los descansos semanales que son el normal de 45 horas y si haces el reducido, por ejemplo, el mínimo de 24 horas, las 21 horas que faltan para llegar a las 45 horas deberás recuperarlas antes de que finalice la tercera semana siguiente.
En base a lo que planteas en tu comentario, sí podrías trabajar 6 días la semana siguiente.
Conduci 1.00 minuto ,tacogrago posion martillo,descanso 40 minutos en cama,
Conducion 3 horas descanso 50 minutos
Se considera posicion martillo como conducion
Hola Silverio,
la posición de martillos son otros trabajos, es decir, cuando el conductor se mancha las manos, como por ejemplo, carga personalmente el conductor, limpia el vehículo, cambia una rueda,…, etc.
NUNCA, otros trabajos es conducción. Conducción es cuando el vehículo está en movimiento, para entendernos.
Mi duda es si en un intervalo de
Una hora de conducción
3 horas de martillos
¿hay que hacer una pausa de 45 minutos?
Gracias. Buenas tardes
Hola, dentro de 4 horas y media de conducción, has de hacer una pausa de al menos 45 minutos.
Mi duda es respecto al descanso diario…en todos los ejemplos que veo ponen más o menos lo mismo… ejemplo…empiezo a conducir después de un descanso diario de 11h a las 10:00h y termino a las 20:00h…si quiero hacer un descanso normal…este no sería de 11h sino de 14h y solo podría volver a conducir a partir de las 10:00h del día siguiente ya que la jornada de trabajo de 24h va desde el último descanso….es así?..
Buenos días Javier, tú has de tener en cuenta que tu descanso diario normal ha de ser de 11 horas de forma ininterrumpida. Es decir, si acabas a las 21:00 , no puedes coger vehículo hasta las 8:00 del día siguiente.
También has de saber que 3 días a la semana, la ley te permite descansar de forma ininterrumpida 9 horas cada día, pudiendo ser días seguidos. A eso se le llama descanso diario mínimo.
Aver si alguien me puede ayudar. Se pueden hacer 2 pausas de más de 24h? La primera el tercer día de salir y la segunda al octavo día. Y el décimo segundo día en la base para meter las 45 antes de las 2 semanas
Buenas tardes Jose, los descansos semanales se hacen a final de semana, por eso se llaman, semanales.
Hola trabajo 8 horas al día pero hago muchas paradas y en el tacografo me pone 3:25h de conducción,tengo que hacer algún tipo de pausa si no llego a 4:30h de conduccion ningún día? En la empresa me dicen que pare 30 minutos antes de llegar a las 6 horas de trabajo(que no de conduccion),porque si no les salen posibles sanciones al descargar la tarjeta .es correcto eso?
Hola Luis, tú has de cumplir con el reglamento 561/2006 del 11 marzo sobre conducción y descanso.
Lo más importante en tu consulta es cumplir con el artículo 7 y dice:
1.- tras un período de conducción de 4 horas y media de forma ininterrumpida, deberás hacer una pausa de al menos 45 minutos, a no ser que hagas un descanso.
2.- DENTRO DE ESAS 4 HORAS Y MEDIA, DEBERÁS HACER UNA PAUSA DE AL MENOS 15 MINUTOS, SEGUIDA DE OTRA PAUSA DE AL MENOS 30 MINUTOS.
Luis, todo lo que sea eso, adaptalo a tu conducción y tu forma de trabajo.
Hola buenas si hago un descanso reducido, luego uno normal sin haber recuperado las horas del reducido todavía me puedo hacer otro reducido?
Hola Juan, sí.
Cuando haces el descanso semanal reducido, tienes hasta 3 semanas hacia delante para recuperarlo.
Y nunca nunca puedes hacer 2 descansos semanales reducidos seguidos. ESO ES MUY IMPORTANTE, pues el Guardia es una de las cosas que más mira cuando va a sancionar.
Si un camión esta esperando a ser descargado en modo disponibilidad, ¿ese camión se puede mover por la fábrica sin que le cuenten como horas de conducción?
Hola Julen, no se puede mover. Todo lo que se mueva es conducción.
Soy Raúl y tengo una duda.
Empiezo mi jornada a las 8h conduzco +_ 3h y hago una pausa de 45min a las 6horas despues de haber empezado lo estoy haciendo bien o debería hacer 30 min antes de las 6horas de jornada.
Gracias
No entiendo Raúl Pérez.
Tras 4 h y media, 45 min ó dentro de las 4 h y media, primero una pausa de al menos 15 min seguida de otra de al menos 30 min.
Soy autónomo con tarjeta privada complementaria y conduzco una media de + -15 horas semanales….esto implica el descanso ininterrumpido se 45 horas?.
Gracias
Hola Manuel, si has de hacerlo.
ÉL reglamento de conducción y descanso se aplica igualmente para todos.
He conducido 2 dias de 10 horas esta semana.. Puedo el domingo despues de un descanso de 30 horas empezar a conducir una lornada de 10 horas empezando a las 20:00horas y terminando a las 8:00 del lunes
Buenas,saliendo el domingo a las 12h de la mañana,se puede trabajar hasta el sábado a las 12hde la mañana.se cuenta por días o por jornadas,
Buenas…una duda…si conduzco una hora y media y le hago los 45 minutos de descanso y después conduzco 30 minutos.y después eso…lo quito sin cerrarlo…y las dos horas o más en el mismo día..hago un cambio de vehículo y conduzco tres horas? Es legal?
Buenas noches
Tengo una duda. Vamos a hacer un viaje en grupo a Lloret de Mar, el último día, de Lloret de Mar vamos a ir a port aventura que está a 2 horas y media.
Para luego volver hasta Donostia, hay 5 horas y media de viaje más o menos.
Que sería lo más recomendable? Que el conductor una vez llegado a port aventura hiciese un descanso de 9 horas ininterrumpidas o que? Cuál sería la mejor opción para eso?
Muchas gracias
Creo que hay un error en las pausas diarias cuando se esplica las pausas de 15 y 30 minutos.
El enunciado dice que conduces 1hora 30 min haces pausa de 15 min conduces 2horas y 30 min y pausa de 30 min eso todo bien pero luego pone una conduccion de 4 horas.
No tendria que ser una conduccion de 2 horas y despues una pausa de 30 minutos ??
No. Con la pausa de 30 minutos borras el disco y te da para otras cuatro y media mas.
Hola buenas, la empresa donde estoy trabajando me obliga a pasarme de horas de conducción, si me denuncian quien debe pagar la multa?
Hola León,
La responsabilidad pertenece a la *empresa.
(*)hay algunas excepciones.
Un saludo.
Tengo una duda de conduccion en echipaje??? Hemos empesado a trabajar tras 45 horas de pausa el dia 10(domingo hora 6:00) —hasta—15(vierners hora 00:30). Tras 29 horas de pausa en casa hemos arancado otra semana el dia 16 (sabado hora 6:00) y despues de conducir una jornada hemos parado el dia 17(domingo hora 2:00) para realizar otro descanso imprevisto de 26 horas hasta el dia 18(lunes hora 4:00) quando hemos empesado de nuevo a trabajar. Mi pregunta es hasta quando tengo disponibilidad de trabajar esta semana?????
Aclaración:
En un mes por ejemplo hay 4 descansos semanales:
– Si tomamos 2 descansos semanales seguidos (cualquiera de ellos), no puede haber 2 descansos reducidos seguidos, solo pueden ser o 2 descansos normales, o uno reducido y otro normal. Tambien la lei dice esto. Por que mi jefe quere que yo condusca hasta el dia 23(sabado hora4:00)
Buenos días, conduzco un autobús durante 3 horas en tacógrafo normal y después cambio de línea y continúo conduciendo 1 hora y media o más el mismo autobús sin sacar la tarjeta en out por estar el recorrido exento, ¿por qué el tacografo me pide descansar? Anticipadamente, muchas gracias
Hola si conduzco 4.30 y paro 45 mi conduzco 4.30 paro 9 h y vuelvo a conducir 4 horas es legal he conducido 13 horas en un periodo de 24 horas gracias.
Hola Paco, no legal pues has conducido más de 10 horas que te permite la ley . Te deja 10 horas diarias de conducción sólo 2 días /semana
Hola !! primera pregunta !es correcto hacer al mes 6 días descansó ? Osea trabajas 6 descansas 24h trabajas 6 descansas 45h trabajas 6 descansa 24h trabajas 6 descansas 45h!!
Hola. Conduzco un 18t y hago unos diez deliveries por día, en que posición del tacografo debería trabajar, disponibilidad o conducción. Para tomar el descanso a las dos horas de quince minutos debo tomar sólo el tiempo de conducción o también el tiempo total incluido conducción y paradas?. Gracias.
Buenas tardes José,
1. Cuando conduces, el tacógrafo está en modo conducción, para descargar hay que ponerlo en otros trabajos.
2. Solo el de conducción.
Un saludo.
Hola mi pregunta es:Se puede hacer 6 días de trabajo luego un descanso reducido semanal de mínimo 24h y luego otros 6 días y descansar 45h +21h para recuperar el descanso reducido de la semana anterior?Digamos q por circunstancias de trabajo tienes q hacer:6dias-24h descanso +6dias Y 66 de descanso.
