Certificado de conductor extranjero

Actualizado: 31 Mayo, 2019
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Titulo transportista Divitrans

Documentos: Certificado de conductor extranjero

Certificado de conductor extranjeroProbablemente debido a la “crisis” que ha sufrido España, en los últimos años la contratación de conductores extranjeros haya disminuido. Pero como parece que todo empieza a reflotar, a mejorar, queremos recordar a las empresas de transporte que tienen la intención de contratar conductores extranjeros, y más exactos a los que son nacionales de terceros países no comunitarios que necesitan solicitar un certificado de conductor extranjero o certificado de conductor de terceros países.

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¿Qué es el certificado de conductor extranjero?

El certificado de conductor extranjero es un documento necesario y obligatorio para una empresa de transporte que contrata conductores extranjeros, nacionales de terceros países no pertenecientes a la Unión Europea. Por eso se denomina también certificado de conductor de terceros países.

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¿Qué empresas de transporte necesitan solicitar el certificado de conductor extranjero?

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Todas las empresas de transporte público o privado complementario, tanto si son empresas de transporte de mercancías como si son empresas de transporte de viajeros.

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¿Dónde se solicita el certificado de conductor extranjero?

Las empresas transportistas deben solicitar el certificado de conductor extranjero en la Consejería de Transporte de la Comunidad Autónoma donde la empresa tiene fijada la residencia fiscal. (En la misma institución donde ha solicitado las tarjetas de transporte)

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Documentación necesaria para solicitar un certificado de conductor extranjero:

  • Formulario de solicitud (impreso disponible en la Consejería de Transporte)
  • Documento de identidad del conductor (Tarjeta de Residencia, NIE, o solicitud de renovación)
  • Pasaporte del conductor
  • Permiso de conducción en vigor, o si no se dispone de un permiso expedido por la autoridad española, el permiso acompañado de un informe de la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente que acredite la validez del mismo para conducir en España.
  • El alta del trabajador en la Seguridad Social o si ya está trabajando desde hace tiempo en la empresa, el último TC2 (boletín de cotización)
  • Tasa

Otras autorizaciones y documentos necesarios en transporte por carretera.

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Qué hacer con el certificado de conductor extranjero:

El certificado se emite en un papel de color rosa en dos ejemplares originales.
Un ejemplar es para la empresa, que se deberá guardar en la oficina identificada como sede de la empresa.
El otro ejemplar del certificado se entrega al conductor, que tendrá que llevarlo cuando este conduzca un vehículo de la empresa junto al permiso de conducción.

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Validez del certificado de conductor extranjero:

Tiene una validez de dos años, o hasta que el permiso de conducción del trabajador expire si es anterior a este plazo.
A los dos años el certificado debe renovarse. (para ello se presenta la misma solicitud acompañada de toda la documentación antes mencionada y los dos ejemplares del certificado original.)

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¿Qué pasa con el certificado de conductor extranjero si el trabajador causa baja en la empresa?

Como titular y responsable del certificado de conductor de terceros países es la empresa, es esta obligada a entregar/devolver los dos ejemplares del certificado a la autoridad que lo ha emitido.


Sanciones:

El incumplimiento de las normas por el conductor o por la empresa transportista puede acarrear sanciones:

1. Realización de transportes públicos utilizando para la conducción del vehículo los servicios de una persona que requiera el certificado de conductor de tercer país (no de la UE), careciendo de este:

Importe de la multa: 601€
Normas infringidas: Art. 1 Orden FOM/3399/02
Normas sancionadoras: Art. 141.9 LOTT
Precepto sancionador: Art. 143.1.e) LOTT

2. Realizar transporte público de mercancías con vehículo conducido por conductor de un país tercero (no de la UE), no llevando a bordo el correspondiente certificado:

Importe de la multa: 201€.
Normas infringidas: Art. 147 LOTT , Art. 3 Orden FOM/3399/02
Normas sancionadoras: Art. 142.8 LOTT
Precepto sancionador: Art. 143.1.b) LOTT

Por estos dos conceptos sancionadores será multada la empresa transportista, por igual importe y concepto cualquiera sea su ámbito, transporte de mercancías por carretera o viajeros, en servicio público o privado.

Leer más: Licencia Comunitaria »

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145 COMENTARIOS

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  1. Buenos días, acabamos de contratar un conductor senegalés, le solicitamos el certificado de terceros países, y con el justificante de solicitud se fue de viaje, lo pararon y lo sancionaron por no llevar el certificado de terceros países, en observaciones aclaran que presenta documento de solicitud del certificado, acarrea sanción solo el llevar la solicitud?, a cuanto asciende?, tiene recurso?.

    Un saludo.

  2. Buenos días.
    Tengo una duda. Si tengo subcontratado a un autónomo o una empresa que tiene un conductor régimen general de uno de estos países que necesita la tarjeta rosa de conducir de tercer país, ¿ quien tiene que solicitar la tarjeta rosa, la empresa/ autónomo que tiene directamente contratado al conductor régimen general o yo que subcontrato a la empresa/ autónomo que tiene contratado al conductor regimen general?
    Si hubiera alguna multa por no llevar este conductor la tarjeta rosa encima o por no habérsela sacado, yo como empresa que ha subsidiaria, ¿tendría alguna responsabilidad legal en este caso?. Muchas gracias.

    • Hola Efe, entendemos por tu pregunta, qué cuánto tiempo tarda en expedirse el certificado de conductor. Suele tardar 2-3 días máximo y es un documento propiedad de la empresa que caduca a los 2 años, y si te vas antes de la empresa, deberás devolverlo.

