Suspensión temporal del salario mínimo para el transporte en transito en Alemania
El pasado 30 de enero el Ministerio de Asuntos Sociales y Trabajo alemán ha suspendido temporalmente el salario mínimo por hora para trabajadores de empresas no establecidas en Alemania que realicen servicios en tránsito.
Esta suspensión afecta solo a los servicios de transportes en tránsito y no a los de transporte internacional con origen o destino en Alemania, o de operaciones de cabotaje.
El ministerio alemán avisa que se trata de una suspensión temporal, hasta que se aclaré desde la Unión Europea la adecuación de esta ley a la legislación comunitaria.
Por lo tanto para los servicios de transporte de mercancías en transito por Alemania quedan suspendidas las obligaciones de presentación del formulario en alemán y de llevar un certificado acreditativo del salario del transportista.
En caso de transporte internacional con origen y destino en territorio alemán, así como en operaciones de cabotaje todas las obligaciones administrativas siguen siendo obligatorias.
Salario mínimo impuesto por Alemania a los transportistas extranjeros
Los transportistas extranjeros que se desplazan por territorio alemán a partir de 1 enero 2015 durante un transporte internacional o solo de tránsito deberán cumplimentar un formulario que después se emitirá por fax al +49 (0) 221/964870
Según el artículo 16 punto 1 y 2 de la Ley de Salario Mínimo y del artículo 18.1 puntos 1 y 2 de la Ley de Desplazamiento de Trabajadores, la empresa transportista (autónomo, sociedad) está obligada a proporcionar información sobre sus trabajadores desplazados a Alemania, relativa a la localidad, fecha de inicio, fecha prevista para la finalización del desplazamiento, lugar en que se conservan los documentos a disposición de la administración de aduanas, persona de contacto y el representante de la empresa.
El hecho de no transmitir la declaración debidamente cumplimentada, o de no transmitirla en el plazo debido, o bien transmitirla de forma incorrecta, incompleta o en contradicción con la forma debida puede ser considerado como una infracción administrativa, castigada con una multa de hasta 30.000 €
En la ley alemana se aplicará el salario mínimo a todos los operadores del transporte que realizan actividades de transporte en su territorio a partir del 1 Enero 2015.
El importe mínimo fijado es de 8,5€ la hora lo que significa que los empleadores deberán abonar dicho importe mínimo a sus trabajadores que transiten por Alemania.
Recomendaciones:
- antes del desplazamiento rellenar el formulario y enviarlo por Fax
- la opción “Elegir sector en el que deben operar los trabajadores desplazados” se puede dejar en blanco o añadir Road Transport ya que el transporte por carretera no tiene un tratamiento específico.
- la opción “En la medida en que los documentos necesarios están disponibles en el extranjero, declaro que los proporcionaré a petición de la dirección de aduanas en lengua alemana” hay que firmarla en el caso de que sus documentos que acreditan el cumplimiento de las obligaciones salariales no están en Alemania.
- en la opción “lista de empleados desplazados”, los datos a rellenar se refieren al desplazamiento de los trabajadores a Alemania
- Importante preservar a bordo del vehículo una copia del resguardo donde se tiene que reflejar la confirmación de que haya enviado la documentación junto a una copia del impreso remitido a la oficina alemana, la que incluye las firmas del responsable. (se deberá conservar al menos 2 años)
Las dietas en el territorio alemán están excluidas del salario (salario bruto).
A fecha de hoy no se conoce cómo va ser posible el cumplimiento de esta ley pero cabe la posibilidad de que haya controles en la carretera aunque no hay constancia de ello.
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Formulario tránsito Alemania