Buenos días. Se que los descansos diarios han de ser de mínimo 11 horas. Y los reducidos de 9 horas. Mi pregunta es que si en el ferry funciona de la misma manera o el descanso siempre ha de ser de 11 horas en el ferry. Gracias
Se pueden conducir mas de 10 horas dentro de un periodo de 24h habiendo hecho una pausa de 9horas entre medio
Hola Antonio,
Sí se puede, dentro de las 24 horas se puede comenzar otro periodo de conducción diaria (quedarían 3 horas y media como máximo dentro de las 24h: 10 horas de conducción + 45 minutos de pausa + 45 minutos de pausa + 9 horas descanso diario reducido = 20 horas y 30 minutos).
Un saludo.
Muy buenas
Mi duda es la siguiente; si cogo el camion por la tarde a las 19:00 y finalizo a la jornada a las 23:00 y al día siguiente cogo el camion a las 8:00 (descanso 9 horas)se considera descanso reducido ? O deberia ser equivalente a un descanso fracionado teniendo en cuenta que el dia anterior solo he cogido el camion durante 4 horas?
Un saludo a todos
Buenas. Teng una duda sobre el descanso semanal cuando utilizo ferry. Mi rutina es: Llego a puerto sobre las 12:00h y subo al ferry, pongo la función “ferry”, el barco sale a las 12:30h y llega a destino a las 19:00h, tengo que mover el camión para ir a la base a la cuál llego a las 19:30h. La pregunta es: ¿Cuándo empieza el descanso semanal, a las 12:00h o las 19:30h? Gracias.
hola tengo duda empiezo ha trabajar ha las 9 de la mañana y termino mi jornada ha las 11 de la noche el descanso diario como lo aria
Hola muy buenas tengo una duda en cuanto a las pausas semanales.
Empezé la semana un Jueves a las 12:10pm, conduje nada más que 1 hora y paré para hacer pausa (unas 28h de pausa) hasta el día siguiente que es cuando el viaje iba a comenzar. Después de la pausa arranqué a las 17:00.
Ahora estamos a Martes y la duda llega cuando la empresa me dice que no he de recuperar esa pausa reducida, y que la próxima pausa será de 24h antes de las 17:00 el próximo Jueves.
¿Es correcto el hacer pausa de 24h después de esa pausa de 28h la semana pasada habiendo trabajado nada más que 1h antes de la misma?
Saludos.
hola…tengo una duda… es la siguiente….. realizar la pausa de 45 minutos de forma ininterrumpida después de tres horas de conducción, hace el tacógrafo se ponga a cero? o debo continuar hora y media más para completar las 4 y media horas de conducción?……muchas gracias, un saludo.
Una vez acabada esa pausa de 45 minutos puedes volver a conducir 4.5 horas otra vez.
Un saludo.
ok. entendido, muchas gracias, un saludo.
hola otra vez, si paro ha repostar combustible, eso que se considera o que seria?, otros trabajos?, disponibilidad?, gracias
Si comienzo a conducir domingo a las 17.00 y acabo. Sábado a las 14.00 sin superar las 56 h está bien
Puedes conducir 6 días consecutivos, pero ten en cuenta que dentro de esas 24 ultimas horas debes de tener registrado minimo un descanso de 9 horas (solo tres veces en semana). No estoy muy segura pero yo lo dejaría el camion el domingo a las 8 de la mañana.
Un saludo.
Hola a todos, trabajo al norte de Noruega con un camión de recogida de basura para una empresa privada, uso el tacografo vdo 2.0. Mi jornada entre la conducción y parar para recoger la basura es de unas 3 a 5 horas, aunque luego cuando ya he finalizado llama algún cliente para recoger su basura también. Cada vez que me termino el trabajo ( o creo que he terminado) , incluso para la pausa de 45min, retiro mi tarjeta del tacografo, pues no se si volveré a conducir. Mi jornada es de 8.00 a 15.30. Estoy haciéndolo bien? .
y otra pregunta mas que tengo es, debo hacer algo si no conduzco el camión durante tres o cuatro días?
Un saludo, gracias.
Hola Carmelo, si no conduces un camión durante tres o cuatro días debes de hacer un certificado de actividades que justifique el porque no tienes conducción registrada en tu tarjeta durante ese tiempo, si no recuerdo mal debes de hacer un certificado de actividades si no conduces durante 72 horas seguidas.
Si sacas la tarjeta de tu tacógrafo lo haces bien, siempre que cuando la vuelvas a meter termines de completar la jornada del día que la sacastes, es decir, ¿Entrada adicional? Si, y pones fecha y horas de descanso. Espero haberte ayudado. Un saludo. Ester.
Buenos días,
No se si tiene mucho que ver con este tema pero si que está relacionado.
Tengo una pregunta. Nosotros somos una empresa de limpieza industrial que para hacer nuestros servicios utilizamos nuestros camiones, nuestros trabajadores no son en si transportistas, sino que utilizan el camión para hacer la limpieza y como mucho aspirar alguna arqueta. La cuestión es que no cada día utilizan el camión, sino un par de veces al mes. Que consecuencias tiene si cuando le efectúan un control no tienen un historial de días anteriores? Estoy buscando en la legislación pero no lo encuentro.
Muchas gracias.
Un saludo.
Deben de llevar consigo un certificado de actividades. Buscalo en el reglamento 561/2006 de la CE.
Un saludo.
Es correcto hacer 4 descansos de más de 36 horas en dos semanas?
Hola Miguel,
No. En dos semanas consecutivas tiene que haber al menos un descanso de 45 horas ininterrumpidas.
Saludos.
hola puedo conducir 2 hora y 10 minutos de conduccion y hacer una pausa de 15 minutos estaria dentro del descanso de las 4 y medias gracias un saludo
Buenos días Juan,
Sí, el descanso de 45 minutos se puede realizar de forma fraccionada, 15 más 30 minutos.
Saludos.
Hola pero cuando he de conducir para hacer los 15 minutos yo hago 20 de conduccion y tomo un cafe y hago 15 minutos serviria por ejemplo o hay k conducir mas tiempo para hacer la primera pausa de 15 minutos ??gracias
Si un dia queda el camión parado en la empresa por realizar otras labores. ¿hay que rellenar un disco con ese dia que ha estado parado?
Si ese día tú vas a hacer otras actividades, tienes que justificarlas, Jose. En este caso, entiendo que lo más fácil es que la empresa te haga un certificado de actividades antes de que vuelvas a conducir, por que tienes que llevarlo contigo por si te hacen un control, durante ese día y los 28 días posteriores. En caso de tener tacógrafo digital del año 2011 o posteriores, yo haría la entrada manual, que es fácil de hacer. En tacógrafo digital anterior a 2011, donde es más complicado hacer dicha entra manual, llevaría el certificado de actividades de ese día, donde figure qué actividad he hecho ese día
Si hago un descanso reducido de 43horas y le sumó las 2 que faltan a un descanso de 11horas puedo hacer otro descanso reducido de 43horas??
Hola Antonio,
No, el siguiente descanso semanal tiene que ser de 45 horas como mínimo.
En el transcurso de dos semanas consecutivas se deben tomar dos descansos semanales normales (de al menos 45 horas) o uno normal y otro reducido, por lo tanto, como ya has realizado uno reducido, el siguiente ha de ser normal (aunque hayas recuperado las horas reducidas ese no pasa a ser un descanso normal).
Saludos.
Pues ya la hemos liado porque.el segundo lo he hecho de 43horas
buenas yo me lio con esto yo er trabajando y empiezo a al 4 de la mañana hasta que hora puedo esta trabajando y cuanto tengo que descansar para poder empezar al siguiente dias gracias
Buenas, después de más de 20 años conduciendo con tacografo sobre todo de repartidor saliendo a las 8:30 y parando a las 14:00 a hacer la pausa de 45′ pero realizando muchas paradas y no acumulando de conducción las 4:30 me han sancionado.
Lo he estado haciendo mal o se puede conducir mientras no acumule más de 4:30h de volante?
Trabajas 6 horas seguidas por la mañana? Eso no es legal, no crees? Las paradas en las que te sales del vehículo para entregar el paquete no cuentan como pausa. Solo cuentan pmo pausa los 15 minutos seguidos y la media hora seguida.
Eso lo se . Pero la duda es si yo he de parar entonces a las 4:30 h de salir x ejemplo si salgo a las 8:00 he de parar a las 12:30 ??? Aunque solo lleve de volante 3:30h y haya realizado 7 u 8 paradas de 10 minutos.
Por q yo lo q he estado haciendo como el camion me acumula solo el tiempo de conduccion fiandome de eso .
Yo entiendo que las paradas de menos de 15′ que son de disponibiladad u otros trabajos pero no de conduccion.
Ahora ya no se si esoy equivocado y lo he estado haciendo mal.
Según el Reglamento CE 561/2006 tienes que hacer una pausa de 45 min cuando acumules 4 h 30 min de conducción, y el tacógrafo digital te avisará cuando lleves 4 h 15 min de conducción. Los tiempos de otros trabajos o disponibilidad no cuentan como conducción.
Sin embargo, el Real Decreto 1561/1995, que se actualizó para cumplir la Directiva Europea 15/2002, dice que a las 6 horas de trabajo efectivo hay que hacer una pausa de al menos 30 min; en ese trabajo efectivo se incluye la conducción y otros trabajos, pero el tacógrafo no te avisa de eso. Los agentes no suelen denunciar por esto, entre otras cosas porque no figura en el baremo sancionador como infracción, pero cuando se reforme la LOTT, es posible que sí se denuncie. En Portugal sí denuncia por esto.