  3. Hola me han sancionado por no llevar la hoja rosa de terceros países, me gustaría saber para quien va dirigida la multa pork en este caso soy trabajador no autónomo y el camion es de una empresa, aparte otras multas el mismo día por falta de documentación del camión. Alguien me puede decir muchas gracias

    • Buenos día Rayner, esa hoja rosa de terceros países a la cuál te refieres es el Certificado de conductores de terceros países o extranjeros. La ha de solicitar la empresa, caduca a los 2 años y en caso de que el conductor se marche de la empresa antes de esos 2 años, deberá devolverla. Deberá haber una copia en las instalaciones de la empresa. Por todo ésto, la multa la paga la empresa. Las sanciones van desde 600 euros a 4.000 euros.

  4. Buenos días. Hemos presentado una solicitud de residencia temporal para traer a una persona de un país no perteneciente a la UE a trabajar a nuestra empresa como conductor de tráiler.
    Nos deniegan el permiso de residencia por no tener el CAP. Hemos alegado que el curso lo realizaría al llegar a España y que para realizar ese curso tiene que tener residencia española y estar en posesión del NIE.

    Nos dicen que no, que la solución sería que viniese con un permiso de residencia para estudios, hiciera el curso de 35h, se volvería a su país y luego ya podríamos volver a solicitar la residencia temporal.

    Llevamos desde Noviembre con este papeleo y si hacemos lo que nos dicen tendríamos que empezar el proceso desde el principio y vemos un poco ilógico que esa persona tenga que venir de cosa hecha para realizar el curso y tener que volverse a su país.

    Me podéis dar una solución o si a alguien le ha pasado esto como lo ha solucionado?

    Gracias!

    • Hola Leticia, según la legislación que trata todo este tema y que es, Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera.

      Artículo 13: Los aspirantes a la obtención del certificado de aptitud profesional de un Estado miembro de la Unión Europea podrán obtener la cualificación inicial en España si tienen aquí su residencia habitual. Los aspirantes nacionales de un tercer país que realicen su actividad en una empresa establecida en España o a los que se haya expedido una autorización de residencia permanente o de residencia temporal y trabajo en España podrán obtener asimismo la cualificación inicial en España.

      Los aspirantes que tengan su residencia habitual o trabajen en España podrán seguir aquí la formación continua.

      POR TANTO, LETICIA, la Administración va bien encaminada. Llámanos al 609.284.666 cuando quieras y vemos posibles soluciones a tu consulta.

  5. Buenos días, tengo un conductor que tenía nacionalidad de ecuador y certificado extracomunitario, pero ahora se ha sacado el dni español y tiene nacionalidad española, mi pregunta es si tengo que devolver sus certificados extracomunitarios y cuando devolverlos, si me tengo que esperar a que le lleguen las tarjetas con el número actualizado.
    Gracias de antemano

  6. Hola buenas soy Antonio de nacionalidad colombiana,con NIE de larga duracion, pero los carnés de conducir,el cap los he hecho en España,es necesario sacarme el certificado,hasta donde tenía entendido eran para los que se habian sacado los carnés de conducir en Colombia y canjeaban aquí en España, está semana me paro la policía local y me lo pidieron y no sabía que habia que tenerlo,nos han dado un Papel de color amarillo la dirección general de transporte y logística, no es una denuncia pero creo que es que la mandaron al DGT para que lo revisara y luego mandarle la respuesta a la empresa, estoy obligado a tenerlo habiéndome sacado todos los carnés aquí ….y cuánto sería la multa por no tenerlo? Y cuánto tarda en llegar la respuesta de la DGT Muchas gracias por su gran ayuda que me puedan brindar

    • Hola Antonio, eres colombiano, luego según la norma, de un país tercero ó extranjero, por tanto necesitas el certificado de conductor, si o si. Sanción grave, de 601 a 800€. La respuesta de la DGT, lo que quieran ellos, pero en menos de 1 año, deberían contestar.

  7. Hola buenas tardes, mi pregunta es tengo contratado dos personas con nie comunitario los dos y igualmente tengo que sacar el certificado de conductores a terceros piases.
    A uno de ellos se saco el carnet de conducir en España le han puesto una multa se puede recurrir.
    Muchas gracias

    • Hola William, si tus dos conductores son no pertenecientes a la Unión Europea, se consideran de TERCEROS PAÍSES y por tanto, certificado de conductor si o si o si. Además hagas transporte público o privado, obligatorio tenerlo tus conductores.

  8. Hola, soy Adrián,conductor de camiones Argentino, con 30 años de experiencia en transporte pesado , de los cuales, 19 años son en transporte de mercancías peligrosas,mi consulta es:
    ¿ Mi experiencia en este último tipo de cargas, me ayuda en algo para obtener el ADR europeo?
    Desde yá…gracias.

  9. BUEANS TENGO UNA PREGUNTA SE TRATA DE UN UCRANIANO QUE SE ESTA SACANDO LA TARJETA DE RESIDENCIA,TIENE CARNET DE CAMION Y ME GUSTARIA CONTRATARLO,NESECITARIA SACARSE EL CAP O SOLO LAS 35 HORAS DE RECICLADO?, EL LLEVA CON EL CARNET DE CAMION DESDE EL 2002 APROXIMADAMENTE Y PARA CANJEARLO EN ESPAÑA NECESITARIA HACER UN PRUEBA PRACTICA?.GRACIAS UN SALUDO

    • Buenos días Rosana, sí, ha de homologar primeramente su permiso de conducir brasileño en España, luego realizar la formación del CAP continua de 35 horas (sin examen) y además al ser de un llamado Tercer país, necesitará el certificado de conductor de países extranjeros (terceros países).