Antonio Martínez Sanpedro, muchas gracias, eso es lo q yo pienso y por eso me extraña que fomento en un requerimiento de discos a mi empresa han sancionado con un total de 7 denuncias muy similares, unas 5:30h desde que empiezo la ruta hasta que realizo la pausa de descanso, pero realmente de conducción acumulada no llego a las 4:30h de volante además aunque sea analógico también me acumula solo el tiempo de conducción y de eso es de lo que me fio.
Me resulta extraño, Miguel. Si es así, se podría recurrir, porque las sanciones habrán sido muy altas.
El Reglamento CE 561/2006 dice:
“Artículo 7: Tras un período de conducción de cuatro horas y media, el conductor hará una pausa ininterrumpida de al menos 45 minutos, a menos que tome un período de descanso.
Podrá sustituirse dicha pausa por una pausa de al menos 15 minutos seguida de una pausa de al menos 30 minutos, intercaladas en el período de conducción, de forma que se respeten las disposiciones del párrafo primero.”
Especifica periodo de conducción, no de trabajo.
Y el Real Decreto 1561/1995 dice esto:
“Artículo 10. Apartado 4: Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 11 (que se remite al 561/2006), los trabajadores móviles interrumpirán con un período de descanso la jornada continuada que exceda de seis horas consecutivas. La pausa será de duración no inferior a treinta minutos. Cuando el tiempo total de trabajo sea superior a nueve horas diarias, la pausa será, como mínimo, de cuarenta y cinco minutos.”
Buenas tardes, perdón Antonio pero no había leído tu comentario, las sanciones son consideradas como graves, aunque por lo menos las han hecho por el menor importe posible de una sanción grave y son 7 a 401€ cada una, lo que ocurre es que mi empresa dice que como es por no saber las normas o no aplicarlas bien que las pague yo (aunque se que es responsable la empresa y las pagará pero luego me lo desquitaran) y no saben si recurrir pues se acerco a la persona que firma las sanciones para a ver que posibilidades hay de rectificación o rebaja y lo puso muy complicado.
Y esta a punto de cumplir el plazo de recurrir las y sinceramente no se que hará la empresa.
Hola, mi pregunta es:
Si en una semana hay un dia festivo, por ejemplo jueves, el sabado cuando yo termine de conducir……
-¿que descanso semanal debo tomar?
-¿45 horas?
-¿o el viernes comienza una nueva semana a partir de la cual puedo conducir 6 dias seguidos?
La semana siempre empieza en Lunes. Si has tenido una fiesta entre semana no tienes que cambiar nada. Si me equivoco que alguien me replique por favor. Saludos.
Buenas tardes Camión 76, voy a intentar de ser lo mas breve posible, y explicarme lo mas llanamente posible, efectivamente la semana laboral empieza el Lunes como dice el estatuto de los Trabajadores, pero la Norma no diferencia entre Sábados, Domingos , Lunes etc.
Lo que si dice la Norma, es que tenemos 144 horas para poder realizar nuestras actividades, y me refiero a actividades como , Conducción ,Pausas, Disponibilidad,y Otros trabajos.
Pues bien contestando al compañero Oscar, lo que si puede hacer con el día eses que tiene por medio de fiesta, y esta descansando, es utilizarlo como, horas de recuperación de descansos no realizados en semanas anteriores.
O, utilizar esas 24 horas de descanso, para hacer un descanso semanal reducido de 24 horas, pero !Ojo! tenemos que tener en cuenta las 144 horas (que son 6 días) para realizar nuestras actividades anteriormente dichas.
También tenemos que tener en cuenta el trabajo bisemanal ya que si hemos consumido la semana anterior las 144 horas , cuando hagamos el descanso de ese día de 24 horas nos que darán para realizar nuestras actividades en esa semana laboral de otras 144 horas .
NO nos quedaran aproximadamente unas 77 horas.
Espero haberme explicado lo mas claramente, y haber ayudado a aclarar el día de fiesta, pero la verdad es que es un poco lioso de lo que dice la norma a la interpretación que se hace de ella.
Saludos
Instructor en Normativas de Transporte
Muy buena aportación Paco Rey!!!
Hola buenos días, tengo dos dudas.
1) En una semana laboral puedo tener 7 jornadas de conducción, con sus descansos diarios de 11 y 9 horas. Sin haber llegado a las 56 de conducción.
2) En una semana laboral de lunes a sábado, con un descanso de 27 horas el jueves, se considera descanso semanal reducido, haciendo dicho descanso del domingo al lunes, que comenzaría otra semana laboral.
hola buenas noches, tengo una duda:
yo todas las mañanas me desplazo con mi coche a una poblacion cercana(35km) a buscar mi camion y luego por la noche el mismo recorrido de vuelta a casa, quisiera saber si esos 45 miutos de ida y otro tanto de vuelta cuentan como jornada laboral y hay que poner alguna entrada adicional al arrancar o no pasa nada
gracias y saludos
Hola,halgunas dudas aver si halguien me ayuda:los descansos diarios reducidos (9h) si entran entre dos semanas es decir desde sabado hasta el jueves puede ser 6? ya que entran en la otra semana,?o no se aplica la misma regla con la de conducir 10 horas quatros dias seguidas si entran en dos semanas diferentes?.Y otra pregunta,después de una coduccion diaria de 10h hay que hacer 11h fe descanso o se pude hacer 9h?…Gracias
Hola, estoy con una camión de disco con una empresa.el descanso semanal hay que hacerlo después del 7 disco o antes… porque un disco sería un disco,un día de trabajo..si no pongo disco no se cuenta ese día verdad.
Hola quisiera saber si los 45′ de pausa son parte de la jornada de trabajo
Trabajo en una empresa, la empresa trabaja en el campo y mi jefe dice que se trabaja de lunes a sábado, por lo que no se cumple con los descansos semanales, ma dicho que hay se trabaja así, que si quiero bien y sino que me busque algo, ahora estoy de prueba, llevo solo una semana, ¿ Si la empresa me obliga a no cumplir con los descansos semanales, a mí me perjudica a la hora de las sanciones?
Si que te perjudica, y con multas elevadas. Antes de buscarte otro trabajo, denuncia a ese explotador.
tengo una duda se puede recuperar entre semana :un descanso reducido ? ósea de lunes a viernes
Muy muy buen resumen, gracias, es lo que estaba buscando
Hola, una duda en el descanso semanal
1a semana descanso reducido 41horas
2a semana descanso 40 horas (me pueden sancionar al ser menor de 45 horas)
La 3a semana, que comienza un ciclo de dos semanas, puedo realizar un descanso reducido de 40 horas o estoy obligado a uno completo de 45 ??
Hola, me interesaría saber si el número de horas de presencia diaria esta regulado., y si es así, cual es esta regulacion. Un cordial saludo
Hola buenos días,tengo una duda,si yo hago un descanso de 45 horas trabajo tres dias y luego hago un descanso de 24 horas .Luego puedo trabajar otros 6 días despues del descanso de 24horas?
Si porque hay una pausa de 24h
Hola,tengo una duda
Si arranco domingo,los descansos diarios normales son tres de 11 y dos de 9 ?
Si arranco lunes,los descansos diarios normales son dos de 11 y tres de 9 ?
Si arranco a las tres de la mañana, a las 8 de la mañana paró nueve horas, es decir asta las 5 de la tarde, luego puedo volver a conducir 4 horas?
Hola! Cuanto se paga una hora de martillos?
Yendo a kilómetros a 0€/hora
buenas tardes tengo una duda si mi jornada es de 4.30 horas por la mañana y 4.30 horas por la tarde habiendo 4 horas de intermedio entre cada jornada de descanso al retirar mi tarjeta que tengo que poner descanzo u otras actividades? GRACIAS.
Buenas a todos la pregunta voy a doble conductor si hago 4 dias de trabajo un descanso de 24h después hago 6 de trabajo se puede hacer otras 24h de descansado para trabajar 1 dias mas y despues hacer el desacnso 45horas gracias y un saludo
Tengo una pregunta. Si el lunes es fiestaby trabajo hasta el viernes, cuantos descansos de 11 horas debo hacer como minimo quitando el lunes que es festivo. Y si puedo hacerlo el viernes o no se puede ppr entrar en descanso semanal.
Hola, se pueden hacer tres de nueve a la semana por lo que creo q no tienes problema de hacer tres de nueve y uno de once
Hola compañeros/as, según tengo entendido que para hacer el descanso se 15 minutos hay que conducir al menos una hora, ya hay agentes que denuncian.
Eso no es cierto, no hay nada estipulado sobre ese tema, de hecho, muchos conductores de autobús lo mueven dentro de la estación para que les marque al menos un minuto de conducción (se aconseja hacer 2 minutos porque la tablet de los agentes a veces no reconoce un minuto de conducción), estacionan de nuevo, y mientras los pasajeros suben al autobús y se carga el equipaje (que no debería hacerlo el conductor si el tacógrafo está en posición de cama, porque entonces no está descansando y pueden denunciarlo por mal uso del selector de actividades), hacen 15 minutos de pausa y salen a la hora estipulada, de manera que cuando llegan al límite de la conducción ininterrumpida, sólo tienen que hacer 30′ de pausa para poder continuar conduciendo.
Si denuncian por hacer la pausa antes de una hora, se recurre y se gana. Eso sí, el primer periodo de conducción antes de hacer la pausa de 15′, que la PDA o tablet del agente lo reconozca, por eso se recomienda hacer una conducción de al menos dos minutos. De todas formas, si en el tacógrafo queda registrado ese minuto de conducción, ya se puede hacer la pausa de 15′, aunque en la PDA no conste, y si denuncian se recurre aportando el registro del tacógrafo.
He habycon un par de agentes y me han comentado que ya estan empezando a denuncypor ello, yo por si acaso, si no he conducido una hora no hago el descanso de 15 min. por que la sanción puede conllevar la perdida de 2 puntos por exceder 50%.
Cada uno que lo haga como vea conveniente.
Gracias
Eso no está establecido en ninguna normativa que afecte a los tiempos de conducción y descanso; no hay obligación de hacer una hora de conducción para hacer la pausa de 15 minutos; si denuncian por eso, está mal denunciado.
Por exceder los tiempos de conducción en más de un 50 % nos detraerán 6 puntos, pero no es ese el caso que estamos tratando.
Yo no me arriesgo, y como he comentado antes , he hablado con un par de agentes y me han dicho que ya están denunciando por ello, y son 6 puntos. Otra cosa es haya algunos agentes que denuncien por ello y otros no. Y en caso de accidente ya me gustaría ver como actuan.
Yo como he dicho no me arriesgo, y cada uno que lo haga como crea oportuno.
Jose Maria que los Agentes denuncien, no quiere decir que el instructor, valla a multar.
Una cosa es denunciar y otra es multar.
Los Agentes de tráfico las únicas mutas que pueden imponer, son las de Seguridad Vial
La pregunta, bajo mi punto de vista es… ¿Porqué no está regulado en el decreto dicho asunto? Las empresas juegan con esos primeros 15 minutos, que como bien he leido, se mueve el vehiculo unos segundos, y ya se puede realizar la primera pausa, para poder realizar las expediciones ¨holgadamente¨mermando la seguridad del conductor y la de los viajeros, ya que, las pausas son para el reposo y descanso del conductor. El resultado es, que el conductor al final de la jornada, solo ha hecho una pausa REAL de 30 minutos. ¿Donde están ahora esos 45 minutos de ¨pausa¨? La pregunta es para los legisladores…
Buenas noches. Tengo una duda. Cuantos días a la semana se puede hacer un descanso fraccionado ? Es decir de un descanso de 3 horas y después otro de 9h ininterrumpidamente. Ese tipo de descanso “ fraccionado” cuantas veces se puede hacer a la semana ? Gracias de antemano
Hace poco hice el Cap y no pone que hay un límite, solo dice que uno de tres más nueve equivale a uno de once por lo que entiendo que puedes hacer los que quieras. Espero no liarte q estos temas a veces parecen sencillos y luego puedo estar equivocado.
Un saludo
Gracias por la aclaración. De ese modo se pueden hacer tantos como quieran …..
Las seis Jornadas de la semana.
En un periodo de 2 semanas consecutivas, ¿Cuántos tiempos de descanso diario reducido se podrán hacer? ¿Estos podrán ser intercalados o podrán ser consecutivos?
puedes hacer tres descansos reducidos a la semana (9 horas) y dos de once, intercalados o consecutivos. Intenta hacer al principio de semana los de once por si se te complica la semana. Espero haberte ayudado, saludos
Podrás hacer uno o dos, la diferencia es que si haces dos descansos consecutivos reducidos a, la tercera semana tendrás que recuperar.
Si haces una semana un descanso reducido y otra un descanso semanal normal, no tendrás por que recuperar nada a la tercera semana.
En una semana condución lunes, jueves y domingo, resto de días de descaso
Siguiente semana, conducion de lunes a sábado, descanso domingo
Y siguiente semana, de lunes a viernes. y 4 días de descanso
Todo ello con sus correspondientes descansos diarios
¿Está bien?
Yo soy nuevo, pero creo que no.
Entre la primera y segunda semana no cumple 24 horas de un descanso reducido (entiendo que el domingo conduce una jornada habitual). Entre la segunda y la tercera no se cumple con un descanso normal (que es lo que toca después de un reducido), y ya el tercer descanso, da igual que sea largo si los otros no cumplen.
Buenos días,
Soy nuevo en este mundo del transporte, y conforme voy viendo cosas me asaltan algunas dudas.
La primera es:
En una jornada de trabajo, se suman las horas de conducción y de trabajo para hacer la pausa de 45 minutos?
o puedo conducir 4:30 y hacer una hora de trabajos y después la pausa?
Gracias a todos.
No, después de 4:30 tienes que hacer 45 de descanso.
Es decir, entre conducción y trabajos lo máximo que puedo sumar de un tirón es 4:30?
No, tienes 15 horas de disponibilidad, dentro de esas 15 horas, 9 de conducción, cada 4:30 h 45 minutos de descanso, y lo correcto es que hagas los 45 minutos de descanso y después lo pongas en otros trabajos.
Para el caso, que tengo una ruta de 4:30 de conducción y una hora de carga tengo la duda, me da igual poner la pausa antes o después de cargar.
Opción 4:30 (conducción ida) + 0:45 (pausa) + 1:00 (otros trabajos-carga) + 4:30 (conducción vuelta)
Esto es legal?
Hola compis si yo conduzco 8 horas de lunes a viernes y 5 horas el sábado total 45 horas a la semana descansando todos los días un mínimo de 11 horas
Mi pregunta es lo puedo acer durante 4 semanas
mientras hagas 45horas de descasnso semanal cada semana, y tus descansos de 11horas diarios, no te pases tampoco de las 90 bisemanales, por mi corta experiencia y conocimientos creo que no tendras problema
hola compañeros alguien me puede decir si abri tacografo y conduzco 30 min y en obra para el camion y en obra se mueve en diferentes momentos entre intervalos de 2h y 1h. y me voy a casa a la 1 de la tarde y entro a las 19:00h.
podria volver a hacer el tacografo o deveria esperar asta la 22:00 x las 9h de descanso.
un saludo.
Tienes 15 horas de disponibilidad
Dentro de esas 15 horas 9 de conduccion y 2 dias a la semana 10 horas
Los descansos diarios de 11 horas excepto 3 dias a la semana que puede ser de 9 horas. También pueden ser de 9 horas si dentro de la disponibilidad haces 3 horas de descanso consecutivas.
Buenos días. Mi duda es la siguiente. Soy repartidor y tengo la duda de horas de disponibilidad diaria, ya que empiezo a las 7:00 horas y termino sobre las 21:00 horas. Aunque solo hago unas tres horas de conducción al día. Gracias.
Hola, tienes 15 horas de disponibilidad, si empiezas a las 7 puedes acabar a las 22 horas sin problemas
Muchas gracias, compañero y buena ruta !!!
Hola,las 15 horas las tiene solo 2 veses a la semana,las otras tres tiene 13 horas de disponibilidad.Un saludo Adrián
Perdón,es arevers,3 de 15 y 2 de 13.Me he equivocado yo.
Y si paso de 15 horas de disponibilidad,que oasaria?
Hola mi pregunta es no me paso de 8 de conducción pero tengo que hacer la descarga que son 5 y aveces me lo descarga ellos pero siempre se demoran 1 a 1:20 minutos como algo el descanso lo dejo en martillo asta completar las 4 horas de conducción por que no se cuenta el martillo?
Buenas noches , tengo que reducir el descanso dos fines de semana seguidos de 45 horas …
Que sanción tengo si el pasado hice 33 horas y este haría 40 horas ….
Gracias
Hola si hago descanso reducido de 36 horas .cuantas horas tengo que recuperar antes de se finaliza la tercera semana .es 9 horas o 21.gracias.
Buenas noches
Pregunta rápida y concreta
Si arrancó el domingo a las 11:00H HASTA cuando puedo conducir?
1- Hasta el viernes cuando se acabe mi jornada
2-Hasta el sábado a las 11:00H
Gracias
hola
antes de terminar la sexta jornada de conducción debe empezar el descanso semanal por lo que entiendo que debes acabar el viernes.
Buenas soy repartidor autonomo de congelados por los pueblos.paro cada 5m. Si no llego a las 4 .5 h de conducion diarias: me hace falta hacer los dencansos de 15 y 30m o me vale con la hora de la comida
En principio con la hora de comida te sobra, puedes hacer 1 descanso de 45 minutos siempre y cuando no pases de 4:30 de conducción
Hola Buenos días,
Alguien que pudiera aclararme un par de dudas, por favor.
Normalmente conduzco un minibus, en lo cual hay semanas que hago jornadas de 13, 14 horas, en las conduzco de 3 a 5 horas exagerando, y mas una hora de otros trabajos. El resto de horas me gasto esperando al grupo de pasajeros para llevarlos de vuelta. Eso si, entre estas largas jornadas normalmente cumplo con las 11 horas de descanso entre jornadas, las 45 de descanso semanal. En la semana me paso de 60 horas, pero de conducción no llego ni a 30 horas. es esto legal?
Y por otro lado en la época de clases hago solo transporte escolar y la ruta es menos de 50 km. Empiezo a las 6:am hasta las 9:30 am, tengo un break de 7 horas hasta las 5 pm y termino mi jornada a las 8pm, me quedan solo 10 horas de descanso hasta la siguiente jornada. legalmente puedo hacer esto 3 veces a la semana. Podría alguien aclárame esta duda, sobre si es legal completar la semana con este horario?