    • Hola Elvio, lo primero que has de hacer es homologar tu permiso de conducción en España. Ves a la Delegación de tráfico más próxima de tu domicilio que tendrás en España. Luego además deberás realizar el CAP (certificado de aptitud profesional). Si obtuviste tu permiso de camión y una vez homologado en España, lo obtuviste en Paraguay antes del 11/09/2009, sólo deberás hacer el CAP formación continua de 35 horas. Pero si lo obtuviste pasada esa fecha del 11/09/2009, entonces te tocará hacer el CAP inicial normal de 280 horas y si lo haces de forma acelerada, serán la mitad de esas horas, es decir, 140 horas. Además para trabajar en una empresa europea, necesitarás el certificado de conductor de terceros países (provienes de Paraguay). Este certificado te lo debe dar la empresa, caduca a los 2 años y si te marchas de esa empresa antes de 2 años, has de devolverlo a la empresa. Con esto, contestamos a tu otra consulta que nos haces referente al CAP.

      • En caso que reciba una oferta de trabajo de una empresa de españa una ves llegado a España ya puedo tomar el curso cap acelerado o tiene que pasar un tiempo porque ley sobre el cap que tengo que estar empadronado 180 días en el municipio para poder pretender un curso cap

        • Hola Elvio, has de tener la tarjeta de residencia en España para optar al canje según el convenio entre ambos países. Si se te respeta tu antigüedad, pues harás formación continua (35 horas) ó formación inicial (normal son 280 h ó acelerada que son 140 h). La concesión de la tarjeta de residencia muchas veces tardan más de esos 185 días, por tanto, ya lo tendrás hecho Elvio.

    • Buenas noches Roberto, tú como autónomo no.
      La definición de este certificado de conductor de Terceros países ó extracomunitarios dice lo siguiente: “Para la conducción POR CUENTA AJENA (NO PROPIA) de vehículos dedicados a la realización de transportes de mercancías o de viajeros en autobús, ya sean públicos o privados complementarios, será necesario, además de contar con la preceptiva autorización administrativa habilitante para su prestación, que cuando el conductor del vehículo sea nacional de un tercer país no perteneciente a la Unión Europea aquélla se acompañe de un certificado de conductor”.

      CUANDO DICE POR CUENTA AJENA, SE REFIERE A QUE SON EMPLEADOS. Tú eres empresario Roberto.

  10. Hola tengo una duda yo soy de Bolivia y estoy casado de con una mujer de Rumanía y me dieron la tarjeta de residencia comunitaria la cual la tengo muchos años tengo todos los permisos
    Quiero saber si para trabajar con trailer mi jefe tendrá que solicitar el certificado de conductor o no es necesario como tengo la tarjeta de residente comunitario
    Muchas gracias de ante mano

    • Hola Juan, sentimos decirte de que a pesar de tener el permiso residente comunitario a los efectos certificado del conductor sigues siendo boliviano (extranjero o también llamado de terceros países), por lo que deberá tu empresa solicitar dicho certificado para tí. Este certificado tiene una caducidad de 2 años, lo paga la empresa y si te vas de la empresa antes de 2 años, has de devolverlo a la empresa, y se utiliza tanto en transporte privado como público.

      Documentación necesaria para solicitar un certificado de conductor extranjero:

      Formulario de solicitud (impreso disponible en la Consejería de Transporte)
      Documento de identidad del conductor (Tarjeta de Residencia, NIE, o solicitud de renovación)
      Pasaporte del conductor
      Permiso de conducción en vigor, o si no se dispone de un permiso expedido por la autoridad española, el permiso acompañado de un informe de la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente que acredite la validez del mismo para conducir en España.
      El alta del trabajador en la Seguridad Social o si ya está trabajando desde hace tiempo en la empresa, el último TC2 (boletín de cotización)
      Tasa

  11. tengo una duda que me interesaría que alguien respondiese.
    Un conductor de transporte de mercancías extracomunitario, contratado en España, con toda la documenación en regla, puede entrar con el vehículo de la empresa en el Reino Unido o bien necesitaría una autorización especial o visado ????

    • Hola José María, BREXIT. Por tanto, ahora los requisitos son más. Pues Reino Unido ya no forma parte de la Unión Europea.
      Te pasamos la documentación tanto del chófer, como de la empresa como del vehículo que necesitaría este conductor extracomunitario para entrar en el Reino Unido.

      Para realizar transporte con el Reino Unido a partir del 1 de enero de 2021, recomendamos atender a las siguientes requisitos documentales tanto para el vehículo, conductor y mercancías:

      1º Pasaporte
      Los conductores deben obtener el PASAPORTE español o del país europeo que le corresponda. Recomendable DNI y PASAPORTE. (Consulado general de España en Reino Unido)

      2º Permiso de conducir
      Seguirán siendo válidos los permisos de conducir expedidos en la UE. Aunque será necesario solicitar el permiso de conducir internacional.

      3º – EORI
      No es obligatorio para las empresas de transporte que no sean operadores económicos con terceros países. No obstante, es recomendable solicitar el registro en el EORI Español.

      El EORI es el número de registro e identificación del operador económico asignado por una autoridad aduanera. Solicítelo aquí el nº EORI en España (Agencia Tributaria).