Gracias, un saludo!!
Buenas si no me quedan descansos de 9h y tengo que hacer 11h pero en la jornada meto uno de 3h para luego hacer uno de 9h ¿tengo las 15h de disponibilidad?? O tengo solo 13 al no quedarme descanso de 9h
Buenos días Carmelo,
Si realizas un descanso diario normal fraccionado de 3 más 9 horas, éste debe realizarse en las 24 horas siguientes al final de un período de descanso diario o semanal anterior, por lo tanto te quedan 13 horas disponibles para realizar otras tareas o actividades (conducción, otros trabajos, etc).
Un saludo.
tengo un par de dudas,
*se podria cunducir 10h (digamos 4h conduccion, 45min pausa, 4h conduccion 45min pausa 2h conduccion) hacer descanso de 9h volver a conducir 10h y descansar 9h.
* habitualmente cuando introduczco la tarjeta despues de mi descanso en casa, le marco entrada adicional si y le pongo las horas de diferencia de en descanso, deberia ponerle en vez de entrada adicional el fin de turno?
Buenas tardes,
En general trabajo de 12-15 horas. Pero nunca excedo los tiempos de conduccion porque hago trayectos muy cortos, y estoy mucho tiempo esperando que me descarguen o cargen la mercancia, o que me den una orden nueva. Por lo tanto mi duda es: se contempla de alguna.manera poder exceder las 15 horas de disponibilidad sin exceder las 9 de conducción?que cosas en concreto engloba el tiempo de disponibilidad?. Muchas gracias. Un saludo
Teniendo en cuenta que el día tiene 24h, 15 de disponibilidad(conducción+pausas+otros trabajos) solo te queda el descanso diario reducido de 9 horas
Buenas tardes,
Mi pregunta es sobre la disponibilidad, no me queda claro que engloba el tiempo de disponibilidad.
Por lo general, hago transportes cortos, no mas de 45 min, pero estoy mucho tiempo esperando a que me carguen y luego descargar, o esperando a que me digan a donde debo ir, nunca hago 9 horas de conduccion.Por lo tanto, podria exceder en algún caso el tiempo de disponibilidad de 15 horas? Esta contemplado de alguna manera poder exceder las 15 horas de disponibilidad? Muchas gracias. Un saludo
Hola, tú tienes de disponibilidad 3 dias a la semana, que son los que haces 9 horas de descanso.
El resto de los dias son 13 horas de disponibilidad.
El otro dia he conducido 4h y media y he parado 45 min,y he vuelto a conducir 4h y media y hice el descanso de 9 horas directamente lo hago bien ,pero tambien el problema he pasado de tiempo de disponibilidad 17 horas lo hago bien o no
Buenas una duda, en conducción en equipo las jornadas se miden en periodos de 30 horas, pero el descanso es de nueve horas mínimo todos los días o solo tres días y los demás de 11 horas?, y cuando tenemos que parar para hacer el descanso semanal después de 144 horas?
Hola Javier,
En conducción en equipo el descanso diario puede ser de 9 horas todos los días (no se aplica el límite de 3 como en la construcción individual). En cuanto al descanso semanal, éste debe comenzar antes de que hayan transcurrido 144 horas (6×24 horas) desde el final del anterior período de descanso semanal elegible.
Un saludo.
Buenas,soy supernuevo….¿cuando puedo empezar a contar mi conducción semanal?….si un jueves(24 horas) no trabajo?puedo contarlo como descanso semanal reducido?…empezaría el viernes como primer día de jornada?
Buenos días, tengo una duda con el descanso semanal:
Si un fin de semana hago 36 horas, antes del fin de semana siguiente hago otro de 24 horas, ¿el segundo fin de semana tengo que hacer 45 horas sí o sí? ¿o puedo volver a hacer 36 horas y recuperar durante la semana siguiente las 9 horas que me faltan?
Muchas gracias de antemano, saludos.
Tienes que hacer 45 si o si,las 9 ya están recuperadas.
Hola tengo una duda. Los tiempos de descanso semanal se pueden hacer sumando las horas de descanso hechas en ferry?
Hola compañeros mi pregunta es cuantos camiones distintos se puede conducir en el transcurso de una jornada
Hola me gustaria saber si en 5 jornadas de lunes a viernes los descanso son tres jornadas de 9 horas y dos de 11
Buenas tardes Loli,
Sí, pueden ser. Los descansos diarios pueden ser normales de 11 horas o normales fraccionados de 3 más 9 horas, o reducidos de 9 horas. Como máximo, puede haber 3 períodos de descanso diario reducido entre dos descansos semanales.
Un saludo.
Hola
Gracias por vuestras ayudas
Quiero saber por favor la conducción del la noche del domingo y la mañana del lunes se entra con la semana anterior o posterior
Tengo saber si puedo conducir 10 horas 4 dias consecutivos el sabado y el domingo y se empieza semana nueva a las 1 del lunes
Gracias
Sí, puedes conducir los cuatro días seguidos por que hay 2 días en cada semana (lunes a domingo), saludos
Hola buenos días, tengo una duda sobre la disponibilidad diaria de la jornada laboral del tacografo. Quisiera saber si hay diferencia en hacer plaza o hacer carretera y si eso influye para hacer los descansos dentro de las 24 horas del disco. Me explico: yo arranco a las 6 de la mañana, pero mis rutas no son de más de 3 horas de conducción y en total no hago más 4 en total. Tengo la obligación de hacer el descanso obligatorio dentro de las 24 horas? Gracias y saludos.
Siempre
Hola,saludos.
A ver si me podéis ayudar sobre una duda que tengo.
Donde se registra el descanso semanal,os pongo un ejemplo para que se entienda mejor.Hago la conducción y llega el momento de hacer el descanso semanal,debo poner un disco en el tacógrafo marcando descanso las 24h y el día siguiente hacer lo mismo.Ó cómo sería.
Saludos.
Buenos días, Mi consulta viene en relación a las exenciones del uso del tatógrafo. Según el reglamento, un profesional de la actividad agrícola que transporte mercancías privadas de su explotación agrícola, dentro de un radio de 100 kilómetros, no tiene por qué utilizar el tacógrafo. Bien, si este agricultor NUNCA sale de ese radio y SIEMPRE lleva mercancías privadas de su actividad y explotación agrícola, ¿tiene la obligación de pasar la revisión del tacógrafo cada dos años?
Hola Sergio,
Según el artículo 3 del Real Decreto 640/2007, la excepción del uso e instalación del tacógrafo para ciertos tipos de transportes no afecta “… al cumplimiento de las obligaciones señaladas en la reglamentación vigente en materia de instalación y revisión periódica del tacógrafo en el caso de los vehículos que se encuentren obligados a instalar y utilizar dispositivos de limitación de velocidad…”.
Un saludo.
Hola,me gustaria saber como puedo hacer para q me cuente el descanso diario de 9 horas desde q pare, ya q me se olbido sacar la tarjeta… Gracias
Hola, me gustaría saber las sanciones por no cumplir los descansos semanales, se trabajan 6 días y desde que paras el camión hasta que vuelves a andar pasan 33 horas, así todas las semanas, trabajaba para una empresa que es la que ponía los horarios y la que tiene la tarjeta de transporte, ¿la sanción es para el conductor o para el empresario o para los dos? ¿y si revisan los discos anteriores las sanciones serán muy superiores? Gracias
Buenos días Bernardo,
La sanción es solo para la empresa titular de la tarjeta. En carretera, sólo pueden mirar los últimos 28 días y la Consejería de Transporte, Ministerio de Fomento, etc. puede inspeccionar hasta un año, pero normalmente solo requieren para inspeccionar un mes. Está claro que si nunca realizas el descanso semanal normal estás cometiendo una infracción y la multa va en función de las horas reducidas; en principio serían unos 1.000€.
Un saludo.
Hola tengo una duda.llevo 6meses en una empresa de transportes la cual.hacemos un descanso. Semanal del 45 y otro d 24
Pero nunca recuperamos la d 24.eso es legal
Y para kien recaerá esa multa.
Buenos días Juan José,
Los descansos semanales reducidos se deben recuperar antes de finalizar la tercera semana siguiente a la semana de que se trate. Si no se recuperan las horas reducidas se está cometiendo una infracción por la que responde la empresa, titular de la tarjeta de transporte.
Un saludo.
si se trabaja desde el lunes y se para el sabado a las 12:00 horas,¿ el domingo se puede comenzar a trabajar desde las 12:00 haciendo descanso reducido ??
Buenas tardes Miguel,
Sí, puedes empezar el domingo. La semana de trabajo no se debe confundir con la semana fija (L 00:00 – D 24:00), ésta puede ser de duración variable (hasta un máximo de 6 x 24 horas) y comienza cuando se completa un período de descanso semanal preceptivo.
Un saludo.
buenas.
trabajo de lunes a viernes de 8h a18.30h. y sabado de 8h a 13h. no llego a conducir ni 5h al dia por ser de carga y descarga por fabrica aunque salgo por carretera. descanso 43h el fin de semana. ¿esas 2h se recuperan el lunes en el descanso diario? ya que descanso 13 h al dia entre semana?