      4º – Número de referencia de movimiento (MRN) y de tránsito (TAD):
      El MRN se emite una vez se ha realizado completamente la declaración de aduana. Es un número único de movimiento de las mercancías que estará presente en la documentación expedida por la aduana de origen, que normalmente será el Documento Único Administrativo (DUA). El exportador lo proporciona al transportista antes de iniciar el viaje.
      Además la documentación debe indicar el número EORI del exportador/importador.

      TAD
      Si se cruza el Reino Unido para llevar mercancías hacia o desde Irlanda, es necesario el documento de Tránsito que debe acompañar las mercancías (TAD, a veces conocido también como EAD o Documento de Acompañamiento a la Exportación).

      Esto significa que el conductor debe portar en el vehículo el Documento de Acompañamiento de Tránsito (TAD) que debe contener el MRN (Número de Referencia de Movimiento) (o GMR en inglés: Goods Movement Reference) y el EORI del exportador/importador.

      DUA

      El DUA o Documento Único Administrativo es el modelo de declaración de carácter obligatorio, que se ha de cumplimentar para llevar a cabo operaciones de comercio internacional de mercancías, bien de importación o exportación, ante las autoridades aduaneras. Este documento proporcionado por el exportador, contiene el número MRN, el EORI del exportador y, en su caso, el TAD de tránsito.

      5º – Permiso de acceso a Kent (KAP), solo para salida de UK.
      Los conductores que utilicen las carreteras de salida en UK en Kent en dirección al puerto de Dover y/o Eurotunnel deberán estar en posesión de un “Permiso de acceso a Kent” (KAP). Cada KAP tendría una validez de 24 horas para cubrir un único viaje. La sanción por circular sin dicho permiso será de 300 £ (332,97 €).

      El permiso se solicitará a través “Check an HGV is Ready to Cross the Border” y consistirá en una “declaración On Line” donde se incluirán los datos del camión, el destino, la fecha prevista de viaje, datos de los envíos y una serie de auto declaraciones para confirmar que la documentación de aduanas y de importación / exportación es correcta y se lleva a bordo del camión.

      Acceso a la aplicación en: https://www.gov.uk/check-hgv-border

      6º – Controles sanitarios y fitosanitarios.
      Ciertas frutas, verduras frescas, carne, pescado y flores estarán sujetos a controles sanitarios y fitosanitarios. Para más información, consultar en la oficina del SOIVRE. Y en https://www.gov.uk/guidance/importing-and-exporting-plants-and-plant-products-from-1-january-2021

      Los siguientes productos no necesitarán de un certificado fitosanitario:

      Frutas y verduras procesadas y envasadas (ensaladas, sándwiches, material congelado).
      Productos compuestos (mantequillas de nueces o semillas que contienen frutas o verduras procesadas).

      7º – Control anti-inmigración ilegal. Check List Polizones
      Todas las empresas deben poner en práctica actividades preventivas para evitar la intrusión de pasajeros clandestinos que consisten en:

      1 – Proporcionar a los conductores formación sobre medidas de seguridad e instrucciones escritas.

      2 – Utilizar sistemas de cierre de seguridad resistentes y precintos.

      3 – Formación a los conductores sobre el correcto uso de los sistemas de seguridad. Manual de buenas prácticas.

      4 – Asegurar que los conductores cumplen correctamente con las instrucciones.

      5- Utilización de check-lists de comprobación polizones. – Check-List para evitar polizones. Código de Buenas Prácticas.

      8º – Test negativo COVID-19 con menos de 72 horas.
      Para los conductores que viajen de Inglaterra a Francia, se debe disponer del resultado de una prueba negativa COVID-19 realizada en Reino Unido con menos de 72 horas de antelación.

      Más información: https://www.gov.uk/government/news/covid-19-testing-for-hgv-drivers-using-the-port-of-dover-or-eurotunnel

      En resumen…

      Documentación del conductor:
      – Permiso de conducir.
      – CAP.
      – DNI y Pasaporte.
      – Tarjeta tacógrafo digital.
      – Tarjeta Sanitaria Europea. La sanidad está incluida en el ámbito de aplicación del Acuerdo y seguirán aplicándose los regímenes actuales.
      – Check-List para evitar polizones. Código de Buenas Prácticas.
      – Conductores de terceros países (no UE): Pasaporte y Visado además del certificado de conductor extracomunitario.
      – Permiso de Kent para acceder al puerto de Dover y/o Eurotunnel desde UK.
      – Coronavirus. Certificado de desplazamiento.
      – Coronavirus. UK Passanger Contact Locator.
      – Test negativo COVID-19 de salida hacia Francia con 72 horas de antelación.

      Documentación del vehículo y la mercancía:

      – Tarjeta verde (seguro de accidentes del conjunto del vehículo).
      – Licencia Comunitaria.
      – CMR.
      – Documentos aduaneros Documento Único Administrativo (DUA) que debe incluir el MRN (Número de movimiento único de la mercancías), EORI del importador y en su caso el documento de Acompañamiento de Tránsito (TAD) debidamente cumplimentados y transmitidos a la autoridad aduanera con 24 horas de antelación al viaje. Esta documentación se debe proporcionar al transportista a través de su cliente.
      – Controles Fitosanitarios, si corresponde hacerlos.
      – Para la salida través de KENT, el código QR obtenido ONLINE de verificación.

  12. De todo que he leído, entiendo que una empresa española del transporte puede emplearme con mi permiso ucraniano con la categorías C,E, mi tarjeta de residencia española, régimen comunitario I es e.pleador que se ocupa a optenerme el Certificado de conducir.He entendido bien?

    • Buenas tardes Volodymyr, actualmente Ucrania no es de la Unión Europea, por tanto, para poder trabajar en una empresa de España has de cumplir varios requisitos.

      A todo que sí. Entiendo que te refieres en lo último al CERTIFICADO DE CONDUCTOR, para conductores extranjeros no europeos (tu caso). Si, es la empresa de transportes quién debe solicitar este certificado pues es el propietario del mismo y además debe pagarlo la empresa. Tiene una validez de 2 años, y si tú, te marchas de la empresa antes de esos 2 años, deberás devolverlo. En ese documento, consta el nombre de la empresa y tu nombre, por eso es muy muy personal. NO LO PUEDES USAR EN OTRA EMPRESA.
      Más información nos llamas al 609.284.666

    • Hola Jonathan, por favor, de qué certificado estamos hablando. En el transporte y con Fomento, estamos llenos de certificados.
      – Certificado de actividades del conductor.
      – Certificado de competencia profesional transporte por carretera (título transportista).
      – etc, etc….YA NOS DICES CUÁL.
      PERO POR LO QUE PREGUNTAS, NO ME SUENA ASÍ A BOTE PRONTO, A NO SER QUE VAYAS A PEDIR ALGUNA AYUDA EN ALGÚN AYUNTAMIENTO.

  13. Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente: Un conductor por cuenta ajena con nacionalidad en Perú pero con residencia de larga duración en España ¿Necesita Certificado de Conductor de Tercer País?. Tengo entendido que no pq el Real Decreto 557/2011 dice que “Se halla en situación de residencia de larga duración el extranjero que haya sido autorizado a residir y trabajar en España indefinidamente en la mismas condiciones que los españoles…”.
    Muchas gracias.

    • Hola Miguel, sí lo necesita. TODO AQUEL CONDUCTOR QUE NO SEA DE LA UNIÓN EUROPEA, LO NECESITA, SI O SI O SI.
      Es obligado por parte de la empresa solicitarlo, tiene una duración de 2 años, y si el conductor se va antes de la empresa ha de devolverlo a la empresa, para eso lo paga la empresa.

  14. Hola disculpa si a una persona ecuatoriana con un carnet de conducir coches pequeños se le realiza la autorización de residencia y trabajo una empresa de transporte, qué documentación deberá aportar en el requisito que se menciona una certificación y cualificación profesional.?? O esa documentación se encarga de realizarla la empresa en España.?
    Gracias un saludo

  15. Hola disculpa si a una persona ecuatoriana le están realizando la autorización de residencia y trabajo una empresa de transportes pero en el país de origen solamente tiene un carnet de conducir automóviles pequeños, necesita otro tipo de carnet de conducir.? O qué documentación debe aportar como profesional y cualificada ya que es un requisito.?
    De antemano gracias por la respuesta.

    • Hola Daniela, al ser persona extranjera y no de la Unión Europea, necesitarías varias cosas.
      Todos, necesitan el CAP , y sería el de formación inicial , con su permiso C ó D , según te vayas a dedicar a camión o bus.

      Por tratarse de Ecuador, también necesitarás el certificado de conductor de terceros países. Obligatorio tanto para transporte privado como público. Va porque el vehículo es de más de 3.500 kg de mma ó de más de 9 plazas incluido el conductor.

      • Muchas gracias por la respuesta. Pero en el caso de que la empresa española cuente también con transportes de 3.500 kg y el carner de conducir ecuatoriano sea de esa capacidad, mi pregunta es: debe convalidar el carnet de conducir una vez esté aquí en España o le negarían la residencia si presenta ese carnet de conducir en la solicitud.? Gracias por la ayuda

        • Hola Daniela, por ser de un país extranjero (según norma europea, un tercer país, en este caso Ecuador), necesitará homologar su permiso de conducir, además de qué necesitará para poder trabajar en Europa el certificado de conductor de terceros países. No le negarían la residencia pues tiene permiso de trabajo, pero esos trámites anteriores ha de hacerlos.

  16. hola un saludo mi nombre es osmel : les comento que soy conductor profecional de cuba tengo en vigor todos los permisos de conducir cubanos ·Hoy mismo buscando informacion en la DGT observe una pagina donde me esplicaba que a conductores profecionales de paises no comunitarios sin convenio con españa le canjeaban el permiso de conducir por el español, claro cumpliendo una serie de requisitos· Uno de esos requisitos es que para poder canjearte el permiso cubano por el español era que habia que presentar un documento que acreditara haber estado contratado por una empresa legalmente establecida o con sucursal en España por lo menos un tiempo inferior de seis meces ·Yo pregunto y quisiera que me pudieran ayudar; Como uno pudiera acreditar ese documento ,si ya en el escrito de la DGT t estan explicando que eso solamente es para paises no comunitarios sin convenio con esapaña ·Entonces vuelvo a preguntar ·Si somos un pais no comunitario sin convenio con españa como podra haber empresas legalmente establecidas o con sucursal en España ·Acabo de ir a la DGT y no supieron responderme· Dicen que si pero si cumplo con esos requisitos · Por favor quisiera que me ayudaran es una gran pena para mi que toda mi vida la halla dedicado al transporte de carreteras y que aqui halla salido esa ley nueva y no me sepan explicar ·Por favor necesito la ayuda de todo corazon atentamente espero su respuesta un abrazo fuerte y una ves mas mis saludos ·

    • Buenas noches Osmel, siento comunicarte que España con Cuba no tiene convenio internacional en este aspecto de los permisos. Tendrás que obtener el permiso otra vez.
      Te decimos los países en los cuales España tiene convenio respecto a esto:
      Argelia, Argentina, Bolívia, Brasil, Chile Colombia, Ecuador, El Salvador, Filipinas, Guatemala, Macedonia, Marruecos, Nicaragüa, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Serbia, Túnez, Turquía, Ucrania, Uruguay y Venezuela.