Hola Vicent,
El descanso semanal normal debe tener al menos 45 horas ininterrumpidas, y en cada dos semanas consecutivas debe haber por lo menos un descanso semanal normal. Si siempre descansas 43 horas estás realizando siempre descansos reducidos y no estaría correcto (infracción por reducción del descanso semanal). La recuperación de las 2 horas reducidas la puedes hacer el lunes, junto con el descanso diario, pero esa recuperación te valdría solo para un fin de semana, el otro debe ser descanso normal.
Un saludo.
Buenas tardes,
Es correcto lo siguiente??: hago descanso diario de 9 horas . Conduzco otras 6 consecutivas con su descanso correspondiente. Luego vuelvo a hacer descanso diario de 11 horas. Ahora tengo toda la disponibilidad….
Buenos días, tras mover el autobús en el aparcamiento pongo descanso de 15 min, luego tras hora y media conduciendo hago descanso de 35 minutos y luego conducción de 2 horas 45 min, esto es sancionable?
Hola.quero preguntar cuando se va cambiar la ley de conducción i descanso y en que consistirá este cambio?
a ver si me podéis aclarar un poco , pues creo que me estoy pasando bastante: mi jornada suele empezar sobre las 7;30 am y aunque no tengo mucho tiempo de conducion pues me dedico a llevar maquinaria pesada y tengo que esperar a que terminen, suelo hacer dos o tres servicios al día, pero el problema es que todos los días suelo terminar alrededor de las 23 pm y los sábados trabajo las mismas horas, como lo veis vosotros por que hay algún domingo que hay que mover la maquinaria para que el equipo empiece el lunes a primera hora creéis que se esta haciendo mal.
necesito información porque se lo he comunicado a la empresa y me dicen que ellos no se van hacer cargo de las multas por exceso de horario.
Buenos días
Si todos los días empiezas a las 7:30 AM
Tres días podrás parar a las 10:30 PM
Y otros tres podrás parar a las 8:30 PM
A no ser que estés más de 3 horas
Consecutivas parado
que sería 9+3
Que te valdría como descanso fraccionado
Pero eso si
Si empiezas a las 7:30 AM
En ningún caso puedes terminar
A las 11:30 PM
Buenas tardes,tengo una duda con respecto a la disponibilidad. Si un conductor realiza un descanso de 11 horas, la disponibilidad del día siguiente son 15 o 13 horas?
Buenas
Para saber la disponibilidad
No depende del descanso
Si no de la hora de inicio de la jornada
Si empiezo la jornada a las 8:00 AM
El descanso normal de 11 horas
Me permite trabajar 13
Entonces podría trabajar asta las 9:00 PM
Si deseo hacer un descanso reducido
me permite 15 horas
empiezo a las 8:00 AM
Pues podré trabajar asta las 11:00 PM
Por ejemplo:
Si yo empiezo a las 8:00 AM y termino 9:25
Da igual que descanse 11:30
Eso se considera un descanso reducido
Por lo tanto la disponibilidad
No la marca el descanso realizado
Si no al contrario
La disponibilidad utilizada en la jornada
Es la que marca el descanso a realizar
Tengo una duda.
Si un dia se realiza un descanso de 11 horas, al día siguiente, ¿puedo disponer de 15 horas de disponibidad?. voy con ejemplo práctico: conductor arranca a las 7 de la mañana después de 11 horas de descanso, va cargado. A las 10h. A.M llega al lugar de la descarga, pero le hacen esperar 10 horas en la descarga, la termina a las 20h A.M. Como el chofer todavía tiene tiempo de conducción, y carga a la mañana del día siguiente un poco lejos, conduce 2 horas más. Para a las 22:00. ¿ Sería correcto?.
Y otra pregunta relacionada con la anterior, ¿ que respuesta sería la correcta, si venimos de un descanso reducido de 9 horas?. Muchísimas gracias
Digamos que mi empresa desde hace un mes y algo me tiene 4 semanas, pasándose de horas bisemanales y posiblemente caiga una 5 semana, escusa de que no tienen gente y haciendo los descansos justos de 24 una semana y 45 la siguiente, mi pregunta es ¿hasta cuánto ascendería la receta si me paran?
Hola Anónimo,
De la sanción es responsable la empresa y puede variar según las horas superadas / disminuidas del descanso. Para saber los importes, puede dirigirse al artículo “Sanciones tiempos de conducción y descanso” (puede utilizar la lupa situada en la esquina derecha para ubicar el artículo con rapidez).
Saludos.
Tengo una pregunta que no me puedo aclarar desde hace tiempo. Y os voy a preguntar.
Si un chofer es de Bulgaria, sale con su coche propio el dia 20.09.2017, (con los respectivos documentos de su actividad), se sube al camión el 22.09.2017 en otro país mete la tarjeta de tacógrafo y arranca sin hacer pausa previa.
¿Sabéis si antes de arrancar después de hacer vacaciones y aunque tenga los documentos puestos que empieza el 22.09, tiene que hacer una pausa previa de al menos 9 horas, para justificar que no ha conducido otro vehiculo antes (su coche) y empieza a trabajar sin descanso?
Si salgo un domingo, por ejemplo a las 10 de la mañana, ¿cuándo, como muy tarde, debo empezar otro descanso de 45horas?
Planteo que he podido tener uno o varios descansos de 24h y alguno de ellos pueden servir como descanso semanal reducido.
La duda es, ¿debo empezarlo el segundo sábado a las 10:00 de la mañana como muy tarde?
¿El segundo viernes a las 10:00?
¿Justo el segundo domingo a las 10:00?
Buenas tardes mi pregunta es, tengo descansado el lunes 4 y además domingo 10 y lunes 11 (previamente descanse 1 y 2). Lo de este domingo y lunes cuenta como descanso semanal? Y otra…sino cuenta como descanso tendría que hacerlo hoy sábado y mañana domingo el descanso semanal?? Gracias
Hola tengo una duda. Si empiezo a conducir un domingo ala 17:00 puedo conducir el sábado hasta las 17:00? Gracias un salido.
Una duda…. si en la semana de trabajo e echo los 3 descansos reducidos, el último día de la semana puedo alargar la disponibilidad a 15 horas si voy a hacer el descanso semanal? O al alargar esa disponibilidad me contaría cómo otro reducido aunque fuese para hacer 45h
Hola. Si empiezo la semana de trabajo el viernes a las 22h despues de hacer la pausa semanal de 45h….trabajo hasta las 8h de la mañana del sabado y tengo que hacer 24h de pausa. Arranco el domingo a las 8h de la mañana. Puedo conducir hasta el sabado a las 8h? Mi pregunta es: Me sirve de algo la pausa de 24h despues de una jornada de trabajo?
mi descanso semanal es de 36 horas me pueden multar si me paran . Como debo hacer el descanso que me queda´´gracias
Hola tengo una duda soy nuevo en eso.tego la duda en el descanso diario es desir no se si empieso las 8:00 tengo que tener el descanso dentro de estos 24 oras es decis que el dia del 8:00 al dia sighente a las 8:00 de la mañana en estas horas tengo que tener el descanso echo tambien o que no pase 24 horas para empesar el descanso.ayudarme porfavor que estoy liado en esto
Es sencillo te explico tu normalmente tienes 15 horas de disponibilidas dentro de ellas 9 horas de conducion o salvo dos dias 10 horas entonces si le haces las 15 horas de disponibilidad sin hacerle 3 horas de descanso tu descanso tiene que ser de 9 horas ahora bien si tienes que hacer los descansos de 11 horas solo tienes 13 horas de diponibilidad. Un dia tiene 24 horas dentro de esas 24h tu tienes que repartir 15horas de trabajo por asi decirlo y 9 de descanso o bien 13 de trabajo y 11 de descanso
Buenos días si has empezado tu jornada a las 8:00 tendras que parar obligatoriamente a las 23:00 si tienes que hacer una pausa reducida(9h).y si tienes que hacer una pausa normal(11h) tendrás que parar obligatoriamente a las 21:00.es decir dentro de las 24h da igual lo que has conducido gracias
Buenos días, conduzco 3 horas y paro 10 horas y después conduzco otras 3 horas, cómo debo hacerlo con el tacógrafo digital?
Hola,tengo una duda respecto a la conducción en equipo, se dice que el descanso semanal se debe realizar como máximo tras 6 periodos de conducción seguidos,pero en conduccion en equipo, esos periodos pueden llegar a ser hasta de 30 horas seguidas,es decir,si multiplicamos 30×6=180 horas,lo q equivale a 7,5 días de 24 horas,entonces mi duda es ¿se podría entonces realizar el descanso semanal después de los 7,5 días? Gracias.
Noooo.
Tienes que respetar el descanso semanal.
Si empiezas el lunes a las 8:00
Antes del domingo a las 8:00
Tienes que tener el descanso
Correspondiente
O el domingo empezarlo
Un saludo
Buenas noches e comenzado la jornada con 4h 36 min seguidos sin parar y he parado solamente 26 min por tema de embarque e vuelto a conducir 2 minutos y Seguidamente 18 minutos de martillos a que sanción me enfrento muchas gracias por su atención
hola buenas una pregunta descanse dos dias trabaje seis y luego descanse 36 horas trabaje un dia y luego otro descanso de mas de 36 horas si llegar a 45 cuantas jornadas podria trabajar ahora
Hola buenas tardes llevo en la actualidad cuatro camiones con diferentes tacografos, empiezo normanlmente a las 7:30 de la mañana y auque de conducion no tengo realmente mucho tengo muchas horas, pues llevo una gondola con maquinaria, llevo un camion de riego una cisterna y una bañera intercambio en lo largo de dia varias veces pero mi problema es que no se suele terminar desde esa hora nunca antes de las 22 horas y trabajo tambien los sabados, me podeis orientar un poco.