  17. Buenas tardes a todos los conductores necesito urgente información soy conductor de un tercer país el primer certificado me lo hizo la empresa donde estoy trabajando actualmente pero ya se me caducó y ahora me dice la empresa que tengo hacerlo yo porqué ahora eso es personal qué hay de verdad en todo esto desde ya les agradezco cualquier información muchas gracias

    • Buenas noches Julio, el certificado del conductor de un país tercero, es propiedad de la empresa, caduca a los 2 años y lo paga la empresa. Otra cosa es que el coste del certificado te lo pase a ti.
      Caduca a los 2 años, y si por cualquier motivo te vas a otro sitio antes del fin de esos 2 años, has de devolverlo, porque como bien decimos al inicio, ES PROPIEDAD DE LA EMPRESA.

  18. Hola,por favor pueden indicarme si un conductor que vive aquí 20 años y tiene sus documentos al día, pero no nacionalidad española,tiene aún nacionalidad Ecuatoriana,pero tiene carnet de conducir y DNI español.si tiene todos los documentos Españoles necesita el certificado de conductores de terceros países???Gracias

    • Buenas tardes Gime, mientras no se tenga la nacionalidad española, todo aquel que sea de un tercer país, deberá tener su certificado de conductor de un tercer país (EXTRANJERO), tanto en transporte público como transporte privado.
      ES OBLIGATORIO TENERLO EN TODA LA UNIÓN EUROPEA. Caduca a los 2 años, es propiedad de la empresa, lo paga la empresa, y si el conductor se marcha de la empresa antes de estos 2 años, ha de devolverlo a la empresa.

  19. Hola.
    ¿Entiendo correctamente?
    ¿Puede un conductor ucraniano trabajar en una empresa de transporte española con una licencia de conducir ucraniana si hay un CERTIFICADO DE CONDUCTOR para conductores de terceros países o extranjeros?
    ¿Cómo llegar CAP sin residencia?
    ¿Es posible que un conductor internacional de terceros países consiga un trabajo en una empresa española?
    Gracias

  20. Buenas tardes!
    Hoy me pararon los agentes de tráfico y me pidieron el certificado de conductor,como desconocía la existencia de este dicho certificado me pusieron una multa de 2001
    Cuando hablé con mi empresa me dijeron que me lo habían dado el mismo día que firme el contrato con ello.mi pregunta es en caso de que lo tenga en casa podría recurrir para bajar la multa?gracias por su ayuda

    • Buenas tardes Ismael, te refieres al certificado de conductor de un tercer país no de la Unión Europea.
      Como bien dices, ese certificado te lo dió la empresa el primera día de trabajo, pues lo solicita la empresa, lo paga la empresa, dura 2 años, y en caso de marcharte de la empresa antes de esos 2 años, HAS DE DEVOLVERLO A LA EMPRESA PORQUE ES PROPIEDAD DE LA EMPRESA POR LO ARGUMENTADO ANTERIORMENTE….por tanto, no puedes recurrir la sanción.
      se hace para llevarlo contigo, es como tu NIE – número identificación extranjero. VA CONTIGO. si no , multa.
      AUNQUE LO PRESENTES A POSTERIORI, LA SANCIÓN YA TE LA LLEVAS. OJO CON TODO ESTO.

              • Hola otra vez Ismael, estoy pensando, de hecho había apagado ordenador y lo he vuelto a encender, para ampliar respuesta….. TE HAN METIDO DE SANCIÓN 2.001 € PORQUE NO TIENES EL CAP (certificado de aptitud profesional).
                Ese importe tan significativo de 2.001 € viene de ahí. MIRALO BIEN, PORQUE SI ES ASÍ, ESTÁ BIEN PUESTA….PEROOO SI SE HA EQUIVOCADO EL GUARDIA, HAZ RECURSO.
                Por carecer de certificado de conductor de terceros países son 601 € y no, 2.001€ como te han enchufado.
                SI TIENES MÁS DUDAS LLAMA AL MÓVIL DE LA WEB 609.284.666…..los tiros vienen porque no tienes CAP, creo.

    • Buenos días Mike, traducimos tu pregunta al español y contestaremos en español para los usuarios de esta web y además en inglés para que tú lo entiendas.

      Buenos días, ¿puede un extranjero tomar el examen CAP aquí en España en inglés?

      Actualmente, el examen del CAP (CERTIFICADO DE APTITUD PROFESIONAL) se realiza en español. Otra cosa distinta, es que algún centro te prepare el examen en inglés, PERO EL DIA DEL EXAMEN SERÁ EN ESPAÑOL.

      Currently, the CAP exam (CERTIFICATE OF PROFESSIONAL FITNESS) is conducted in Spanish. Another different thing is that some center prepares the exam for you in English, BUT THE DAY OF THE EXAM WILL BE IN SPANISH.

  21. Hola buenas tardes. He recibido una multa por “transportar mercancias una persona que requiere certificado de conductor de tercer pais (no de la ue), careciendo el conductor de nacionalidad colombiana de este certificado. Importe 2001€. No. No es un año. Es el importe de la sanción. Os oigo hablar de 600€. Es normal?. Muy agradecido de antemano por su ayuda. Un saludo

    • Buenos días IMO, como vemos en vuestro email , la procedencia es de un despacho de asesoría, por lo que llevar MUCHO OJO CON ESTE TIPO DE SANCIONES. Se están produciendo mucho.
      Cualquier empresa que tenga vehículos de más de 3.500 kg de masa máxima autorizada, es obligatorio que sus chóferes tengan este certificado por ser de un país tercero, es decir, no europeo. Ucrania también.
      La sanción son de 2.001 euros, y este documento lo tiene que solicitar la empresa y pagarlo la empresa para eso es suyo. SE SOLICITA AL MINISTERIO DE FOMENTO Y TIENE UNA VALIDEZ DE 2 AÑOS EL DOCUMENTO…..Y si el chófer se marcha de la empresa antes de esos 2 años, HA DE DEVOLVERLO A LA EMPRESA QUE PARA ESO LO HA PAGADO. Además en ese documento figura el nombre de la empresa y no va a poderlo utilizar el chófer en otra empresa. NO LE SIRVE PARA NADA.

    • Hola José, claramente quién te deberá hacer a tí el certificado de conductor extranjero es la empresa en la cual estás dado de alta, si ó si.

      CERTIFICADO DE CONDUCTOR EXTRANJERO : el certificado que debe solicitar la empresa titular en la cuál está dado de alta el empleado conductor de un país tercero, no unión europea.
      Tiene una vigencia de 2 años, y si el conductor se va antes de ese plazo de tiempo, deberá entregarlo a la empresa donde esté dado de alta. Para eso lo paga la empresa y es propiedad de la empresa. HA DE HACERSE HAGAS TRANSPORTE PRIVADO Ó PÚBLICO.

    • Hola Boris,muy buena pregunta.
      RESOLVEMOS UNA GRAN DUDA, NO ES NECESARIO EL CERTIFICADO DE CONDUCTOR EXTRANJERO, PUES UN VEHÍCULO DE HASTA 2.000 KG MMA NO NECESITA AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTES.

      Para la conducción por cuenta ajena de vehículos dedicados a la realización de transportes de mercancías o de viajeros en autobús, ya sean públicos o privados complementarios, será necesario, además de contar con la preceptiva autorización administrativa habilitante para su prestación, que cuando el conductor del vehículo sea nacional de un tercer país no perteneciente a la Unión Europea aquélla se acompañe de un certificado de conductor.

  22. Seras atontao…. La Administración no suele tardar mucho en resolver este trámite (una semana, 10 días) y hasta que se obtenga se podrían realizar otros trabajos para la empresa (no se puede conducir hasta su obtención pero sí trabajar). No creemos que el tiempo de resolución (para obtener el certificado) sea un problema, sino más bien una excusa.

    Esto es otra cagada de la administracion, y tu acabas de perder la credibilidad,

    Yo necesito un chofer para hoy, no para dentro de 10 dias,

    Y quien paga 10 dias de salario y SS a precio de chofer, el empresario, no????

    Patraña de legisladores, y tu…., no se de donde sales..

    • Buenas tardes EDUARDO, por favor, estos comentarios tan groseros te los ahorras en esta web tan seria. Si te quieres creer nuestras respuestas lo haces y si no, pues no. Pero ante todo, nada de insultar. Lo pongo en público porque insisto esta web es muy seria, e intenta solucionar y dar respuesta a vuestras consultas, pero por supuestisimo, con EDUCACIÓN.

  23. Hola buenas tardes. He recibido una multa por “transportar mercancias una persona que requiere certificado de conductor de tercer pais (no de la ue), careciendo el conductor de nacionalidad colombiana de este certificado. Importe 2001€. No. No es un año. Es el importe de la sanción. Os oigo hablar de 600€. Es normal?. Muy agradecido de antemano por su ayuda. Un saludo

  24. Hola, no me aclaro muy bien con la obligación del certificado de conductor: ¿es obligatorio cuando el transporte se realiza al amparo de una autorización de transporte? o ¿es obligatorio en todos los casos? .

    Pensaba que era como el CAP, obligatorio para titulares de permisos de conducir de las clases C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D, D+E.

    Muchas gracias.

  25. Hola, ayer pararon a un chofer que trabaja conmigo y lo denunciaron (mejor dicho me denunciaron a mi que soy el que le tengo contratado) por no tener el certificado, tengo 2 gestorias una que me lleva fiscal y laboral y otra tema de transporte y ninguna de las 2 sabian nada de la existencia de este cetificado.Si yo tengo contratado a una persona con NIE, carnet de conducir Español y un contrato indefinido desde el primer dia de CONDUCTOR REPARTIDOR como la administracion no avisa de este certificado si ven claramente que su contrato es de CONDUCTOR REPARTIDOR, yo no estoy tratando de engañar a nadie soy mas legal que el Papa y pienso que esto es otra forma de recaudar y de discriminacion.Mi pregunta porque veo que voy a tener que pagar 601€.La denuncia tiene descuento por pronto pago.Muchas gracias.
    NOTA: A uno se le van las ganas de contratar a nadie y de crear empleo todo son trabas…..

  26. Hola buenas, queria preguntar una cosa, Yo soy turco y tengo todos los carnet de conducir en turco y lo estoy canjeando en estos momentos tambien tengo el tacografo en turco, pero queria preguntarles de que si tengo que sacar el CAP ?? tengo la doble nacionalidad rumano y turco , pero el carnet de conducir lo tengo en turco .. en este caso que pasos tendre que seguir , gracias ante mano por contestarme. Saludoss !!