Contrata a mas conductores
En el discrecional se puede trabajar 12 dias seguidos sin descansar y despues tomar un descanso de 72 horas haciendo un circuito por Europa. Y las 72 horas no se descansan en la base si no en un hotel.
Hola, conduzco un autobus, 40 minutos por la mañana y 40 minutos por la tarde noche, haciendo el descanso de 11 horas,
Que descando semanal tengo que hacer??
¿Si llevo el camión en la grúa porque averió, qué debo hacer, sacar la tarjeta o poner el tacógrafo en disponibilidad?
jose m.a.
Mi pregunta es, si conduzco con tacógrafo digital 4 horas un día en dos semanas, luego con tacógrafo analógico días salteados a la semana, esos días que quedan sueltos trabajando en obra, los hay que demostrar en algún lado como otros trabajos aunque no pase de 72 horas?
gracias
Hola José Manuel,
Sí, debes registrar cualquier otra actividad que no sea descanso cuando no se haya conducido un vehículo con tacógrafo. Los registros deben ser manuales (entrada manual) en caso de tacógrafo digital, o deben ser anotaciones manuales, automáticas, etc. en caso de tacógrafo analógico. Estos registros manuales también pueden ser sustituidos por un certificado de actividades.
Un saludo.
si arranque a las 10.40 la mañana y hice 8 horas d conducción,terminó a las 0.25….a que hora puedo empezar d nuevo a conducir…
Hola Marcelo,
Puedes comenzar a partir de las 09:25 si no has realizado más de 3 descansos diarios reducidos en la semana.
Un saludo.
El primer ejemplo está mal y crea confusión, porque no especifica que se haya hecho el descanso antes de la tercera semana con un descanso normal, reducido o semanal normal. Si yo hago un descanso semanal reducido de 24h. Luego en la segunda semana uno de normal de 45h. Antes de que finalice la tercera semana he de hacer 21h.más junto con un descanso diario reducido de 9h. O normal de 11h. O semanal de 45h. Esto la mayoría de empresarios se lo saltan a la torera, menos mal que la Guardia Civil no es tonta. Esperamos que no nos exploten más las empresas.
Hola Alí Godoy,
Está bastante bien explicado en el punto II.2)
La infografía es un apoyo a la lectura y hace referencia solo a una semana en curso.
Un saludo.
Me gustaría resolver esta duda: ¿Es legalmente correcto este planteamiento?
– comienzo la conducción a las 8h.
– a las 12’20h, hago un descanso de 15 minutos, reanudando la conducción a las 12’35h.
– conduzco durante 10 minutos, y a las 12’45h descanso otros 30 minutos.
¿Es esto legal?
Gracias y un saludo.
Hola mi duda es, si hago un descanso superior a 9 horas sin cerrar jornada eso es válido para empezar otra jornada?
Yo entiendo que no pero tengo dudas, gracias.
El tacógrafo digital funciona igual que el disco, no debes de pasarte de las 24h. que tendria un disco. Se entiende que estás haciendo el descanso en el camión. Pero si te pasas de las 24h. Entonces es cuando pueden poner una posible sanción.
Una duda, cuantos minutos minimos, de conduccion, se necesitan, para q los primeros 15 minutos de descanso fraccionado, sean validos
Se dice que se quiere reducir el tiempo de disponibilidad de 15 horas a 12 horas, hoy en día las empresas se aprovechan mucho del transportista, en muchos trabajos se empieza a las 6:00 y se termina a las 20:00, 21:00, se sabe algo?
Hola me puede obligar la empresa trabajar más de 40 horas semanales incluyendo horas de conducción, disponibilidad y martillo que son otros trabajos, según mi contrato laboral son de 40 horas semanales y sobre descanso semanal nos dice que tenemos que estar un descanso semanal fuera y otro en casa. Gracias
Hola buenos días he trabajado de miércoles a sábado hasta las 14.00 e echo un descanso de 40 horas y esta semana e empezado el lunes podría trabajar el sábado
Buenos días Jairo,
Como la semana anterior has realizado un descanso semanal reducido, esta semana te toca un descanso normal (de al menos 45 horas).
Un saludo.
Hola soy Alexandra , quisiera saber porque mi tacógrafo me pone que puedo conducir 2.49 horas después de haber hecho 27 horas de descanso continuo y los tres fines de semana anteriores los descansos fueron 57h , 45 h y 76h , o es que tengo que esperar el cambio de hora UTC para nueva jornada?
Porque no has puesto el tacógrafo en descanso y seguramente estaba la targeta dentro.
Hola soi conductor de autocar, mi pregunta es si yo cojo 15 días de vacaciones q empiezan un sábado, me corresponde el descanso semanal???
Tengo una pregunta sobre el tacógrafo digital.
Conduzco un mini bus y hay veces que no uso el tacógrafo debido a que realizo rutas cortas.
La cuestión: que hoy he salido a las 9:50 aproximadamente y se me olvidó poner la tarjeta, y la he puesto cuando me he acordado, que ha sido a las 10:22. Mi pregunta es: si no me ha parado la policia ni nada… Se pueden dar cuenta de que lo he activado tarde y me pueden sancionar? Agradecería que me contestaran porfavor. Muchas gracias.
En cuanto te paren para hacerte un control,se darán cuenta,porque todos los datos salen en su ordenador,y te preguntarán que quién ha conducido esa media hora.
Hola. Las conducciones sin tarjeta son infracción si superan 15 minutos.
Buenas tardes
Se puede conducir más de 9 h dos días consecutivos ??
Gracias
Buenos días Josu,
Se puede conducir 10 horas diarias dos veces en una semana (días consecutivas o no).
Un saludo.
Si se puede sin problema
Tu puedes conducir 10h, hasta 4 dias consecutivos, siempre no sean de la misma semana, sabado, domingo, lunes y martes.
Hola mi nombre es Enrique y quisiera que me respondiera a una duda. Trabajo durante los tres primeros dias de la semana 15 horas aunque de conduccion tengo seis o siete y los otros tres trabajo durante 13 horas, hacemos eso para que quepan las 9 horas de descanso minimo diario los tres primeros dias y el resto para que quepan las 11 horas de descanso. Quisiera saber si eso es legal hacerlo siempre o hay un computo anual en lo que se refiere a las horas de trabajo. Porque hablamos de trabajar 84 horas semanales. Muchas gracias un saludo.
Hola Enrique,
Tenemos un artículo titulado “Tiempo de trabajo efectivo y tiempo de presencia” en el cual viene explicado los tiempos máximos de trabajo diarios y semanales y los conceptos que se deben tener en cuenta para calcular la jornada de trabajo.
(puedes utilizar la lupa para realizar una búsqueda rápida)
Un saludo.
Buenas tardes, se puede trabajar 6 días dos semanas seguidas? O si tú una semana trabajas 6 días la siguiente semana como tiene que ser. Muchas gracias
Puedes conducir seis dias siempre y cuando no superes 56horas en esa semana,pero a la siguiente solo podrias conducir 34.
Es decir No puedes superar 90horas en dos semanas y tienes que meter minimo un descanso de 45h.
Tambien podrias hacer un descanso reducido de 24,pero tendrias que recuperarlo a la tercera semana.
En el último día de trabajo semanal antes de hacer el descanso reducido de 24 horas puedo meterme en la disponibilidad o la tengo que respetar igualmente
Hola Fernando,
Por favor, busca con la ayuda de la lupa, el artículo “Tiempo de trabajo efectivo y tiempo de presencia” para entender el concepto de Disponibilidad.
Un saludo.
Todos sabemos que cuando un camión vuelve a base, es el camión el que regresa a casa y el conductor, donde vive? porque descansar en la base de la empresa cuando tu casa está a 800 km de distancia, no es descanso, o es un descanso igual que el que puedas hacer en cualquier otro punto en ruta. Además, cuando vuelves a base decidme por favor, quien deja el camión y se va para casa? hay que hacer ciertas reparaciones, cambiar neumáticos y arreglar papeles, donde está el descanso del conductor? y a todo eso, añadir que llegas a casa un viernes noche con mucha suerte y el domingo por la tarde ya estas en marcha para estar el lunes a primera hora en el punto de carga o descarga.
Muy bueno el artículo. Un abrazo.
Hola! Soy repartidor y muchas jornadas paso 12 horas con el disco puesto, pero claro horas de conducción real serán 4 o 5, mi pregunta es que si se comete alguna infracción por eso y muchos días acabo a las 9 de la noche y vuelvo a meter el disco a las 7 de la mñn eso es legal no?
No puedes superar las 11horas,da igual que conduzcas o no,una vez metes el disco o tarjeta tienes un maximo de 10de conduccion mas 45 de pausa.
El tiempo de conduccion es lo de menos,para la guardia civil,tu jornada no puede exceder de 11h
Y si vas a conducir 10htienes que hacer dos pausas 4h,30+45pausa4h.30pausa+1h
Hola,
Si realizamos 3 o 4 días trabajado y descanso de 24 horas, y la siguiente semana 3 o 4 días trabajado y 24 horas de descanso. No es válido hacer 24 horas cada 3 o 4 días de trabajo al no haber hecho las 6 jornadas de trabajo?? Es obligatorio sin haber trabajado ninguna semana las 6 jornadas hacer 45 horas??