  27. Buenos dias, tengo un amigo en Colombia con todos los carnets que quiere venirse a España a trabajar conmigo. Sabeis como lo tengo que hacer, el carnet se le homologa? el Cap? la duración que puede estar aqui sin tener que obtener el cap etc. Gracias o si podeis decirme donde informarme. Gracias

  28. Es súper racismo, Q tiene q ver el certificado este, si lo había sacado aquí todos los carnés igual como 1 español. Y donde esta quien m contraté pagándome lo del seguro social 3 meses hasta q m sale el cerificado este. M parece injusto, es q m acaban de echar del trabajo por la culpa esta???

    • Buenas tardes Imad, te paso tal y como empieza la ley en su orden de fomento/3399/2002, de 20 de diciembre, por la que se establece un certificado de conductor para la realización de la actividad de transporte por conductores de terceros países.

      En el mercado de transporte por carretera ya no es infrecuente el fenómeno de la contratación de conductores no pertenecientes al país de residencia de la empresa de transporte que los contrata, e incluso de conductores no pertenecientes a la Unión Europea.

      La inexistencia de un documento uniforme que certifique si un conductor está autorizado a conducir los vehículos que realizan transporte, impide que se pueda comprobar si los conductores trabajan legalmente, lo cual ha provocado en el mercado, en algunos casos, una situación de contratación irregular de conductores, especialmente de terceros países.

      En los supuestos en que se produce el empleo irregular de conductores, éstos suelen trabajar en condiciones laborales y económicas desfavorables, lo cual resulta peligroso para la seguridad vial y, por otro lado, provoca una grave distorsión de la competencia entre las empresas que recurren a tales prácticas y aquellas que únicamente emplean a conductores contratados legalmente.

  29. Buenas soy de Bolivia y no tengo nacionalidad trabajo con tráiler y tengo el certificado de conductor echo pero mi pregunta es con este certificado puedo entrar a descargar carga de tres días máximo en reino unido si o no otros me dicen qe me ase falta un visado espero tu respuesta grasia a te agradecería mucho

  30. Hola buenas tardes soy autónomo y tengo contratado un conductor de nacionalidad paraguaya, para una furgoneta pequeña de reparto de frutas y verduras… en agosto le paro un guardia civil y después de revisar todo y su documentación y decir que todo está en regla… ahora me llega una multa porque dice dice que no poseía el certificado de conductor de terceros países. Mi pregunta es si es justa o no y se es recurrible. Muchas gracias de antemano

    • Buenas tardes Alejandro,
      Si es recurrible o no, lo debe especificar en la propia denuncia.
      Lo que no queda claro, es si ese conductor realmente tenía el certificado de conductor extranjero en el momento de la inspección o no¿?
      Saludos.

        • Hola de nuevo Alejandro,
          No os informaron bien, todos los conductores por cuenta ajena nacionales de terceros países no pertenecientes a UE deben llevar un certificado si la empresa se dedica al transporte de mercancías (público o privado).
          Lo sentimos, aunque la multa se puede recurrir, la autoridad que os sancionó tiene razón, por lo tanto sería mejor abonarla y aprovechar la reducción.
          Un saludo.

  31. Hola buenas tardes, muchas gracias ante mano, me gustaría saber de ser posible, si este certificado de conductor extranjero se necesita para transportes de mercancias nacionales en España(ruta nacional contratado por empresa española) o es sólo para rutas internacionales. Un saludo

  32. Soy de Bolivia, residente legal en España hace más de 10 años. Todos los permisos obtenidos aquí hasta el D+E. Trabajo como conductor en mi propia empresa y hace una semana me multaron con 601€ por no tener dicho certificado. A lo hora de solicitar el mismo en el organismo competente, me informan de que NO LO NECESITO por la forma en que desarrollo mi actividad laboral. Estoy en mi derecho de recurrir la multa? O hay alguna laguna legal en este caso.

    • Buenas tardes Diego,
      El certificado de conductor extranjero es para efectuar transporte por cuenta ajena por parte de conductores de terceros países. Desde luego tienes que presentar un recurso a esa sanción aportando documentación que demuestre que trabajas por cuenta propia o que eres el titular de la empresa.
      Un saludo.

    • Hola Júnior,
      No. Este certificado es para conductores nacionales de terceros países no pertenecientes a la Unión Europea empleados por empresas españolas o con residencia fiscal en España (titulares de tarjetas de transportes). Para poder trabajar legalmente en España, un extranjero (que no sea ciudadano de la UE) debe ser residente para poder solicitar el permiso de trabajo (aparte de otros requisitos).

      Un saludo.

  33. soy marroqui tengo todos los carnet español , tengo el cap mercancia y viajeres ,he gastado un deneral para sacar lo,me han salido muchas ofertas de travajo pero al ser de terser pais y el tiempo que tarda en sacar el certificado las empresas no puieden contratarme ,que culpa tengo de ser de un terser pais aunque soy legal en españa ,que alguen me explica el porque gracias.

    • Hola Mounir,
      Para que la empresa pueda solicitar un certificado de conductor (de terceros países) debes estar contratado (dado de alta en la Seguridad Social) porque entre la documentación que se debe aportar para esta solicitud se encuentra el alta del trabajador en la Seg. Social o el último boletín de cotización de la empresa (si se lleva tiempo trabajando para la misma). La Administración no suele tardar mucho en resolver este trámite (una semana, 10 días) y hasta que se obtenga se podrían realizar otros trabajos para la empresa (no se puede conducir hasta su obtención pero sí trabajar). No creemos que el tiempo de resolución (para obtener el certificado) sea un problema, sino más bien una excusa.

      Un saludo.

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