Buenas tardes José,
Es obligatorio tomar, en el transcurso de dos semanas consecutivas, dos períodos de descanso semanal normal, o un período de descanso semanal normal y un período de descanso semanal reducido de al menos 24 horas.
El descanso semanal se debe tomar como muy tarde antes de transcurrir 6 períodos de 24 horas desde el último descanso semanal realizado.
Es indiferente si solo se realizan 3 o 4 días/períodos de actividad, el descanso hay que hacerlo como mínimo por el tiempo antes mencionado.
Un saludo.
Hola, buenas tardes… mi nombre es Dani… y tengo una pregunta: cuántas veces al mes… o al día… puedo sacar la tarjeta de tacógrafo mía desde el tacógrafo digital del camión para descargarlo a un aparato que está cerca del surtidor de gasoil… donde estoy llenando los depósitos de gasoil del camión antes de salir de viaje? La empresa me lo pide por lo menos 2 veces a la semana, es legal? muchas gracias.
Buenas tardes Dani,
Por ley hay que descargar la tarjeta del conductor cada 28 días. Ahora, si la empresa en la que trabajas te lo pide más a menudo, es algo normal ya que ellos son los responsables de tu conducción (sanciones).
Un saludo.
Hola buenas, me queda claro que en 4 horas y 30 minutos se debe hacer 45 minutos de pausa, y que se puede sustituir por 15 minutos y luego 30 minutos… pero, ¿existe un tiempo OBLIGATORIO para poder realizar esos primeros 15 minutos? o por el contrario, ¿solo con mover el vehículo ya se pueden realizar los primeros 15 minutos de pausa?. Muchas gracias.
Buenos días Alejandro,
No existe un tiempo obligatorio estipulado. Lo que la normativa dice es que las pausas fraccionadas se deben realizar intercaladas en el período de conducción.
Un saludo.
Con lo que entonces, las empresas juegan, y ya antes de salir haciendo la ruta, me piden que debo hacer 15 minutos de descanso, habiendo movido previamente 10 segundos el vehiculo ( solo debo de hacer luego 30) y tachan!! se “comen” el que podamos descansar en el servicio los 45 minutos… donde podriamos dirigirnos o a quienes, para que ese “vacio legal” y muchos otros dejen de existir?? Muchisimas gracias Buscador Trasportes!!
Hola, tengo costumbre de poner martillos mientras hago la carga, la descarga, repostaje y otros trabajos, como me enseñaron al obtener el carnet y el CAP, pero en mi nuevo trabajo me piden que no lo haga, que lo ponga en descanso para aprovechar mas el tiempo, ¿se puede o es falta y se sanciona? y en ese caso ¿quien paga la sanción?
Buenos días Albert,
Descanso significa cualquier período ininterrumpido durante el cual un conductor pueda disponer libremente de su tiempo… hecho que no es así cuando realizas cargas y descargas, repostaje, etc. Por las infracciones de la normativa de transporte responde la empresa, por lo tanto son ellos los que deben pagar la multa.
Un saludo.
hola en 5 jornadas es obligatorio hacer 2 pausas de 11
Buenas tardes Juan Luis,
Entre dos períodos de descanso semanales no se pueden tomar más de tres períodos de descanso diario reducido. Se entiende que todos los demás descansos diarios deben de ser normales (como mínimo de 3h +9h o 11h).
Un saludo.
Hola mi pregunta es:arranque a las 6:30.normalmente tengo que parar a las 9:30 .calcule mal y me pare hasta las 12:30 conduciendo solo 7 horas .echo muchas paradas para cargar .hay algua sancio a eso
Buenas tardes Mous,
Por no realizar la pausa de 45 minutos correctamente (aunque se hagan varias paradas, pero ninguna por el tiempo estimulado 45 minutos o 15 + 30), el tiempo excedido de las 4.30 horas de conducción será considerado como infracción por conducción ininterrumpida.
La multa puede ser entre 401 y 600 € por conducción superior a 5 e igual a 6 horas o de 1001 € por conducción superior a 6 e inferior o igual a 8 horas.
Un saludo.
Tenias que haber parado a las 19.30
Hola, si empiezo domingo a las 11 y conduzco hasta sábado las 9:30 todos los días de la semana, teniendo los descansos diarios hechos, sin pasar de 56 horas de conducción o de las 90 bisemanales. Y durante la semana sin tener un descanso de 24 horas. Se considera tener 7 jornadas..
Buenas tardes Luciano,
No. Según el ejemplo que estás dando, hay 6 jornadas (de 24 horas).
Un saludo.
Hola.
Mi pregunta es sobre el descanso fraccionado 3+9=12 VALE
Si yo realizo 3 descanso reducidos de 9 horas y el 4 y el 5 los realiza 3+9. En que computo de ¿DISPONIBILIDAD. ? 13 horas O 15 horas. Para que NO cuente como deacanso reducido.
Saludos
Hola Marian,
La disponibilidad no se computa como descanso. Cuando se realiza un descanso diario de 3h+9h, hablamos de un descanso diario normal (fraccionado).
“…13 horas O 15 horas…” no entendemos que quiere decir.
Un saludo.
Hola.
La jornada es de 24 horas. 13 diponibilidad mas 11 de pausa todo normal . 11+13=24. Si yo me voy a 15 horas de diponibilidad el descanso sera solo de 9 horas osea reducido.
Si yo hago 3 horas de dia y de noche realizo 9 horas de descanso. No se considera reducido ok. Pero en cuantas horas de disponibilidad 15 horas o 13 horas.
Hola de nuevo Marian,
Dentro de las 24 horas siguientes al último descanso realizado hay que volver hacer otro descanso diario (reducido o normal, según permita/corresponda).
Si con “disponibilidad” te refieres al tiempo que te queda para hacer otros trabajos, conducción, pausas…. dentro de esas 24 horas siguientes al ultimo descanso…, te quedarían 12 horas. No hay que calcularlo así.
Vamos a poner un ejemplo ficticio: si empiezas a conducir a las 08:00 de la mañana (después de un descanso diario) y realizas 5 horas de conducción con una pausa de 45 minutos (cuando corresponda) y seguidamente empiezas el descanso diario (de 9 o 11 horas), la jornada terminará cuando hayas terminado las horas de descanso, antes de cumplirse las 24 horas con el comienzo de otro trabajo o conducción.
Nota: no hay que utilizar el concepto de disponibilidad para englobar actividades como otros trabajos, conducción….etc., la definición del tiempo de disponibilidad lo tenemos explicado en nuestro artículo sobre trabajo efectivo y de presencia en el transporte.
Un saludo.
Buenas tardes,
Si empieza la jornada un conductor y cuando lleva 4 horas de conduccion se sube un segundo conductor, ¿puede terminar el primer conductor su jornada y empezar el segundo la suya?
hola soy jose mi pregunta es la siguiente: termine jornada el dia 25 de mayo y volvi a cogerlo el 29 de mayo, la fecha de cierre le pongo el dia 25 o el dia 29 que es cuando lo vuelvo a coger otra vez el camion. gracias y un saludo
Buenas tardes,yo quería preguntar si empiezo la jornada a las 8 de la mañana y con descanso y otros trabajos acabo a las 10 de la noche. Si yo descanso 11 horas seguidas cuenta como 11 o como nueve por no haber entrado dentro de las 24 horas de la jornada, gracias.
Hola Avi,
Así es, cuenta como 9 horas.
Un saludo.
Hola, mi pregunta es cuantas veces se puede introducir la tarjeta del tacografo a la semana ex. enpece el lunes a las 7:00 y termine a las 12:00 después de 9 horas de descanso volví a meter la tarjeta a las 21:00 y la saque a las 10:00
eso se considera como dos jornadas ??
Buenas tardes Marius,
En este ejemplo tienes dos jornadas, hay un descanso diario entre ellas. Siempre que se respeten los tiempos máximos de conducción (tanto diarios como semanales) así como los tiempos mínimo de descanso (diarios y semanales) y no haya más de 6 periodos de 24 horas entre dos descansos semanales, puedes hacer todas las posibilidades de “jornadas” que se puedan dar.
Un saludo
Buenas tardes, de nuevo otra duda que tengo es:
En el caso que pongo la tarjeta el lunes a las7:00 a que hora debo de parar y que día antes de Acer el descanso semanal
Muchas gracias un saludo
Hola de nuevo Marius,
En este caso, como muy tarde antes del domingo a las 7:00.
Eso significa que yo puedo abrir todos los discos que quiera dentro de esas seis jornadas verdad? Me explico:trabajo de noche casi siempre,abro disco un lunes a las 18:00 conduzco 5:30h y mis 45m de pausa me pongo en pausa a las 00:15 del martes. ¿Yo podria abrir otro disco el martes a las 9:15 de la mañana y conducir? O ¿Tendria que esperarme hasta las 18:00 de ese dia para terminar las 24h del disco? Un saludo y gracias por vuestras aclaraciones.
Si salgo a las 12,30 de la noche y tras 750kms. (con las paradas reglamentarias) llego a destino a las 10 de la mañana, ¿ A qué hora puedo volver a conducir?
Gracias.